RESOLUCIÓN JUS/1844/2008, DE 9 DE JUNIO, DE MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL COLEGIO DE AGENTES Y COMISIONISTAS DE ADUANAS DE BARCELONA.
Visto el expediente de modificación de los Estatutos del Colegio de Agentes de Aduanas y Comisionistas de Barcelona del cual resulta que en fechas 11 de abril de 2008 y 16 de mayo de 2008 se presentó la documentación prevista en el artículo 46 de la Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales sobre la modificación del artículo 2.1 de los Estatutos, aprobada en Junta General Extraordinaria del Colegio de fecha 28 junio de 2007;
Vistos el Estatuto de autonomía de Cataluña, aprobado por la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía; la Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales; la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, la Resolución de 11 de mayo de 1999, de publicación de las relaciones de procedimientos administrativos regulados por la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 2898, de 28.5.1999), y los Estatutos colegiales vigentes declarados adecuados a la legalidad por Resolución JUS/1706/2006, de 23 de mayo (DOGC núm. 4644, de 30.5.2006);
Dado que la modificación del artículo 2.1 de los Estatutos se adecua a la legalidad;
Considerando que el presente expediente ha sido promovido por una persona legitimada, que se han aportado los documentos esenciales y que se han cumplido todos los trámites establecidos;
De acuerdo con lo que disponen los artículos 79 y 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;
A propuesta de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas,
Resuelvo:
.1 Declarar la adecuación a la legalidad del artículo 2.1 de los Estatutos del Colegio de Agentes y Comisionistas de Aduanas de Barcelona a la Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales, y disponer su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de la Generalidad de Cataluña;
.2 Disponer que esta modificación se publique en el DOGC, en el anexo de esta Resolución.
Anexo
Modificación del artículo 2.1 de los Estatutos del Colegio de Agentes y Comisionistas de Aduanas de Barcelona
Artículo 2
Domicilio
2.1 El domicilio social de la Corporación se fija en la calle Diputació, 295, 08009 Barcelona.