La Orden de 5 de noviembre de 2008 modifica los artículos 7 y 8 de la Orden de 7 de abril de 2008 por la que se regula la composición y el funcionamiento del Comité Asesor de Habitabilidad.
La Orden de 7 de abril de 2008 por la que se regula la composición y el funcionamiento del Comité Asesor de Habitabilidad puede consultarse en el Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.
ORDEN DE 5 DE NOVIEMBRE DE 2008 POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 7 DE ABRIL DE 2008 POR LA QUE SE REGULA LA COMPOSICIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ ASESOR DE HABITABILIDAD.
Publicada en el Diario Oficial de Galicia n.º 71, del 14 de abril de 2008, la Orden de 7 de abril de 2008 por la que se regula la composición y el funcionamiento del Comité Asesor de Habitabilidad, modificada por la Orden de 27 de junio de 2008 (DOG n.º 136, del 15 de julio) se estima la conveniencia de modificar su composición, por lo que procede modificar los artículos 7 y 8 de dicha orden.
Teniendo en cuenta que el artículo 5 y la disposición final primera del Decreto 262/2007 , de 20 de diciembre, por el que se aprueban las normas del hábitat gallego disponen que compete al titular de la Consellería de Vivienda y Suelo la determinación de la composición del Comité Asesor de Habitabilidad, y en virtud de las atribuciones que me otorga el artículo 34
de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de la Xunta y de su Presidencia DISPONGO:
Artículo uno.-Se modifica el artículo 7.1.º de la Orden de 7 de abril de 2008 por la que se regula la composición y el funcionamiento del Comité Asesor de Habitabilidad. Se le da una nueva redacción a la letra g) y se añade una nueva letra i) del siguiente tenor:
g) Dos arquitectos de reconocido prestigio y conocimientos en materia de habitabilidad, designados por la persona titular de la consellería con competencias en materia de vivienda.
i) Un representante del Consejo Gallego de los Colegios de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Galicia.
Artículo dos.-Se modifica el artículo 8.1.º de la Orden de 7 de abril de 2008 por la que se regula la composición y el funcionamiento del Comité Asesor de Habitabilidad que quedará redactado del siguiente tenor:
8.1 La secretaría del Comité Asesor de Habitabilidad será ejercida por el/la titular de la Jefatura de Sección de Arquitectura y Habitabilidad, que actuará con voz pero sin voto.
Disposición final
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.