Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 23/05/2008
 
 

MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 280/1994

23/05/2008
Compartir: 

Orden PRE/1402/2008, de 20 de mayo, por la que se modifica el anexo II del Real Decreto 280/1994, de 18 de febrero, por el que se establecen los límites máximos de residuos de plaguicidas y su control en determinados productos de origen vegetal (BOE de 23 de mayo de 2008). Texto completo.

ORDEN PRE/1402/2008, DE 20 DE MAYO, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO II DEL REAL DECRETO 280/1994, DE 18 DE FEBRERO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LÍMITES MÁXIMOS DE RESIDUOS DE PLAGUICIDAS Y SU CONTROL EN DETERMINADOS PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL.

Los límites máximos de residuos de plaguicidas se regulan, para los productos de origen vegetal por el Real Decreto 280/1994, de 18 de febrero, por el que se establecen los límites máximos de residuos de plaguicidas y su control en determinados productos de origen vegetal. De conformidad con su disposición final primera, los anexos han sido sucesivamente actualizados.

Los límites máximos de residuos de plaguicidas han sido modificados recientemente por la Directiva 2007/73/CE de la Comisión, de 13 de diciembre de 2007, que modifica determinados anexos de las Directivas 86/362/CEE y 90/642/CEE del Consejo por lo que respecta a los contenidos máximos del residuos de acetamiprid, atrazina, deltametrin, imazalil, indoxacarbo, pendimetalina, pimetrozina, piraclostrobina, tiacloprid y trifloxistrobina.

La presente orden incorpora al ordenamiento jurídico interno la citada directiva mediante la modificación del anexo II del Real Decreto 280/1994, de 18 de febrero, conforme a lo establecido en su disposición final primera.

La presente disposición ha sido sometida al informe preceptivo de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria.

En el procedimiento de elaboración de esta disposición han sido consultadas las entidades representativas de los intereses de los sectores afectados y las comunidades autónomas.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y del Ministro de Sanidad y Consumo, dispongo:

Artículo único. Modificación del Real Decreto 280/1994, de 18 de febrero, por el que se establecen los límites máximos de residuos de plaguicidas y su control en determinados productos de origen vegetal.

En el anexo II del Real Decreto 280/1994, de 18 de febrero, por el que se establecen los límites máximos de residuos de plaguicidas y su control en determinados productos de origen vegetal, se sustituyen los límites máximos de residuos que en él figuran para las sustancias activas acetamiprid, atrazina, deltametrin, imazalil, indoxacarbo, pendimetalina, pimetrozina, piraclostrobina, tiacloprid y trifloxistrobina, por los que figuran en el anexo de esta orden.

Disposición final primera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.

Mediante esta orden se incorpora al derecho español la Directiva 2007/73/CE de la Comisión, de 13 de diciembre de 2007, que modifica determinados anexos de las Directivas 86/362/CEE y 90/642/CEE del Consejo por lo que respecta a los contenidos máximos del residuos de acetamiprid, atrazina, deltametrin, imazalil, indoxacarbo, pendimetalina, pimetrozina, piraclostrobina, tiacloprid y trifloxistrobina.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado” salvo para los límites máximos de residuos de las sustancias activas acetamiprid, indoxacarbo, pendimetalina, pimetrozina, piraclostrobina, tiacloprid y trifloxistrobina que entraran en vigor el 15 de junio de 2008 y los de la sustancia activa imazalil que entrará en vigor el 15 de septiembre de 2008.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  5. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  6. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  7. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  8. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  9. Actualidad: Cinco condenados por colaborar en estafar 112.000 euros a una mujer con un falso novio militar
  10. Legislación: Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana