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Puesta en circulación de monedas de colección

22/12/2008
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Orden EHA/3724/2008, de 11 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/2655/2008, de 11 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la I Serie de Joyas Numismáticas (BOE de 22 de diciembre de 2008). Texto completo.

ORDEN EHA/3724/2008, DE 11 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EHA/2655/2008, DE 11 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE ACUERDA LA EMISIÓN, ACUÑACIÓN Y PUESTA EN CIRCULACIÓN DE MONEDAS DE COLECCIÓN DE LA I SERIE DE JOYAS NUMISMÁTICAS.

De conformidad con la definición y regulación de las monedas de colección, establecida en el artículo 81 Vínculo a legislación de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se dicta la Orden EHA/2655/2008, de 11 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la I Serie de Joyas Numismáticas, con la finalidad de reproducir y difundir piezas singulares de la Numismática Hispana.

La primera serie de estas monedas de colección está dedicada al áureo romano y a la dracma hispano-griega. Durante el tiempo transcurrido, desde la publicación de la Orden citada hasta la puesta en marcha de la emisión, se han puesto de manifiesto razones numismáticas, no apreciadas en la tramitación de la disposición, que aconsejan la modificación de la denominación y métrica inicialmente previstas para una de las monedas que componen esta emisión.

De acuerdo con lo anterior, la moneda destinada a reproducir el motivo de la dracma hispano-griega se adapta a la denominación y métrica de la moneda de doble 4 reales, en lugar de a la de 8 reales.

En su virtud dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden EHA/2655/2008, de 11 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la I Serie de Joyas Numismáticas.

La Orden EHA/2655/2008, de 11 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la I Serie de Joyas Numismáticas, queda modificada como sigue:

Uno. El apartado relativo a la Moneda de 10 euro de valor facial, del artículo 2, queda redactado del siguiente modo:

Moneda de 10 euro de valor facial (doble 4 reales, plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre).

Tolerancia en ley: Mínima de 925 milésimas.

Peso: 27 g con una tolerancia en más o en menos de 0,27 g.

Diámetro: 33 mm.

Forma: Circular con canto estriado.

Calidad: Proof.

Motivos:

En el anverso se reproduce, en el centro de la moneda y dentro de un círculo, el anverso de una dracma hispano-griega de plata, acuñada después del año 241 a.C. en Emporion (L'Escala, Girona). Representa la cabeza de Perséfone o de Aretusa mirando a la derecha, rodeada de tres delfines. Fuera del círculo central, aparecen los datos referidos a esta moneda de colección. A la izquierda, la marca de Ceca y por encima de ella, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA 2008. Por debajo de la marca de Ceca, en sentido circular descendente y en mayúsculas, el valor de la pieza, 10 EURO. Rodea todos los motivos y todas las leyendas una gráfila de perlas.

En el reverso de la moneda se reproduce el reverso de la dracma hispano-griega descrita más arriba, que representa a Pegaso mirando a la derecha, con la leyenda EMPORITON debajo.

Dos. La tabla relativa a número máximo de piezas, del artículo 3, queda redactada del siguiente modo:

Denominación Valor facial Tirada máxima

Moneda oro 13,92 mm diámetro 20 euro 12.000

Doble 4 reales 10 euro 12.000

Tres. La tabla relativa a precios de venta al público, del artículo 7, queda redactada del siguiente modo:

Denominación Valor facial P.V.P. (excluido IVA)

Moneda oro 13,92 mm diámetro 20 euro 48 euro

Doble 4 reales 10 euro 44 euro

Disposición transitoria única. Efectos de la modificación de la Orden EHA/2655/2008, de 11 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la I Serie de Joyas Numismáticas.

La modificación de la Orden EHA/2655/2008, de 11 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la I Serie de Joyas Numismáticas, prevista en la presente disposición, tendrá efectos desde el 23 de septiembre de 2008.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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