Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 03/09/2008
 
 

Estructura de la Administración Regional

03/09/2008
Compartir: 

Decreto 125/2008, de 31 de agosto, por el que se establece la estructura de la Administración Regional (DOCM de 2 de septiembre de 2008). Texto completo.

DECRETO 125/2008, DE 31 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL.

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 5 g) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, Dispongo:

Artículo primero.

La Administración Regional de Castilla-La Mancha se estructura en las siguientes Consejerías:

Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda

Consejería de Presidencia Consejería de Salud y Bienestar Social

Consejería de Educación y Ciencia Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda

Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural

Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía

Consejería de Trabajo y Empleo

Consejería de Administraciones Públicas y Justicia

Artículo segundo.

La Consejería de Presidencia es un órgano integrado en la Presidencia de la Junta de Comunidades y su titular asume las funciones de Secretaría del Consejo de Gobierno.

Artículo tercero.

En los supuestos de ausencia, vacante o enfermedad de la persona titular de la Consejería de Presidencia, las funciones de Secretaría del Consejo de Gobierno serán ejercidas por la persona titular de la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia.

Artículo cuarto.

Las Consejerías de Salud y Bienestar Social, Educación y Ciencia, Ordenación del Territorio y Vivienda, Agricultura y Desarrollo Rural, Industria, Energía y Medio Ambiente, Cultura, Turismo y Artesanía, y Trabajo y Empleo, contarán con Delegaciones Provinciales como órganos de apoyo.

Disposición transitoria única

Hasta tanto se publiquen los nuevos Decretos de estructura orgánica de la Presidencia y de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda, las personas titulares de la Consejería de Presidencia y de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda, asumirán las competencias que los Decretos 96/2007, de 2 de julio, y 126/2007, de 17 de julio atribuyen a la Vicepresidencia primera y a la Vicepresidencia segunda, respectivamente.

Disposición derogatoria única.

Queda derogado el Decreto 96/2007, de 2 de julio, así como cualesquier otra norma de igual o inferior rango que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  5. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  6. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  7. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  8. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  9. Actualidad: Cinco condenados por colaborar en estafar 112.000 euros a una mujer con un falso novio militar
  10. Legislación: Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana