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Distribución de competencias entre las Consejerías

27/10/2008
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Decreto del Presidente 11/2008, de 8 de octubre, por el que se modifica la distribución de competencias entre las Consejerías que conforman la Administración Autonómica (DOE de 24 de octubre de 2008). Texto completo.

DECRETO DEL PRESIDENTE 11/2008, DE 8 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICA LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE LAS CONSEJERÍAS QUE CONFORMAN LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA.

La sociedad actual demanda una mayor transparencia, calidad y eficiencia en la gestión de los servicios y políticas públicas, así como en la utilización de los recursos asignados a las mismas.

En un contexto como el actual es necesario acometer medidas de contención del gasto corriente para mantener las políticas sociales y la inversión pública como instrumento de dinamización y crecimiento económico.

Y para ello, es necesario mejorar los procesos internos y externos de la Administración, y optimizar la utilización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones como herramientas al servicio de la gestión.

En este sentido se considera oportuno modificar la distribución de competencias entre las Consejerías que conforman la Administración Autonómica, en el sentido de atribuir a un único Departamento las funciones inherentes a la dirección y coordinación de la política tecnológica y la administración de los Sistemas de Información de la Junta de Extremadura, hasta ahora residenciadas en las diferentes Consejerías, con el objetivo de mejorar los procesos de gestión, simplificando los procedimientos, suprimiendo los trámites innecesarios, acortando los plazos de resolución, generalizando el uso del correo electrónico como alternativa para la transmisión de la información, reduciendo los costes en papel, fotocopias, teléfono, traslado de la documentación, etc., y rentabilizando la inversión en TIC al generarse economías de escala.

Igualmente, para adecuar la acción administrativa a la ejecución del programa de Gobierno, y en respuesta a la actual situación social y económica, procede atribuir a la Vicepresidencia Primera y Portavocía las competencias inherentes al impulso e implantación de la administración electrónica al objeto de incrementar la eficacia y transparencia en la gestión, y favorecer la evaluación de las políticas públicas.

Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.d), Vínculo a legislación en relación con el 55.3 Vínculo a legislación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que atribuye al Presidente de la Junta de Extremadura la función de dictar Decretos que supongan distribución de competencias, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas, DISPONGO:

Artículo único. Atribución de competencias.

1. Se atribuyen a la Vicepresidencia Primera y Portavocía las funciones inherentes a la dirección y coordinación de la política tecnológica y la administración de los Sistemas de Información de la Junta de Extremadura, competencias hasta ahora desempeñadas por los diferentes Departamentos de la Administración Autonómica.

2. Las competencias inherentes al impulso e implantación de la administración electrónica y la planificación, diseño y desarrollo de las políticas de inspección, calidad de los servicios, atención al ciudadano y evaluación de las políticas públicas hasta ahora desempeñadas por la Consejería de Administración Pública y Hacienda, se atribuyen a la Vicepresidencia Primera y Portavocía.

Disposición final primera. No incremento de gasto público.

La aplicación del presente Decreto se hará sin aumento de coste de funcionamiento de los respectivos órganos directivos y no supondrá incremento del gasto público.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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