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Modificación de la Orden Foral 203/2007

15/07/2008
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Orden Foral 89/2008, de 12 de junio, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación (BON de 14 de julio de 2008). Texto completo.

ORDEN FORAL 89/2008, DE 12 DE JUNIO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 203/2007, DE 11 DE DICIEMBRE, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE ESTABLECEN LA ADSCRIPCIÓN Y FUNCIONES DE LOS NEGOCIADOS DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

Una vez aprobadas la estructura orgánica del Departamento de Educación mediante Decreto Foral 122/2007, de 3 de septiembre, y la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, por la que se establecieron las funciones y adscripción de los Negociados del Departamento, se ha modificado el aludido Decreto Foral creándose un nuevo Servicio que, entre otras, asume funciones de dos de los Servicios ya existentes.

La presente Orden Foral tiene por objeto, por ello, por un lado, la adaptación de la adscripción y funciones de los Negociados de los Servicios del Departamento de Educación que se han visto afectados por la aludida modificación aprobada mediante el Decreto Foral 50/2008, de 12 de mayo, y por otro lado, ajustar la denominación y funciones de uno de los Negociados adscritos al Servicio de Formación Profesional y de uno de los adscritos al Servicio de Enseñanza y Extensión Universitarias.

En su virtud, y en aplicación del artículo 24. 4 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, ORDENO:

1.º Se modifica en el inciso inicial y en el apartado 1 del Ordeno 6.º de la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación, la denominación del Negociado de Programas Internacionales, que pasa a ser de Internacionalización de la Formación Profesional.

2.º Se modifica el apartado 8 del Ordeno 6.º de la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación, que queda redactado como sigue:

“El Negociado de Internacionalización de la Formación Profesional ejercerá las siguientes funciones:

-Promover la participación de los centros educativos en proyectos de movilidad de ámbito internacional en relación con la proyección laboral de los alumnos.

-Promover la participación de los centros educativos en proyectos internacionales relacionados con los objetivos de la formación profesional.

-Propiciar el perfeccionamiento y actualización profesional de los profesores en el extranjero, a través de las posibilidades que ofrecen los diferentes programas internacionales.

-Sondear las posibilidades, y establecer contactos con otros organismos nacionales o extranjeros, para la participación o colaboración del Departamento de Educación en proyectos de interés común relacionados con la formación profesional.

-Realizar la planificación, desarrollo, y seguimiento de las acciones y proyectos de carácter internacional, su gestión contractual y económica y su justificación ante los organismos competentes.

-Analizar las posibilidades de cofinanciación de los proyectos internacionales emprendidos por el Departamento de Educación a través de los fondos de la Unión Europea o de otros organismos.

-Coordinar con la enseñanza e investigación universitarias las actuaciones de movilidad e internacionalización.

-Cualesquiera otras funciones que se le encomienden, dentro de la Sección a la que está adscrito.” 3.º Se modifica en el inciso inicial y en el apartado 1 del Ordeno 7.º de la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación, la denominación del Negociado de Ayudas a la Investigación, que pasa a ser de Ayudas a la Investigación e Internacionalización.

4.º Se modifica el apartado 3 del Ordeno 7.º de la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación, que queda redactado como sigue:

“El Negociado de Ayudas a la Investigación e Internacionalización ejercerá las siguientes funciones:

-Tramitar y supervisar la gestión administrativa y económica de las convocatorias de ayudas a la investigación y controlar su implementación.

-Recopilar los datos estadísticos para el seguimiento y evaluación de las convocatorias de ayudas a la investigación.

-Informar, asesorar y asistir a los investigadores que participen en programas nacionales e internacionales de investigación.

-Fomentar la participación de los investigadores y centros de investigación de Navarra en programas del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica; Programa Marco Europeo, Plan Tecnológico de Navarra o cualesquiera otros programas promovidos por el Centro Superior de Investigación Científica, ministerio competente en investigación universitaria o por cualquier otro organismo.

-Gestionar el nodo regional de la Red Europea de Movilidad de Investigadores.

-Colaborar con los organismos del sistema navarro de I+D+i en la difusión de su oferta científica y tecnológica y asesorarles en los procesos de incorporación de investigadores.

-Participar en la elaboración de normativa y en la planificación de la actividad científica y tecnológica del Departamento de Educación.

-Participar en las comisiones y grupos de trabajo de los programas regionales, nacionales e internacionales, en materia de investigación.

