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Premio Andaluz a la Excelencia

26/11/2008
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Orden de 7 de noviembre de 2008, por la que se convoca el Premio Andaluz a la Excelencia en su novena edición (BOJA de 25 de noviembre de 2008). Texto completo.

ORDEN DE 7 DE NOVIEMBRE DE 2008, POR LA QUE SE CONVOCA EL PREMIO ANDALUZ A LA EXCELENCIA EN SU NOVENA EDICIÓN.

PREÁMBULO

Andalucía se encuentra inmersa en un proceso de integración dentro de una nueva Sociedad de la Información y del Conocimiento, que tiene como factor clave de progreso, la Innovación. Es incuestionable que, al igual que los países más desarrollados de nuestro entorno, la transformación de Andalucía hacia una sociedad moderna e innovadora pasa por potenciar un sistema de innovación eficaz y eficiente.

A tal fin, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa ha articulado un conjunto de políticas y estrategias que permiten dirigir este proceso, a través de la formulación del Plan de Innovación y Modernización de Andalucía para el horizonte 2005-2010.

El propio Plan de Innovación y Modernización de Andalucía identifica a las empresas como uno de los agentes de la Innovación esenciales para la consecución de los fines previstos, considerando que “la generación de riqueza se produce, principalmente, a través de la actividad empresarial” y que “las empresas son las encargadas de transformar, mediante su actividad, nuevas ideas en nuevos productos y servicios o nuevas formas de gestión, convirtiendo los resultados de la investigación científica y tecnológica en valor añadido”. Cuando las empresas aplican el conocimiento generado el resultado es la Innovación.

Desde el año 2000, se ha venido convocando el Premio Andaluz a la Excelencia como un instrumento que ha permitido impulsar la adopción, por parte de las empresas andaluzas, de sistemas de gestión basados precisamente en los principios de la innovación y del aprendizaje. Con esta iniciativa, muchas empresas andaluzas ya han sido reconocidas por su apuesta por un enfoque de gestión basado en estos principios como fórmula para mejorar su competitividad.

Con esta novena convocatoria del Premio Andaluz a la Excelencia, se pretende consolidar un sistema de reconocimiento en los ámbitos de la responsabilidad social empresarial, la innovación empresarial, la cooperación empresarial y la aplicación de modelos de gestión reconocidos, como factores clave para la Innovación y Modernización de Andalucía.

Este Premio tiene por tanto una clara orientación hacia la actividad empresarial, y constituyen un reflejo del perfil de empresa que demanda la sociedad andaluza.

En su virtud y al amparo del Decreto del Presidente 13/2008, de 19 de abril, por el que se designan los Consejeros y Consejeras de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 79, de 21 de abril), Decreto del Presidente 10/2008 Vínculo a legislación, de 19 de abril, de las Vicepresidencias y sobre reestructuración de Consejerías (BOJA núm. 79, de 21 de abril), Decreto 117/2008 Vínculo a legislación, de 29 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, en cumplimiento de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y el Decreto 183/2003 Vínculo a legislación, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (Internet), y en ejecución de las competencias que se me atribuyen,

DISPONGO

Artículo único. Se convoca el Premio Andaluz a la Excelencia, en su novena edición, que se regirá por las bases reguladoras que se publican en el Anexo I a la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ANEXO I

Bases Reguladoras

Base primera. Objeto del Premio.

El Premio Andaluz a la Excelencia está destinado a distinguir a las empresas andaluzas que más se hayan destacado por su contribución a la Innovación y a la Modernización de Andalucía.

Base segunda. Modalidades.

1. El Premio Andaluz a la Excelencia, en su novena edición, tendrá las siguientes modalidades:

Gestión Socialmente Responsable. En reconocimiento a aquellas empresas que hayan destacado por la incorporación de políticas y estrategias y por la implantación de prácticas socialmente responsables, así como por orientar sus actividades hacia una gestión sostenible.

Innovación Empresarial. En reconocimiento a aquellas empresas que hayan destacado por la incorporación de métodos y tecnologías innovadoras en sus procesos, o por el desarrollo de productos y/o servicios innovadores, que aporten a la empresa un alto valor añadido con relación al sector.

