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  • EDICIÓN DE 30/09/2008
 
 

Recursos, cuestiones de inconstitucionalidad y conflictos positivos de competencia

30/09/2008
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A continuación trascribimos los recursos, las cuestiones de inconstitucionalidad y los conflictos positivos de competencia publicados en el BOE de 30 de septiembre de 2008.

Recurso de inconstitucionalidad n.º 1902-2002, en relación con la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 16 de septiembre actual, ha acordado tener por desistida parcialmente a la Letrada de la Junta de Andalucía del recurso de inconstitucionalidad núm. 1902/2002 por lo que se refiere al artículo 24 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, manteniéndose el recurso en cuanto a la impugnación de la disposición adicional vigésima de la misma Ley 24/2001, de 27 de diciembre.

Dicho recurso fue admitido a trámite por providencia de 7 de mayo de 2002.

Madrid, 16 de septiembre de 2008.-La Secretaria de Justicia del Pleno.-Herminia Palencia Guerra.

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 10663-2006, en relación con el artículo 23 de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, sobre modificación de la Ley de Procedimiento Laboral.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 10663-2006 planteada por, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el rollo núm. 424/2006-MR, en relación con el art. 23 de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, sobre modificación de la Ley de Procedimiento Laboral por la nueva redacción del párrafo b) del apartado 1 del art. 3 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por posible vulneración del Art. 122.1 de la CE, en relación con el art. 81.1 y 2 de la misma y con el art. 9. 4 y 5 de la LOPJ, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial 424/2006-MR, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.

Madrid, 16 de septiembre de 2008.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Conflicto positivo de competencia n.º 5854-2008, en relación con la Resolución de 13 de marzo de 2008, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan ayudas para 2008, dentro del programa de espacios escénicos de nueva generación.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de septiembre actual, ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia número 5854-2008, promovido por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en relación con la Resolución de 13 de marzo de 2008, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), por la que se convocan ayudas para 2008, dentro del programa de espacios escénicos de nueva generación y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, atribuir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento del presente conflicto.

Madrid, 16 de septiembre de 2008.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

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