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  • EDICIÓN DE 29/07/2008
 
 

Ayudas destinadas al fomento del desarrollo local

29/07/2008
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Orden de 17 de julio de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento del desarrollo local (DOCV de 28 de julio de 2008). Texto completo.

ORDEN DE 17 DE JULIO DE 2008, DE LA CONSELLERIA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS DESTINADAS AL FOMENTO DEL DESARROLLO LOCAL.

La Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo tiene, entre sus competencias, la instrumentación de la política de desarrollo regional que acuerde el Gobierno Valenciano en el marco establecido por la Administración Central, la Unión Europea y el propio de la Generalitat.

En el Programa Operativo FEDER de la Comunitat Valenciana (2007 - 2013) aprobado por la Comisión Europea, se contemplan acciones de desarrollo local orientadas a conseguir el desarrollo equilibrado de la Comunitat Valenciana, cuya ejecución compete a la Generalitat.

El resultado de la actividad económica ocasiona diferencias en la distribución de la renta y la riqueza, tanto entre los individuos como entre territorios. El libre funcionamiento del sistema económico tiende a incrementar estas desigualdades en el tiempo, puesto que la localización de las actividades viene condicionada por la existencia de las dotaciones previas de recursos: infraestructuras públicas y privadas, recursos humanos cualificados y un entorno favorable. Como consecuencia de ello, la ubicación de los recursos tiende a concentrarse en aquellos lugares con mayores ventajas, conformando de esta manera, un crecimiento desigual.

En el ámbito de la política regional, un objetivo fundamental de los poderes públicos es crear condiciones favorables para que el crecimiento económico se distribuya de manera equilibrada sobre la totalidad del territorio. Esta mayor cohesión territorial tendrá como consecuencia una mejor vertebración social, así como una mayor igualdad de oportunidades en la utilización de los recursos productivos.

Las medidas de política regional, deben ser complementarias a las iniciativas de los agentes económicos presentes en el territorio. Se trata de reforzar la rentabilidad social y económica de los proyectos privados mediante actuaciones que aseguren distintas dotaciones de capital físico y promuevan la confianza en el progreso entre los habitantes de las zonas más deprimidas.

Más allá de los recursos financieros aportados, los poderes públicos deben facilitar unas condiciones favorables para que las relaciones entre los agentes económicos estén guiados por la cooperación.

En este sentido, las iniciativas de desarrollo local pueden operar como una señal positiva al resto de los agentes acerca de la viabilidad de los proyectos y el desarrollo endógeno del territorio.

La Comunitat Valenciana posee núcleos de desarrollo económico que vertebran espacios que actúan como contrapeso a la dinámica polarizadora de la franja litoral. Este es, sin duda, un punto de partida para la consecución de un modelo de crecimiento económico más equilibrado. No obstante, existen zonas en las que se aprecia un menor vigor económico - por la dependencia de actividades con menor rentabilidad - y demográfico - elevado envejecimiento de sus activos-.

Para lograr que la multipolaridad sea una realidad en todo el espacio económico valenciano, se han definido las actuaciones que aparecen en esta orden, cuyo objetivo es impulsar la dinámica económica y social del interior de la Comunitat Valenciana, especialmente de las áreas más deprimidas, en aras de un crecimiento regional más equilibrado y cohesionado.

De acuerdo con la naturaleza de las actuaciones que se pretenden promover, el apoyo financiero se dirige a las corporaciones locales e instituciones sin ánimo de lucro que ejecuten acciones que permitan crear las infraestructuras y los servicios necesarios para la mejora de las posibilidades de desarrollo de sus municipios.

En uso de las facultades atribuidas por el artículo 28 Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el artículo 47.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, ORDENO Artículo primero La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras que regirán la convocatoria de ayudas económicas para la realización de actuaciones que promuevan el desarrollo económico y social en el ámbito local dentro de la Comunitat Valenciana.

Artículo segundo En función de las disponibilidades presupuestarias y por resolución del conseller de Economía, Hacienda y Empleo se publicará anualmente en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana la convocatoria para la presentación de solicitudes para la obtención de ayudas previstas en esta orden.

DISPOSICIONES FINALES Primera Se faculta al director general de Economía para dictar las instrucciones y adoptar las medidas que considere oportunas para el desarrollo y la aplicación de lo dispuesto en la presente orden.

Segunda La presente orden producirá efectos desde el día de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Tercera Las ayudas contenidas en la presente orden no tienen repercusión en actividades económicas que puedan falsear el intercambio comercial entre los Estados miembros, por lo que se puede concluir que no cumplen con el requisito de la ventaja económica para una empresa que pueda producir un falseamiento de la competencia afectando a los intercambios comerciales entre los estados miembros, y en consecuencia, quedan excluidas de la aplicación del principio de incompatibilidad con el mercado común, formulado en el artículo 87 del Tratado, y no siendo, por tanto, obligatoria la notificación de las mismas, a la Comisión Europea.

Anexos Omitidos.

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