Cooperación Empresarial. En reconocimiento a aquellas empresas que hayan destacado por el establecimiento de alianzas y por el desarrollo de actividades de cooperación como vía para la innovación y la consecución de éxito en el mercado.

Sistemas de Gestión. En reconocimiento a aquellas empresas que hayan conseguido ventajas competitivas en el mercado sobre la base de una evolución progresiva en la aplicación de modelos de gestión reconocidos.

2. En cada una de las modalidades se establecen dos categorías: una para Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) y otra para Grandes Empresas.

A tal efecto, se considerará Pequeña y Mediana Empresa (PYME) aquella que emplee a menos de 250 personas, cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros, y que no esté participada en un 25 por 100 o más por otras grandes empresas, con la excepción de sociedades públicas de participación, sociedades de capital riesgo o, en el caso de que no se ejerza control, inversores institucionales o financieros.

Base tercera. Premio.

1. El Premio Andaluz a la Excelencia, en sus diferentes modalidades, no va acompañado de dotación económica alguna.

2. Las empresas galardonadas serán invitadas a un acto público en el que se les hará entrega de un diploma acreditativo del reconocimiento obtenido.

3. Las empresas galardonadas podrán hacer publicidad de dicha concesión en cualquier documento informativo, así como publicar y difundir la concesión del Premio en cualquier medio de comunicación, especificando en cualquier caso el reconocimiento obtenido y el año en que fue otorgado.

4. La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, a través de la Secretaría General de Desarrollo Industrial y Energético, difundirá públicamente y de forma oficial el nombre de las empresas galardonadas, por lo que éstas no podrán hacer pública la concesión del premio antes de dicha fecha.

Base cuarta. Requisitos generales para los candidatos.

Podrán optar al Premio Andaluz a la Excelencia, en sus diferentes modalidades, todas las empresas con mayoría de capital privado que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Andalucía o que desarrollen la actividad por la que optan al premio en esta Comunidad.

Base quinta. Solicitudes y formas de presentación.

1. Las candidaturas podrán ser presentadas directamente por las empresas o bien por otras entidades a modo de propuesta de candidatura.

En ambos casos, la presentación deberá realizarse, preferentemente, telemáticamente ante el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la aplicación correspondiente, disponible en el portal del ciudadano http://www.andaluciajunta.es, así como en la página web de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, en la dirección http://www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa/. Para utilizar este medio de presentación, los solicitantes deberán disponer del certificado reconocido de usuario, expedido por una autoridad de certificación convenida con la Junta de Andalucía, que esté implementada para este procedimiento.

No obstante, las candidaturas y propuestas de candidaturas podrán presentarse en el Registro Auxiliar de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa sito en Avda. Carlos III, s/n, Edificio de la Prensa, Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las solicitudes que incluyan firma electrónica reconocida y que cumplan las previsiones del Decreto 183/2003 Vínculo a legislación, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (internet) producirán, respecto a los datos y documentos consignados de forma electrónica, los mismos efectos jurídicos que las solicitudes formuladas de acuerdo con el artículo 70.1 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa emitirá justificantes de la recepción de los documentos electrónicos presentados por los interesados, en el que se dará constancia del asiento de entrada que se asigne al documento. Dicho justificante se hará llegar al destinatario a la dirección electrónica que este haya indicado.

Los documentos a adjuntar a la solicitud serán en formato PDF, sin perjuicio de la posterior presentación de originales para cotejo o deposito a requerimiento de la Administración. Cada documento individual no podrá superar los 5 Mb y el total de documentos a adjuntar no podrá superar los 20 Mb.

2. Las propuestas de candidaturas las podrán presentar entidades relacionadas con el mundo empresarial, tales como Asociaciones Empresariales de Andalucía, Cámaras de Comercio de Andalucía, Agentes de la Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía (RETA), Centros de Apoyo a la Calidad y a la Seguridad Industrial, Escuelas de Negocio, etc.

3. La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa emitirá justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados por los interesados, en el que se dará constancia del asiento de entrada que se asigne al documento.

4. La participación en la presente convocatoria no supondrá coste alguno para las empresas candidatas.

5. El plazo de presentación de propuestas de candidaturas será hasta el 30 de diciembre de 2008 y el de presentación directa de candidaturas hasta el 30 de enero de 2009.

Base sexta. Documentación.

