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Calendario de días inhábiles

02/12/2008
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Resolución de 21 de noviembre de 2008, de la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia, por la que se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos en el año 2009, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM de 1 de diciembre de 2008). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 21 DE NOVIEMBRE DE 2008, DE LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA, POR LA QUE SE DETERMINA EL CALENDARIO DE DÍAS INHÁBILES A EFECTOS DE CÓMPUTO DE PLAZOS EN EL AÑO 2009, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

El artículo 48.7 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que la Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos.

El calendario aprobado por las Comunidades Autónomas comprenderá los días inhábiles de las entidades que integran la Administración Local correspondiente a su ámbito territorial, a las que será de aplicación, debiendo ser publicado antes del comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda y en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento por los ciudadanos.

Una vez que, mediante el Decreto 146/2008, de 9 de septiembre, se ha fijado el calendario de fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperables en el año 2009, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y que las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Trabajo y Empleo han determinado los días que tendrán la consideración de fiesta local en cada municipio, procede dar cumplimiento al indicado mandato legal, ordenando la publicación del calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos en el año 2009, tanto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha como en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento por los ciudadanos.

En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 253/1999, de 28 de diciembre, por el que se regula el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos, he resuelto:

Primero:

1. Serán inhábiles en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, a efectos del cómputo de plazos durante el año 2009, además de los domingos, los días que seguidamente se relacionan 1 de enero: Año nuevo 6 de enero: Epifanía del Señor.

19 de marzo: San José 9 de abril: Jueves Santo 10 de abril: Viernes Santo 1 de mayo: Fiesta del Trabajo 1 de junio: al coincidir en domingo el día 31 de mayo, Día de la Región de Castilla-La Mancha 15 de agosto: Asunción de la Virgen 12 de octubre: Fiesta Nacional de España 7 de diciembre: al coincidir en domingo el día 6 de diciembre, Día de la Constitución Española 8 Vínculo a legislación de diciembre: Inmaculada Concepción 25 de diciembre: Natividad del Señor.

2. Además, serán inhábiles en cada Entidad Local los días de sus respectivas fiestas locales aprobadas por la autoridad laboral y publicadas en los correspondientes Boletines Oficiales de la Provincia.

Segundo:

Salvo que las personas interesadas indiquen el Municipio de residencia en el escrito inicial de cada procedimiento seguido ante la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, ésta entenderá como tal el señalado para las notificaciones, según dispone el apartado 2 del artículo 1 del Decreto 253/1999, de 28 de diciembre.

Tercero:

La presente resolución será publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en la página de Internet de la Administración de la Junta de Comunidades (www.jccm.es) y en los tablones de anuncios de los edificios de los órganos, unidades y dependencias de esta Administración, incluidas las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la misma.

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