RESOLUCIÓN 337/2008, DE 22 DE JULIO, DE LA DIRECTORA GENERAL DE ORDENACIÓN, CALIDAD E INNOVACIÓN, POR LA QUE SE AUTORIZA LA MODIFICACIÓN, DE FORMA EXPERIMENTAL DURANTE EL CURSO 2008/2009, DE LA JORNADA ESCOLAR EN CENTROS EDUCATIVOS DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Mediante Resolución 280/2008 , de 16 de junio, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, queda regulado el procedimiento para la modificación, de forma experimental, durante el curso 2008/2009, de la jornada escolar en centros públicos de la Comunidad Foral de Navarra.
Visto el informe emitido por el Director del Servicio de Ordenación e Innovación Escolar para que se autorice la prórroga y la modificación de la jornada escolar en determinados centros educativos, de forma experimental durante el curso 2008/2009.
En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración Foral de Navarra,
RESUELVO:
1.º Autorizar la implantación, de forma experimental durante el curso 2008/2009 de la jornada escolar continua, a los siguientes centros públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Foral de Navarra:
-"Gabriel Valentín Casamayor", de Aibar.
-"San Nicolás", de Sada.
2.º Prorrogar la autorización de la jornada escolar continua durante el curso 2008/2009 a los cuatro centros públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Foral de Navarra que ya tenían autorización en el curso 2007/2008.
-"Príncipe de Viana", de Olite.
-"Virgen de la Cabeza", de Tudela.
-Colegio público de Urroz-Villa.
-"Ricardo Campano", de Viana.
3.º Autorizar la implantación, de forma experimental durante el curso 2008/2009 de la jornada escolar flexible, con la tarde de los viernes libre, en los siguientes centros públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Foral de Navarra:
-"La Cruz", de Allo.
-"San Fausto", de Ancín.
-"La Balsa", de Arróniz.
-"Virgen de Nievas", de Dicastillo.
-Colegio público de Lezáun.
4.º Denegar la solicitud al C.P. "Hilarión Eslava" de Burlada por no cumplir lo establecido en el apartado 2 del punto II Procedimiento del Anexo III de la Resolución 280/2008 , de 16 de junio.
5.º Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.
6.º Trasladar la presente Resolución a los centros educativos implicados, a los Servicios de Ordenación e Innovación Escolar, de Inspección Técnica y de Servicios, de Recursos Humanos, a la Sección de Ordenación Académica, al Negociado de Diseño Curricular, así como al BOLETÍN OFICIAL de Navarra para su publicación.