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  • EDICIÓN DE 16/07/2008
 
 

Subvenciones para la redacción de mapas de instalaciones y equipamientos deportivos

16/07/2008
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Resolución VCP/2211/2008, de 8 de julio, por la que se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones para la redacción de mapas de instalaciones y equipamientos deportivos de los municipios de Cataluña para el periodo 2008-2009 (DOGC de 15 de julio de 2008). Texto completo.

RESOLUCIÓN VCP/2211/2008, DE 8 DE JULIO, POR LA QUE SE ABRE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REDACCIÓN DE MAPAS DE INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTOS DEPORTIVOS DE LOS MUNICIPIOS DE CATALUÑA PARA EL PERIODO 2008-2009.

Dado que, de acuerdo con el artículo 3.2.n) del Texto único de la Ley del deporte, aprobado por el Decreto legislativo 1/2000 Vínculo a legislación, de 31 de julio, uno de los principios rectores de la política deportiva de la Generalidad de Cataluña es planificar y programar una red equilibrada de instalaciones deportivas con los equipamientos necesarios por todo el territorio catalán que recoja tanto como sea posible todo tipo de iniciativas, para tratar de conseguir una utilización óptima de las instalaciones, los equipamientos y los materiales destinados a la práctica deportiva; y que de acuerdo con el artículo 35 de esta norma, corresponde a la Administración deportiva de la Generalidad la coordinación con la Administración deportiva del Estado y de las entidades locales;

De acuerdo con el Decreto 95/2005, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Plan director de instalaciones y equipamientos deportivos de Cataluña (en adelante, PIEC);

Vista la Resolución VCP/2138/2008, de 3 de julio, por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones para la redacción de mapas de instalaciones y equipamientos deportivos de los municipios de Cataluña para el periodo 2008-2009;

Visto que el Plan director de instalaciones y equipamientos deportivos de Cataluña se puede consultar en la página correspondiente del Consejo Catalán del Deporte: http://www16.gencat.net/esport/index.htm;

Visto que el Gobierno de la Generalidad, en fecha 27 de mayo de 2008, ha aprobado el expediente de gasto plurianual que da cobertura a esta convocatoria;

Vistos los artículos considerados legislación básica por la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002 Vínculo a legislación, de 24 de diciembre, en todo lo que no contradiga los mencionados preceptos considerados legislación básica,

Resuelvo:

.1 Se abre el plazo para presentar las solicitudes para la concesión de subvenciones para la redacción, según las especificaciones del PIEC, de mapas de instalaciones y equipamientos deportivos de los municipios de Cataluña para el periodo 2008-2009, cuyas bases figuran en la Resolución VCP/2138/2008, de 3 de julio.

.2 El importe total máximo de las subvenciones a conceder es de 150.000,00 euros, 30.000,00 euros para el año 2008 a cargo del concepto presupuestario D/760000100, y 120.000,00 euros a cargo del presupuesto del año 2009, que pueden ser ampliados en función de la disponibilidad presupuestaria.

.3 El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 31 de julio de 2008.

.4 El órgano instructor del procedimiento es la Subdirección General de Actividades Deportivas e Infraestructuras del Consejo Catalán del Deporte.

Esta Subdirección eleva su propuesta al Comité Ejecutivo del Consejo Catalán del Deporte, el cual lo informa y elabora la propuesta de resolución de la convocatoria, a fin de que la Presidencia del Consejo Catalán del Deporte resuelva la concesión o la desestimación de las peticiones de subvenciones.

.5 La resolución correspondiente se notificará a las entidades solicitantes por correo certificado con justificación de recepción. Aunque la mencionada resolución no agota la vía administrativa, se debe indicar que se puede interponer, de acuerdo con lo que establece el artículo 46 en relación con el artículo 10 de la Ley estatal 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación. De forma potestativa, también se puede efectuar el requerimiento previo que determina el artículo 44 de la Ley estatal 29/1998.

El plazo para notificar la resolución de concesión a las personas interesadas es de seis meses a contar desde la fecha límite de presentación de las solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, las personas interesadas pueden entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

.6 Esta Resolución tiene efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Sin perjuicio de lo que disponen para las entidades privadas los artículos 114 y 115 de la Ley estatal 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta Resolución de convocatoria, aunque no agota la vía administrativa, las entidades públicas pueden interponer, de acuerdo con lo que establece el artículo 46 en relación con el artículo 10 de la Ley estatal 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. De forma potestativa, también se puede efectuar el requerimiento previo que determina el artículo 44 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998.

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