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  • EDICIÓN DE 15/12/2008
 
 

Los editores podrán asignar el ISBN

15/12/2008
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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se adapta la normativa relativa al ISBN al nuevo concepto de libro establecido en la Ley de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas.

El ISBN es un número creado internacionalmente para dotar a cada libro de un código numérico que lo identifique. Este número permite coordinar y normalizar la identificación de cualquier libro, utilizar herramientas informáticas para localizarlo y facilitar su circulación en el mercado editorial. El objeto de este Real Decreto es adaptar la normativa existente en esta materia para hacerla más acorde con la realidad actual y con la existencia de nuevos formatos de publicaciones electrónicas, así como a las necesidades y demandas del sector editorial.

En el texto se contemplan las funciones que corresponden al Ministerio de Cultura en la gestión y asignación del ISBN, sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas en esta materia.

Como novedad más importante, este Real Decreto contempla por primera vez la posibilidad de que los editores, a través de sus asociaciones y mediante el oportuno acuerdo con el Ministerio de Cultura, realicen la función de asignación del ISBN. Con esto se adopta el modelo de gestión que tienen prácticamente todos los países de Europa.

La norma consolida la importante función del ISBN, estimulando la cooperación de los proveedores (editores, autores-editores) y usuarios (libreros, distribuidores, bibliotecas, lectores...) en el desarrollo de la información e identificación bibliográfica española, contribuyendo en definitiva a la difusión de nuestra producción editorial.

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