Desestima el recurso interpuesto por las Juntas vizcaínas contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco del 30 de noviembre de 2005 que obligaba a la institución foral a cumplir la Ley de Banderas.
La Sala de lo Contencioso-administrativo reitera los mismos argumentos por los que ya ha confirmado en sentencias anteriores que la bandera debe ondear a diario en el exterior de otros edificios oficiales como los de las Juntas Generales de Guipúzcoa o del Parlamento vasco.