-Coordinar con la Formación Profesional las actuaciones de movilidad e internacionalización.

-Cualesquiera otras funciones que les sean encomendadas dentro del ámbito de sus competencias.

5.º Se modifican el inciso inicial y los apartados 1 y 3 del Ordeno 9.º de la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación, que quedan redactados como sigue:

“9.º El Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación se estructura en los siguientes Negociados:

-Negociado de Control Administrativo.

-Negociado de Control Presupuestario y de Plantilla de Personal.

-Negociado de Profesorado de Educación Infantil y Primaria.

-Negociado de Profesorado de Educación Secundaria.

-Negociado de Contratación Temporal y Personal No Docente.

-Negociado Técnico Administrativo de Personal.

1. El Negociado de Control Administrativo se adscribe a la Sección de Régimen Jurídico de Personal.

Los Negociados de Control Presupuestario y de Plantilla de Personal, de Profesorado de Educación Infantil y Primaria, de Profesorado de Educación Secundaria, de Contratación Temporal y Personal No Docente y el Técnico Administrativo de Personal, se adscriben a la Sección de Gestión de Personal.” “3. El Negociado de Control Presupuestario y de Plantilla de Personal, ejercerá las siguientes funciones:

-Control y actualización de la Plantilla Orgánica del Departamento de Educación.

-Elaboración de propuestas de adscripción, amortización o reconversión y creación de plazas.

-Preparación del Anteproyecto del Presupuesto del Departamento correspondiente al Capítulo I.

-Cualesquiera otras que le sean encomendadas para el adecuado cumplimiento de sus fines.” 6.º Se suprimen los apartados 8, 9, 10 y 11 del Ordeno 9.º de la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación.

7.º Se añade un nuevo Ordeno 9.º bis a la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación, que queda redactado como sigue:

“9.º bis. El Servicio de Nóminas y Control Presupuestario del Departamento de Educación se estructura en los siguientes Negociados:

-Negociado de Nóminas de Personal Docente Funcionario.

-Negociado de Nóminas del Personal Laboral y Administración.

-Negociado de Seguros Sociales.

-Negociado de Nóminas de Centros Concertados y Subvencionados.

1. Los Negociados de Nóminas de Personal Docente Funcionario, de Nóminas de Personal Laboral y Administración, de Seguros Sociales y de Nóminas de Centros Concertados y Subvencionados se adscriben a la Sección de Nóminas y Seguros Sociales.

2. El Negociado de Nóminas de Personal Docente Funcionario ejercerá las siguientes funciones:

-Confección y justificación de las nóminas del personal funcionario.

-Gestión del abono y retención de haberes.

-Certificaciones económicas del personal.

-Registro contable y presupuestario de las operaciones económicas de personal.

-Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas para el adecuado cumplimiento de sus fines.

3. El Negociado de Nóminas de Personal Laboral y de Administración ejercerá las siguientes funciones:

-Confección y justificación de las nóminas de Personal Laboral y de Administración.

-Certificaciones económicas de Personal Laboral y de Administración.

-Registro contable y presupuestario de las operaciones económicas de Personal Laboral y de Administración.

-Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas para el adecuado cumplimiento de sus fines.

4. El Negociado de Seguros Sociales ejercerá las siguientes funciones:

-Altas y bajas en la Seguridad Social.

-Mantenimiento al día de la gestión con la Tesorería de la Seguridad Social.

-Registro contable y presupuestario de las operaciones económicas de este capítulo de personal.

-Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas para el adecuado cumplimiento de sus fines.

5. El Negociado de Nóminas de Centros Concertados y Subvencionados ejercerá las siguientes funciones:

-Tramitación y pago de la nómina de personal docente de los centros concertados.

-Impresos y pagos de las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a dicho personal.

-Cualesquiera otras que en relación con el personal de los Centros Concertados le sean encomendadas.” DISPOSICIONES ADICIONALES Disposición Adicional Única.-Confirmación de nombramientos.

Se confirman en las mismas condiciones en que se produjeron el nombramiento de la Jefa del Negociado de Programas Internacionales, que cambia su denominación por el de Internacionalización de la Formación Profesional, y el de la Jefa del Negociado de Ayudas a la Investigación, que cambia su denominación por el de Ayudas a la Investigación e Internacionalización.

DISPOSICIONES FINALES Disposición Final Única.-Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

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