1. Para la presentación de candidaturas.

Las empresas que deseen presentar directamente su candidatura, deberán aportar la siguiente documentación:

Formulario de presentación de candidatura (Anexo II) debidamente cumplimentado.

Documentación autenticada acreditativa de tener su sede social en Andalucía o de desarrollar la actividad por la que optan al premio en esta Comunidad Autónoma. Por ejemplo: declaración responsable, licencia de apertura, registro industrial, IAE, etc.

Memoria Técnica de la empresa en relación con la modalidad para la que presente su candidatura. La memoria deberá contener:

Presentación de la empresa incluyendo, como mínimo, su estructura organizativa, los principales productos y/o servicios que presta a sus clientes, su ámbito de actuación (mercados, ámbito geográfico), evolución de la facturación y del número de empleados, y cualquier otra información que ayude contextualizar de forma adecuada el resto de la memoria presentada.

Descripción de las actividades y resultados para optar a la modalidad de premio correspondiente, considerando lo contemplado en el Anexo IV “Guía para la preparación de la Memoria Técnica según modalidad”

Anexos, donde se incluyan los documentos acreditativos de los méritos descritos en la memoria que el candidato considere relevante.

2. Para la presentación de propuestas de candidaturas.

Las entidades que presenten propuestas de candidaturas deberán aportar el correspondiente Formulario de presentación de propuesta de candidatura (Anexo III), debidamente cumplimentado, donde se deberá hacer una breve descripción de los méritos en relación con la modalidad para la que se propone la candidatura, pudiendo tomar como referencia lo indicado en el Anexo IV “Guía para la preparación de la Memoria Técnica según modalidad”.

Una vez finalizado el plazo para la presentación de propuestas de candidaturas por parte de otras entidades, el Comité Organizador requerirá a las empresas candidatas propuestas la documentación indicada en el apartado 1 de la presente base, conforme a la forma y al plazo establecidos en la base quinta.

Base séptima. Criterios de valoración de las candidaturas.

Para cada una de las modalidades de reconocimiento se aplicarán los siguientes criterios de valoración:

1. Modalidades de Innovación Empresarial, Cooperación Empresarial y Gestión Socialmente Responsable. Los criterios de valoración de las candidaturas a estas modalidades serán los siguientes:

Enfoque de gestión. Se valorará la fundamentación de las actividades y logros que comprenden los méritos alegados por la empresa candidata para la modalidad correspondiente, así como la coherencia y alineación con su estrategia y con las necesidades y expectativas de sus grupos de interés (hasta 25 puntos).

Despliegue. Se valorará cómo las actividades que comprenden los méritos aportados por la empresa candidata se han planificado e implantado de forma estructurada (responsables, recursos necesarios, plazos, formación e información) y en las áreas relevantes, así como el alcance de las mismas en el conjunto de la organización (hasta 25 puntos).

Resultados. Se valorarán los logros alcanzados por la empresa candidata en relación con la modalidad en la que presenta candidatura. Se tendrá en cuenta la consecución de objetivos previamente establecidos, la comparación con el sector, así como las tendencias y la alineación de los logros con el enfoque de gestión planteado (hasta 25 puntos).

Evaluación y revisión. Se valorará cómo la organización ha utilizado y utiliza los datos de los logros alcanzados, así como el aprendizaje, para identificar, planificar y mejorar en el ámbito de gestión relacionado con la modalidad en la que presenta su candidatura (hasta 25 puntos).

En el Anexo IV se aporta orientación de aspectos que constituyen méritos relacionados con cada una de las modalidades de esta convocatoria.

2. Modalidad de Sistemas de Gestión. Los criterios de valoración de las candidaturas a esta modalidad serán los siguientes:

a) Modelo de Excelencia Empresarial (hasta 500 puntos):

Los recogidos en el Modelo EFQM de Excelencia Empresarial, atendiendo a los criterios de valoración y puntuación recomendados por esta organización. La puntuación obtenida se ajustará linealmente al rango 0-500.

b) Sistemas de Gestión normalizados:

1.º Sistemas de Gestión de la Calidad: Implantación de sistemas de gestión de la calidad y su certificación por entidades acreditadas en el sector de actividad de la empresa candidata (hasta 200 puntos).

2.º Sistemas de Gestión Ambiental: Implantación de sistemas de gestión ambiental y su certificación por entidades acreditadas en el sector de actividad de la empresa candidata (hasta 150 puntos).

