Diario del Derecho. Edición de 05/12/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 02/01/2009
 
 

Actualización de precios públicos

02/01/2009
Compartir: 

Decreto 217/2008, de 22 de diciembre, por el que se actualizan los precios públicos de cuantía fija. Texto completo. (BOPA de 31 de diciembre de 2008). Texto completo.

DECRETO 217/2008, DE 22 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ACTUALIZAN LOS PRECIOS PÚBLICOS DE CUANTÍA FIJA. TEXTO COMPLETO

Los precios públicos, al igual que las tasas, se cuantifican en función de los costes inherentes al servicio o actividad que se remunera. Con el fin de mantener la correspondencia precio-coste que sirvió de base a su establecimiento; la Ley de Presupuestos Generales del Principado para el año 2009, al igual que en ejercicios anteriores, actualiza los tipos de cuantía fija de las tasas en un porcentaje equivalente al que se espera que evolucionen los referidos costes. En consonancia con ello se hace preciso proceder a la misma actualización con respecto a los precios públicos, si bien por una norma con el mismo rango normativo que exige su establecimiento.

Por lo expuesto, de conformidad con lo establecido por el artículo 16 del texto refundido de Tasas y Precios Públicos,

aprobado por Decreto Legislativo 1/98 de 11 de junio, el artículo 25 h) de la Ley 6/1984, de 5 de junio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias y el artículo 21.2 Vínculo a legislación de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; y a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 22 de diciembre de 2008.

DISPONGO

Artículo único. Cuantía de los precios públicos.

1.-Durante el ejercicio 2009, los tipos de cuantía fija de los precios públicos del Principado de Asturias se elevarán hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,05 a las cuantías exigibles en el año 2008. Se consideran tipos de cuantía fija aquellos que no se determinan por un porcentaje

de la base o ésta no se valora en unidades monetarias.

2.-Se exceptúan de lo dispuesto en el apartado anterior los precios públicos de carácter estacional o de temporada que hubiesen sido objeto de modificación específica por normas que extiendan sus efectos hasta el año 2009, así como aquellos que sean objeto de modificación específica conforme a lo establecido

en su normativa reguladora.

Disposición adicional única. Actuación de los órganos de gestión.

Los órganos de la Administración autonómica que gestionen

los precios públicos del Principado de Asturias procederán

a señalar las nuevas cuantías que resulten de la aplicación de este decreto, remitiendo a la Consejería de Economía y Hacienda, antes de un mes desde la entrada en vigor de la presente norma, una relación de las cuotas resultantes.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2009.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Declara la Sala que se ha actuado en fraude de Ley al inscribir la madre, de forma unilateral sin contar con el padre, el nacimiento de su hija con sus dos apellidos invertidos
  2. Actualidad: Iustitia Europa pide a la AN suspender el decreto que obliga a recabar datos personales en hoteles
  3. Actualidad: Manuel Marchena se despide de la Presidencia de la Sala de lo Penal del Supremo en pleno choque institucional
  4. Tribunal Supremo: Establece el TS que el personal laboral fijo discontinuo puede desarrollar una segunda actividad en el sector público durante los periodos de inactividad
  5. Estudios y Comentarios: ¿Es justo el sistema de pensiones español?; por Manuel Arias Maldonado, catedrático de Ciencia Política de la Universidad de Málaga.
  6. Actualidad: La AN condena a 10 meses de cárcel al exembajador Raúl Morodo después de que reconociera que defraudó a Hacienda
  7. Actualidad: El TS decide no imputar "por ahora" a la asesora de Moncloa que envió a Lobato el 'email' sobre el novio de Ayuso
  8. Actualidad: El TC admite el recurso del PP contra el apartado de la Ley de Paridad que elimina el veto a objetivos de estabilidad
  9. Actualidad: Aldama pide al TS que analice el móvil incautado por la AN para probar sus contactos con "altos cargos del Gobierno"
  10. Tribunal Supremo: Se da por extinguido el contrato de arrendamiento urbano de una vivienda por expiración del plazo contractual y de las prórrogas legales, al no haberse producido la tácita reconducción ante la existencia de requerimiento previo de resolución

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana