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  • EDICIÓN DE 19/05/2008
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 12/2004

19/05/2008
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Decreto 79/2008, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 12/2004, de 27 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se instituye el “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa”, que pasa a denominarse “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas” (BOA de 16 de mayo de 2008). Texto completo. (Ref. Iustel §019019 Vínculo a legislación)

El Decreto 79/2008 modifica los artículos 1, 4 7 y 8 del Decreto 12/2004, de 27 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se instituye el “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa”, que pasa a denominarse “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas”.

El Decreto 12/2004, de 27 de enero, por el que se instituye el “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa” puede consultarse en el Repertorio de Legislación de Iustel.

DECRETO 79/2008, DE 29 DE ABRIL, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 12/2004, DE 27 DE ENERO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE INSTITUYE EL “PREMIO ARAGONÉS A LA RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA”, QUE PASA A DENOMINARSE “PREMIO ARAGONÉS A LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS”.

La experiencia acumulada en las diversas ediciones del Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa (RSC), ha permitido constatar que la RSC es un innovador modelo de gestión empresarial cuya generalización se debe contemplar en el medio-largo plazo.

Su incorporación necesita de un tiempo significativo de maduración y preparación, con repercusión en todos los ámbitos empresariales, y tanto en las facetas formativas como las funcionales. Estos requerimientos implican recursos económicos y otros aspectos, por su afección a toda la estructura y actividad de la empresa, tanto interna como externa.

En el caso de las PYME, por sus menores recursos y/o capacidades, la adopción de este nuevo concepto empresarial, ahora incipiente, puede verse retardada en el tiempo.

El Gobierno de Aragón, sensible a esta realidad, considera conveniente modificar la periodicidad en la celebración del Premio que se instituyó mediante el Decreto 12/2004, de 27 de enero, pasando a ser bienal, a fin de conseguir la máxima participación posible de empresas de pequeño y mediano tamaño. Un intervalo mayor permitirá ampliar la preparación de las empresas a la hora de optar por este Premio, y, por extensión, supondrá un mayor impacto y difusión del concepto de Responsabilidad Social entre las PYME aragonesas, principal objetivo del galardón.

De igual manera, siguiendo la tendencia comunitaria y nacional actual, y como resultado de la focalización del concepto en las empresas, se modifica la terminología de “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa” por “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas”. Como consecuencia de este cambio, se han de suprimir las fundaciones como entidades con opción al Premio.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 29 de abril de 2008.

DISPONGO:

Artículo 1.-Modificación del Decreto 12/2004, de 27 de enero, del Gobierno de Aragón, para lo cual se modifica el título del Decreto, sustituyendo la denominación “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa” por la de “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas”.

Artículo 2.-Se modifican los siguientes artículos del Decreto 12/2004, de 27 de enero, del Gobierno de Aragón, quedando redactados como sigue:

“Artículo 1.-Institución

Se instituye el “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas”, destinado a reconocer públicamente a aquellas empresas que han demostrado en su gestión, una preocupación por la adquisición y puesta en marcha de los compromisos de responsabilidad social.

Articulo 3.-Periodicidad y convocatoria

El “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas” tendrá una periodicidad bienal. Mediante Orden del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, se realizarán las convocatorias de cada edición y la aprobación de las correspondientes bases del premio.”

Artículo 4.-Participantes

Podrá optar a los premios, como participante, cualquier empresa aragonesa que desarrolle una actuación socialmente responsable, para lo que deberá acreditar la puesta en marcha de los compromisos adquiridos.

La presentación de propuestas lleva consigo la aceptación, por parte de quienes la formulen, de los términos de la correspondiente convocatoria.

Artículo 7.-Gestión y otorgamiento

La gestión de los premios corresponde al Departamento competente en materia de industria, y la concesión del premio se efectuará por Acuerdo del Gobierno de Aragón.

El premio se otorgará por mayoría de votos de los miembros del Jurado, pudiendo declararse desiertas una o varias modalidades del premio si se considera que los trabajos presentados no reúnen los méritos suficientes para ser galardonados.

Para la concesión del premio, se tendrá en cuenta el arraigo en Aragón de la empresa candidata, así como la naturaleza de las actuaciones desarrolladas y el grado de implementación de las mismas.

Artículo 8.-Características del premio

El “Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas” tiene carácter honorífico y consistirá en la entrega de un diploma acreditativo y de una obra representativa del galardón.

La entidad galardonada podrá hacer publicidad de la concesión del Premio en membretes, anuncios y memorias, especificando el año en que fue premiada, y a través de cualquier medio de comunicación, de acuerdo con la imagen gráfica del Premio desarrollada por la entidad organizadora.”

Disposición Final

Única.-Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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