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  • EDICIÓN DE 20/11/2008
 
 

Modelos de aval solidario y de certificado de seguro de caución

20/11/2008
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Orden de 5 de noviembre de 2008, por la que se aprueban los modelos de aval solidario y de certificado de seguro de caución para el levantamiento de las medidas cautelares previstas en el artículo 81 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOC de 19 de noviembre de 2008). Texto completo.

ORDEN DE 5 DE NOVIEMBRE DE 2008, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE AVAL SOLIDARIO Y DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN PARA EL LEVANTAMIENTO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 81 DE LA LEY 58/2003, DE 17 DE DICIEMBRE, GENERAL TRIBUTARIA.

El artículo 81 Vínculo a legislación de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, regula unas medidas cautelares destinadas a asegurar el cobro de la deuda tributaria y que puede adoptar la Administración tributaria en aquellos casos en los que existan indicios racionales de que, de no adoptarse tales medidas, el cobro de la deuda tributaria se vería frustrado o gravemente dificultado, concretando el apartado 3 del citado artículo cuales son las medidas cautelares que pueden adoptarse.

En el apartado 5 del citado artículo 81 se expresa que las medidas cautelares deberán ser levantadas si el obligado tributario presenta aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución que garantice el cobro de la cuantía de la medida cautelar.

Por todo ello, atendiendo tanto a criterios de eficacia y eficiencia en el actuar administrativo como a exigencias del servicio a los ciudadanos derivadas del principio de seguridad jurídica, se hace necesario aprobar los modelos de aval solidario y de certificado de seguro de caución para el levantamiento de las medidas cautelares a que se refiere el artículo 81 Vínculo a legislación de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

En virtud del artículo 19.2.c) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda aprobado por Decreto 12/2004, de 10 de febrero,

DISPONGO:

Único.- Aprobación de modelos y ámbito de aplicación.

1. Para el levantamiento de las medidas cautelares previstas en el artículo 81 Vínculo a legislación de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se aprueban los modelos siguientes que figuran como anexos a la presente Orden:

a) Modelo de aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca (anexo I), y

b) Modelo de certificado de seguro de caución (anexo II).

2. Los citados modelos resultan de aplicación en relación a los tributos propios, a los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, a los tributos cedidos por el Estado y gestionados por la Comunidad Autónoma de Canarias y, conforme a lo dispuesto en el artículo 11.3 Vínculo a legislación de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, a los demás derechos económicos de naturaleza pública.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Se autoriza a la Dirección General de Tributos a dictar cuantas resoluciones sean necesarias para la ejecución de la presente Orden.

Segunda.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Anexos

Omitidos.

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