RESOLUCIÓN DE 20 DE JUNIO DE 2008, DEL DIRECTORGERENTE, POR LA QUE SE ACUERDA LA PUBLICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PRECIOS PRIVADOS EN LA VENTA DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS, SEMILLAS, GANADOS, ANÁLISIS DE LABORATORIOS Y OTROS QUE REGIRÁN EN EL INSTITUTO MADRILEÑO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO RURAL, AGRARIO Y ALIMENTARIO (IMIDRA) DURANTE EL AÑO 2008 Y SUCESIVOS
El Consejo de Administración del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) acordó, en su sesión de 20 de junio de 2008, la aprobación de los nuevos precios que van a regir durante el año 2008 y sucesivos, una vez que han sido informados favorablemente por la Consejería de Hacienda.
Con fecha 8 de mayo de 2008, por la Dirección General de Tributos han sido informados favorablemente los indicados precios, conforme determina el Real Decreto Legislativo 1/2002 , de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
El Decreto Legislativo 1/2002 , de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid contempla la posibilidad de que, cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconsejen, pueden fijarse precios privados que resulten inferiores a los costes.
Existiendo normas que justifiquen las mismas, se procede al establecimiento de bonificaciones en esta disposición.
En consecuencia, procede la publicación de los mismos conforme determina el artículo 25.2 de la Ley 1/1984, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, por lo que se
RESUELVE
Primero
Publicación
Acordar la publicación de los nuevos precios del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) correspondientes al año 2008 y sucesivos, conforme se relacionan en Anexo I a esta Resolución.
Segundo
Entrada en vigor
La entrada en vigor de los precios será el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Tercero
Impuesto sobre el valor añadido
Los precios publicados no incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), por lo que en el momento de la facturación se les aplicará el tipo correspondiente.
Cuarto
Vigencia
Los precios aprobados tendrán vigencia anual y se entenderán prorrogados automáticamente hasta el momento en que se produzca una nueva resolución de aprobación de precios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
Bonificaciones
Respecto a los precios privados que rigen en el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), podrán establecerse determinadas bonificaciones, cuando estos bienes y servicios coadyuven al cumplimiento de los objetivos fijados por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la siguiente reglamentación:
- Entrega de bienes y prestaciones de servicios a la Administración del Gobierno de la Comunidad de Madrid y a sus Entes Institucionales y actividades propias de la Consejería de Economía y Consumo, la entrega de bienes y prestación de servicios podrá bonificarse hasta el 100 por 100 del importe total.
- Entrega de bienes y prestación de servicios a otras Administraciones Públicas, hasta un 50 por 100 del importe total.
- Entrega de bienes y prestación de servicios a Cooperativas, Consejos Reguladores de Denominaciones de Origen y otras asociaciones de agricultores de la Comunidad de Madrid, hasta un 50 por 100 del importe total.
Sexto
Cláusula derogatoria
La presente Resolución, una vez publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, deroga la Resolución de 14 de diciembre de 2007, del Director-Gerente del IMIDRA, por la que se aprueba la publicación de la relación de precios privados en la venta de productos agrícolas, semillas, ganados, análisis de laboratorios y otros que regirán durante el año 2007 y sucesivos, con la excepción de los precios privados del Laboratorio Regional Agrario establecidos en el apartado 2.2 del Anexo I de la citada Resolución.