3.º Sistemas de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales: Implantación de sistemas de gestión de la seguridad y salud según normas de uso voluntario de reconocido prestigio nacionales o internacionales y su certificación por entidades de certificación, en el sector de actividad de la empresa candidata (hasta 100 puntos).

4.º Otros sistemas de gestión normalizados: Implantación de sistemas de gestión normalizados en otros ámbitos y su certificación por entidades de certificación, en el sector de actividad de la empresa candidata (hasta 50 puntos).

Para cada uno de los subapartados anteriores, la puntuación se multiplicará por un factor de corrección entre 0 y 1 en función del grado de cobertura de la documentación aportada con respecto al global de actividades y centros de la empresa candidata.

Base octava. Jurado.

Para la valoración de las candidaturas se constituirá un Jurado que estará integrado tanto por personalidades distinguidas del mundo empresarial andaluz como por cargos relevantes en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía, designados por el/la titular de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

El Jurado fallará las empresas ganadoras en las diferentes modalidades, pudiendo otorgar también menciones especiales entre aquellas empresas que no hayan sido premiadas. El fallo del jurado se dará a conocer través de un acto público de entrega de los galardones otorgados y notificará a través de la página web de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía.

El Jurado podrá declarar desierto el Premio en aquellas modalidades donde considere que las empresas candidatas no reúnen los méritos suficientes.

Las decisiones del Jurado no estarán sujetas a apelación.

ANEXO II

SOLICITUD

PREMIO ANDALUZ A LA EXCELENCIA (IX Edición)

PRESENTACIÓN DE CANDIDATURA

Según archivo para modelo de presentación de candidatura.

ANEXO III

SOLICITUD

PREMIO ANDALUZ A LA EXCELENCIA (IX Edición)

PRESENTACIÓN DE PROPUESTA DE CANDIDATURA

Según archivo para modelo de presentación de propuesta de candidatura.

ANEXO IV

Guía para la preparación de la memoria técnica según modalidad

Gestión Socialmente Responsable.

Cada empresa candidata deberá aportar una memoria técnica donde incluya la información que considere necesaria sobre los méritos conseguidos en relación con la finalidad de esta modalidad de reconocimiento.

Como aspectos a considerar en dicha memoria técnica se indican los siguientes:

Planificación e implantación de proyectos y programas en el ámbito de la responsabilidad social y alcance de los mismos.

Implantación y certificación de sistemas de gestión ambientales.

Implantación y certificación con respecto a estándares/especificaciones reconocidas en el ámbito de la Responsabilidad Social (SA 8000, OHSAS 18001, SGE 21,...).

Actividades de promoción de prácticas en responsabilidad social entre las personas de la organización, clientes y proveedores.

Elaboración y difusión de memorias de sostenibilidad en base a la guía de Global Reporting Initiative (GRI).

Inversiones y mejoras realizadas en los ámbitos social y ambiental de la gestión empresarial.

Impactos y contribución al desarrollo de sistemas productivos locales.

Apariciones en prensa y reconocimientos públicos, relacionados con prácticas en responsabilidad social.

Cada candidato podrá incluir cuanta información considere relevante para optar a los Premios en esta modalidad, así como anexar cuantos documentos considere oportuno para complementar y acreditar la veracidad de la información de la memoria (como por ejemplo, certificaciones con SA 8000, memorias de sostenibilidad en concordancia con Global Reporting Initiative...), teniéndose en consideración para la evaluación de la candidatura.

Innovación Empresarial.

Cada empresa candidata deberá aportar una memoria técnica donde incluya la información que considere necesaria sobre los méritos conseguidos en relación con la finalidad de esta modalidad de reconocimiento.

Como aspectos a considerar en dicha memoria técnica se indican los siguientes:

Descripción técnica del proceso o los procesos (tanto productivos, como de prestación de servicios o de gestión empresarial) que, a juicio de la entidad candidata, han incorporado innovaciones tecnológicas, incluyendo información del valor añadido y de cómo han influido tales procesos en los resultados de la organización.

Inversiones realizadas para la implantación de proyectos de innovación tecnológica en los procesos y mejoras alcanzadas.

