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Subvenciones a los titulares de explotaciones agrarias

03/11/2008
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Orden de 27 de octubre de 2008, por la que se modifica la Orden de 23 de julio de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los titulares de explotaciones agrarias en Andalucía por la utilización de los servicios de asesoramiento y se efectúa su convocatoria para 2008, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007/2013 (BOJA de 31 de octubre de 2008). Texto completo.

ORDEN DE 27 DE OCTUBRE DE 2008, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 23 DE JULIO DE 2008, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LOS TITULARES DE EXPLOTACIONES AGRARIAS EN ANDALUCÍA POR LA UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASESORAMIENTO Y SE EFECTÚA SU CONVOCATORIA PARA 2008, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE ANDALUCÍA 2007/2013.

PREÁMBULO

La Orden de 23 de julio de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los titulares de las explotaciones agrarias en Andalucía por la utilización de los servicios de asesoramiento y se efectúa su convocatoria para 2008, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007/2013, establece en la Disposición Adicional Primera que el plazo de presentación de solicitudes abarcará desde el día siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, al 30 de septiembre de 2008.

Dado que el plazo para la presentación de solicitudes ha resultado insuficiente para atender la demanda surgida entre los titulares de explotaciones agrarias en Andalucía y que parte del período de solicitud ha coincidido con el período vacacional, se hace preciso ampliar el período para la presentación de solicitudes hasta el día 31 de octubre de 2008.

Por otra parte el Decreto 120/2008 Vínculo a legislación, de 29 de abril, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, establece en su artículo 1, que corresponde a la mencionada Consejería las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de la Política Agraria, Pesquera, Agroalimentaria y de Desarrollo Rural.

En su virtud, a propuesta de la Directora General de la Producción Agrícola y Ganadera y en uso de las facultades que me confiere el artículo 107 Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 44.2 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo Único. Modificación del plazo de presentación de solicitudes.

Se modifica el plazo de finalización de presentación de solicitudes que recoge la Disposición Adicional Primera de la Orden de 23 de julio de 2008, quedando establecido como último día de presentación de solicitudes el 31 de octubre de 2008.

Disposición Transitoria Única. Efectos sobre las solicitudes presentadas entre el 1 de octubre y el 31 de octubre de 2008.

La modificación del plazo de presentación de solicitudes que establece la presente Orden afectará a todas aquellas solicitudes presentadas entre el 1 de octubre de 2008 y el 31 de octubre de 2008, ambos días inclusive, considerándose que las mismas han sido presentadas dentro del plazo legalmente establecido.

Disposición Final Única. Entrada en vigor.

La presente Orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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