Diario del Derecho. Edición de 30/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 01/08/2008
 
 

Precios privados en la venta de productos agrícolas

01/08/2008
Compartir: 

Resolución de 20 de junio de 2008, del Director­Gerente, por la que se acuerda la publicación de la relación de precios privados en la venta de productos agrícolas, semillas, ganados, análisis de laboratorios y otros que regirán en el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) durante el año 2008 y sucesivos (BOCAM de 31 de julio de 2008). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 20 DE JUNIO DE 2008, DEL DIRECTOR­GERENTE, POR LA QUE SE ACUERDA LA PUBLICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PRECIOS PRIVADOS EN LA VENTA DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS, SEMILLAS, GANADOS, ANÁLISIS DE LABORATORIOS Y OTROS QUE REGIRÁN EN EL INSTITUTO MADRILEÑO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO RURAL, AGRARIO Y ALIMENTARIO (IMIDRA) DURANTE EL AÑO 2008 Y SUCESIVOS

El Consejo de Administración del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) acordó, en su sesión de 20 de junio de 2008, la aprobación de los nuevos precios que van a regir durante el año 2008 y sucesivos, una vez que han sido informados favorablemente por la Consejería de Hacienda.

Con fecha 8 de mayo de 2008, por la Dirección General de Tributos han sido informados favorablemente los indicados precios, conforme determina el Real Decreto Legislativo 1/2002 Vínculo a legislación, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

El Decreto Legislativo 1/2002 Vínculo a legislación, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid contempla la posibilidad de que, cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconsejen, pueden fijarse precios privados que resulten inferiores a los costes.

Existiendo normas que justifiquen las mismas, se procede al establecimiento de bonificaciones en esta disposición.

En consecuencia, procede la publicación de los mismos conforme determina el artículo 25.2 Vínculo a legislación de la Ley 1/1984, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, por lo que se

RESUELVE

Primero

Publicación

Acordar la publicación de los nuevos precios del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) correspondientes al año 2008 y sucesivos, conforme se relacionan en Anexo I a esta Resolución.

Segundo

Entrada en vigor

La entrada en vigor de los precios será el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero

Impuesto sobre el valor añadido

Los precios publicados no incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), por lo que en el momento de la facturación se les aplicará el tipo correspondiente.

Cuarto

Vigencia

Los precios aprobados tendrán vigencia anual y se entenderán prorrogados automáticamente hasta el momento en que se produzca una nueva resolución de aprobación de precios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto

Bonificaciones

Respecto a los precios privados que rigen en el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), podrán establecerse determinadas bonificaciones, cuando estos bienes y servicios coadyuven al cumplimiento de los objetivos fijados por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la siguiente reglamentación:

- Entrega de bienes y prestaciones de servicios a la Administración del Gobierno de la Comunidad de Madrid y a sus Entes Institucionales y actividades propias de la Consejería de Economía y Consumo, la entrega de bienes y prestación de servicios podrá bonificarse hasta el 100 por 100 del importe total.

- Entrega de bienes y prestación de servicios a otras Administraciones Públicas, hasta un 50 por 100 del importe total.

- Entrega de bienes y prestación de servicios a Cooperativas, Consejos Reguladores de Denominaciones de Origen y otras asociaciones de agricultores de la Comunidad de Madrid, hasta un 50 por 100 del importe total.

Sexto

Cláusula derogatoria

La presente Resolución, una vez publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, deroga la Resolución de 14 de diciembre de 2007, del Director-Gerente del IMIDRA, por la que se aprueba la publicación de la relación de precios privados en la venta de productos agrícolas, semillas, ganados, análisis de laboratorios y otros que regirán durante el año 2007 y sucesivos, con la excepción de los precios privados del Laboratorio Regional Agrario establecidos en el apartado 2.2 del Anexo I de la citada Resolución.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana