ORDEN EYE/363/2009, DE 10 DE FEBRERO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN CORRESPONDIENTE AL AÑO 2009.
La Ley 31/1995 , de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establece entre sus objetivos la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores. Dicha política se lleva a cabo por medio de normas reglamentarias y de las actuaciones administrativas que correspondan.
En la consecución de esa finalidad, se inscribe el Acuerdo para la Prevención de Riesgos Laborales en Castilla y León, período 2007-2010, suscrito entre la Junta de Castilla y León y los Agentes Económicos y Sociales más representativos en la Comunidad Autónoma, en el que se fija como uno de sus objetivos la potenciación de actuaciones encaminadas al fomento y la incentivación de la prevención de riesgos laborales en las pequeñas y medianas empresas de Castilla y León así como el apoyo a la investigación, el desarrollo y la innovación en esta materia.
Por otro lado, existe un convencimiento generalizado entre la población respecto a la necesidad de extender la cultura de la prevención, considerando que la concesión de distinciones y las acciones de reconocimiento en materia preventiva contribuyen a la consolidación de esa cultura en el mundo del trabajo.
Las razones expuestas han impulsado la elaboración y publicación del nuevo Decreto 5/2009 , de 23 de enero, por el que se establecen los Premios a la Prevención de Riesgos Laborales en la Comunidad de Castilla y León, en el que se reconocen los méritos de aquellas personas físicas y jurídicas que hayan destacado por la realización de actividades relevantes en materia preventiva en el ámbito territorial de Castilla y León.
El citado Decreto recoge en su artículo 4.º que la Consejería competente en materia de seguridad y salud laboral efectuará la convocatoria anual con los requisitos, plazos y lugar de presentación de candidaturas, criterios de valoración y procedimiento para su concesión.
En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001 , de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
DISPONGO
Se convocan los Premios a la Prevención de Riesgos Laborales en la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año 2009, que se regirán con arreglo a las Bases que se incorporan como Anexo a la presente Orden.
ANEXO
BASES
Base primera.- Candidatos.
Podrán optar a la concesión de estos premios las empresas que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 2 del Decreto 5/2009, de 23 de enero, por el que se establecen los Premios a la Prevención de Riesgos Laborales en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Base segunda.- Categorías.
Los premios serán de dos categorías:
a) Empresa o entidad que, proporcionalmente a su tamaño y circunstancia, acredite una mayor dedicación y esfuerzo en el tratamiento de la prevención de riesgos laborales.
b) Empresa o entidad que haya desarrollado un mejor ejercicio de prácticas preventivas.
Base tercera.- Formalización y presentación de candidaturas.
1. Las candidaturas se formalizarán y acreditarán por personas físicas o jurídicas, así como por cualquier órgano de la Administración o Ente Público, dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, diferentes a los candidatos al galardón.
2. Las solicitudes, cuyo modelo figura como Anexo I, serán dirigidas al titular de la Consejería de Economía y Empleo y se presentarán en cualquiera de las Oficinas Territoriales de Trabajo de la Junta de Castilla y León o, en su caso, por alguna de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. El plazo para la presentación de candidaturas a los Premios a la Prevención de Riesgos Laborales en la Comunidad Autónoma de Castilla y León finaliza el día 10 de marzo de 2009.
Base cuarta.- Criterios de valoración.
Para la categoría a) se establecen los siguientes criterios:
- Mayor inversión en prevención de riesgos laborales por trabajador en plantilla, referido al año natural anterior.
- Mejor aplicación ergonómica de las condiciones de trabajo, referido al año natural anterior.
- Mejor organización y desarrollo de los planes de formación y de información de los trabajadores, referido al año natural anterior.
- Mejor campaña para la participación de los trabajadores en la solución de los riesgos derivados de las condiciones de trabajo peligrosas en la empresa.
- Mejor organización de los sistemas de gestión de prevención de riesgos laborales en la empresa.
- Tendencia descendente de los índices de siniestralidad en la empresa respecto al índice medio de la incidencia de su sector de actividad, a nivel de dos dígitos del Código CNAE - 1993, referido a los dos últimos años.
- Mejor planificación de la vigilancia de la salud en el trabajo.
Para la categoría b) se establece el criterio de mejor campaña de sensibilización de buenas prácticas y hábitos saludables para los trabajadores.
Base quinta.- Procedimiento.
En consonancia con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 5/2009, de 23 de enero, por el que se establecen Premios a la Prevención de Riesgos Laborales en la Comunidad de Castilla y León, la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales presentará ante la Comisión de Valoración un informe sobre las candidaturas presentadas. La Comisión de Valoración, tras el estudio y valoración de las candidaturas con arreglo a los criterios que se indican en la base cuarta, elevará la propuesta de fallo ante el titular de la Consejería de Economía y Empleo.
Base sexta.- Resolución.
El titular de la Consejería de Economía y Empleo resolverá la concesión de los premios, a propuesta de la Comisión de Valoración, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, mediante Orden que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León. Transcurrido este plazo sin que las solicitudes se hayan resuelto se entenderán desestimadas.
Base séptima.- Incompatibilidades.
Quedan excluidas de la propuesta y posterior concesión, en su caso, de los Premios a la Prevención de Riesgos Laborales en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, las Organizaciones con presencia en el Consejo Regional de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León, así como las Unidades o Centros Administrativos con competencias en la tramitación de materias en prevención de riesgos laborales, pero no así aquellas personas integrantes de las mismas.