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  • EDICIÓN DE 11/08/2008
 
 

El Tribunal Supremo anula una sanción a un juez porque su expediente se prolongó más de un año

11/08/2008
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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha anulado la sanción de 12 meses de suspensión de funciones a un juez de Castropol (Asturias), porque el expediente sancionador se prolongó más de un año y el plazo de caducidad es de seis meses.

El mencionado juez fue suspendido de funciones por el Consejo del Poder Judicial por una falta muy grave de abuso de su condición de juez, tras exigir 18.000 euros al jefe de la ITV que suspendió a su coche en la revisión.

Fue a partir de una sentencia de febrero de 2006, cuando el Supremo adoptó el criterio de que el procedimiento sancionador contra jueces y magistrados tiene una caducidad de seis meses, por lo que las sanciones recaídas en expedientes que rebasen ese plazo son anuladas. En el presente caso, el expediente se prolongó más de un año, debido a que la instructora propuso una sanción de traslado forzoso que el Pleno del Consejo rechazó, exigiendo la suspensión de funciones.

Debido a ese cambio de jurisprudencia -anteriormente se dictaron otras sentencias que no tuvieron en cuenta dicho plazo de caducidad-, el Supremo anula las sanciones a los jueces, a pesar de que la propia Sala ve que ese plazo de seis meses "ciertamente contrasta" con los 12 meses que pueden prolongarse los expedientes a secretarios judiciales y a los demás funcionarios de la Administración de Justicia.

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