Actividades de gestión de la propiedad intelectual y resultados relacionados (Patentes existentes y/o en proceso de obtención, concesiones de patentes públicas,...).

Participación/colaboración en redes de transferencia tecnológica (Red de espacios Tecnológicos de Andalucía -RETA-, Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación, OTRI´s-,...).

Acuerdos y/o proyectos conjuntos para la introducción de nuevas tecnologías en los procesos productivos.

Implantación y certificación de Sistemas de Gestión de la I+D+i, conforme a la norma UNE 166002:2006 “Gestión de la I+D+i: Requisitos del Sistema de Gestión de la I+D+i”.

Gestión y certificación de proyectos de I+D+i, conforme a la norma UNE 166001:2006 “Gestión de la I+D+i: Requisitos de un proyecto de I+D+i”.

Implantación de Sistemas de Vigilancia Tecnológica conforme a la norma UNE 166006:2006 Ex “Gestión de la I+D+i: Sistema de Vigilancia Tecnológica”.

Cada candidato podrá incluir cuanta información considere relevante para optar a los Premios en esta modalidad, así como anexar cuantos documentos considere oportuno para complementar y acreditar la veracidad de la información de la memoria (como por ejemplo, registros de patentes, acuerdos de transferencia tecnológica, certificados,...), teniéndose en consideración para la evaluación de la candidatura.

Cooperación Empresarial.

Cada empresa candidata deberá aportar una memoria técnica donde incluya la información que considere necesaria sobre los méritos conseguidos en relación con la finalidad de esta modalidad de reconocimiento.

Como aspectos a considerar en dicha memoria técnica se indican los siguientes:

Gestión de las actividades de cooperación, a fin de incrementar la presencia en los mercados y mejorar la competitividad.

Actividades de trabajo en red (nacionales e internacionales) con otras empresas y/o instituciones públicas.

Participación/colaboración en redes de transferencia tecnológica (Red de espacios Tecnológicos de Andalucía -RETA-, Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación -OTRI´s-,...).

Ejecución de proyectos conjuntos con la Universidad y/o con Centros Tecnológicos y/o de I+D+i.

Establecimiento de acuerdos de alianza con colaboradores, proveedores u otros grupos de interés de la organización, para llevar a cabo actividades conjuntas mutuamente beneficiosas (proyectos tecnológicos, actividades para compartir buenas prácticas de gestión, etc.).

Pertenencia y participación en asociaciones sectoriales, institucionales y/o foros.

Cada candidato podrá incluir cuanta información considere relevante para optar a los Premios en esta modalidad, así como anexar cuantos documentos considere oportuno para complementar y acreditar la veracidad de la información de la memoria (como por ejemplo, acuerdos de alianza, cuentas anuales e informes de gestión presentados en el Registro Mercantil,...), teniéndose en consideración para la evaluación de la candidatura.

Sistemas de Gestión.

Cada empresa candidata deberá aportar una memoria técnica donde incluya la información que considere necesaria sobre los méritos conseguidos en relación con la finalidad de esta modalidad de reconocimiento. Dicha memoria técnica estará estructurada en dos partes:

Una primera parte donde cada empresa candidata describa su propia evolución respecto a la implantación y certificación respecto a los más relevantes modelos de gestión reconocidos, así como los principales resultados conseguidos, prestando atención a los sistemas de gestión normalizados en los ámbitos de:

La calidad (representa un 20% de la puntuación total de la candidatura),

el medio ambiente (representa un 15% de la puntuación total de la candidatura) y

la seguridad y salud en el trabajo (representa un 10% de la puntuación total de la candidatura) y

otros (representa un 5% de la puntuación total de la candidatura).

Para valorar las certificaciones, será necesario que la empresa candidata aporte los correspondientes certificados incluyendo el alcance y los centros amparados por el mismo.

Una segunda parte donde cada empresa candidata describa las actividades realizadas y los resultados obtenidos estructurados conforme al Modelo Europeo de Excelencia. Para ser evaluada se tendrán en cuenta los criterios recogidos en el propio Modelo Europeo de Excelencia (representa un 50% de la puntuación total de la candidatura).

Para aquellas empresas que tengan la sede social fuera de la Comunidad Autonómica de Andalucía, la memoria deberá contemplar de forma explícita las actividades realizadas y resultados obtenidos en Andalucía.

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