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Memorias

10/06/2008
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Orden de 20 de mayo de 2008 por la que se establecen los modelos a los que deberán adaptarse las memorias que editen los distintos departamentos de la Xunta de Galicia, organismos autónomos, agencias, fundaciones, entidades y empresas en las que tiene participación mayoritaria la Xunta de Galicia (DOG de 9 de junio de 2008). Texto completo.

ORDEN DE 20 DE MAYO DE 2008 POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS MODELOS A LOS QUE DEBERÁN ADAPTARSE LAS MEMORIAS QUE EDITEN LOS DISTINTOS DEPARTAMENTOS DE LA XUNTA DE GALICIA, ORGANISMOS AUTÓNOMOS, AGENCIAS, FUNDACIONES, ENTIDADES Y EMPRESAS EN LAS QUE TIENE PARTICIPACIÓN MAYORITARIA LA XUNTA DE GALICIA.

Por el Decreto 196/2001, de 26 de julio (Diario Oficial de Galicia nº 162, del 22 de agosto), modificado por el Decreto 116/2002, de 1 de febrero (Diario Oficial de Galicia nº 68, del 9 de abril), se regulan las publicaciones de la Xunta de Galicia.

Con esta orden se pretende completar la regulación de las publicaciones institucionales, abordando las características que deben presentar las memorias que editen los distintos departamentos de la Xunta de Galicia, organismos autónomos, agencias públicas, fundaciones del sector público, entidades y empresas en las que tiene participación mayoritaria la Xunta de Galicia, por lo que DISPONGO:

Artículo 1º Las memorias que editen los organismos que se expresan en el artículo 2º adaptarán sus características formales al modelo que se establece en el anexo de esta orden.

Además de las características que expresamente se definen en el anexo, cuando las memorias se destinen a venta al público, deberán incluir el número de ISBN, con el correspondiente código de barras.

Artículo 2º Deberán adaptarse al citado modelo todas las memorias que editen:

-La Administración autonómica y los organismos autónomos dependientes de ella.

-Las agencias públicas autonómicas.

-Las entidades de derecho público vinculadas a la Administración de la comunidad autónoma.

-Las fundaciones del sector público de Galicia.

-Las sociedades mercantiles en cuyo capital exista participación mayoritaria, directa o indirecta, de la Administración de la comunidad autónoma, de sus organismos autónomos y de las demás entidades de derecho público.

Artículo 3º Las memorias que se vayan a editar se someterán al mismo procedimiento de aprobación que el resto de las publicaciones de la Xunta de Galicia.

Cualquier modificación que se pretenda introducir en el modelo que se establece, para adaptarlo a una determinada estructura, deberá aprobarla, en cada caso concreto, la Comisión Permanente de Publicaciones.

Artículo 4º Los respectivos órganos interventores velarán por el cumplimiento de lo establecido en esta orden.

Disposición derogatoria Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior categoría que se opongan a lo dispuesto en esta orden y, en particular, la Orden de 20 de septiembre de 1999, por la que se establecen los modelos a que deberán adaptarse las memorias que editen los distintos departamentos de la Xunta de Galicia, organismos autónomos, entes y empresas en las que tiene participación mayoritaria la Xunta de Galicia.

Disposición final Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Anexos

Omitidos.

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