Diario del Derecho. Edición de 30/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 16/05/2008
 
 

MATRICULACIÓN DEL ALUMNADO EN LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR

16/05/2008
Compartir: 

Resolución de 2 de mayo de 2008, de la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional, por la que se establece el calendario y el procedimiento para la inscripción, admisión y matriculación del alumnado en los ciclos formativos de grado superior de Formación Profesional, para el curso 2008/2009 (DOCV de 14 de mayo de 2008). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 2 DE MAYO DE 2008, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN, INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA Y DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL, POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO Y EL PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN, ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN DEL ALUMNADO EN LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL, PARA EL CURSO 2008/2009.

De acuerdo con lo establecido en la Orden de 14 de mayo de 2007 (DOCV de 29 de mayo), de la conselleria de Cultura, Educación y Deporte, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros sostenidos con fondos públicos para cursar enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior y, en virtud de la facultad que se me otorga en la disposición final primera de la mencionada Orden, resuelvo:

Primero. Los centros publicarán las vacantes existentes en los centros educativos para el proceso de admisión de alumnos hasta el día 6 de junio.

Proceso de matriculación ordinaria:

1. Presentación de la solicitud de admisión a los ciclos formativos de grado superior.

El plazo para solicitar la admisión, para el curso académico 2008/2009, será:

Del 9 al 20 de junio, ambos inclusive.

El alumnado que presente la solicitud de admisión por acceso directo, según modelo que figura como anexo I a la Orden de 14 de mayo de 2007 (DOCV de 29 de mayo), deberá aportar, hasta el día 27 de junio de 2008 incluido, las certificaciones académicas de los estudios acreditados para dicho acceso, así como la documentación necesaria para la aplicación de los criterios de preferencia establecidos en el punto Quinto.4 de la Orden de 14 de mayo de 2007 (DOCV de 29 de mayo) El alumnado que presente, la solicitud de admisión por acceso mediante prueba, según modelo que figura como anexo I a la Orden de 14 de mayo de 2007 (DOCV de 29 de mayo), deberá aportar, hasta el día 4 de julio 2008 incluido, la certificación académica de superación de la misma con la calificación obtenida, así como la documentación necesaria para la aplicación de los criterios de preferencia.

El alumnado que presente la solicitud de admisión por el acceso mediante prueba y posteriormente obtenga la titulación académica que le permita el acceso directo, deberá aportar obligatoriamente, hasta el día 27 de junio de 2008 incluido, las certificaciones académicas de los estudios acreditados para dicho acceso directo, para, en el caso de haber realizado y superado la correspondiente prueba de acceso, hacer efectiva la renuncia al acceso por prueba según se establece en el punto 6 de la Resolución de 12 de marzo de 2008, de la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional, por la que se convocan las pruebas de acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional. (DOCV del 27 de marzo).

2. Asignación de plazas Para la admisión del alumnado, para el curso académico 2008/2009, se actuará según el calendario y procedimiento siguientes:

Si el total de solicitudes de acceso directo y por prueba superada es igual o inferior al de plazas ofertadas, se hará pública la lista provisional de admitidos en el propio centro. Dicha lista provisional se expondrá en el tablón de anuncios del centro el día 7 de julio de 2008.

El día 14 de julio de 2008 se hará pública la lista definitiva de admitidos en cada uno de los grupos de reserva, una vez estudiadas las posibles reclamaciones a las listas provisionales.

En ningún caso los centros docentes procederán a acumular las plazas de acceso directo y las plazas de acceso por prueba para completar grupos cuando existan vacantes en alguno de los dos porcentajes de reserva (80% y 20% respectivamente), ya que esta función corresponde a las Comisiones de Coordinación.

De haber más solicitudes por acceso directo y por acceso mediante prueba que plazas ofertadas en los respectivos porcentajes de reserva, se elaborarán dos listados, uno por cada grupo, ordenados según los criterios de prioridad y valoración establecidos en la Orden de 14 de mayo de 2007, antes mencionada.

El alumnado que en las relaciones anteriores no figuren como admitidos, constituirán las listas de no admitidos, ordenadas según la puntuación obtenida y tendrá, a todos los efectos, la consideración de lista de espera.

3. Formalización de matrícula Para proceder a la matriculación, para el curso 2008/2009, se actuará de la siguiente manera:

Primero. De acuerdo con los grupos autorizados en cada centro, el alumnado admitido en cada uno de los grupos de reserva (acceso directo y acceso por prueba), formalizará su matrícula hasta el 29 de julio de 2008, ambos incluidos.

Las vacantes producidas por el alumnado que, estando admitido, no formalice la matrícula hasta el 29 de julio de 2008, serán cubiertas por el alumnado en lista de espera, que se matriculará el día 30 de julio de 2008.

El alumnado del primer curso, de los ciclos formativos de grado superior del propio centro, no sujeto al proceso de admisión, que en la evaluación de la convocatoria ordinaria de junio esté, en condiciones académicas de promoción al segundo curso o en condiciones académicas y por decisión del equipo educativo de no-promoción al segundo curso, también formalizará su matrícula hasta el 29 de julio de 2008.

El alumnado del segundo curso, de los ciclos formativos de grado superior del propio centro, no sujeto al proceso de admisión, que en la evaluación de la convocatoria extraordinaria de junio no haya superado módulos de dicho curso cuya suma de horas totales sea mayor de 240 horas, también formalizará su matrícula hasta el 29 de julio.

Los centros enviarán hasta el 31 de julio de 2008, a las correspondientes Direcciones Territoriales de Educación las dos listas del alumnado matriculado, ordenadas según los criterios indicados en el apartado Quinto de la mencionada Orden de 14 de mayo de 2007.

En el mismo plazo y con los mismos criterios, serán enviadas a las Direcciones Territoriales de Educación correspondientes, las relaciones de solicitudes que no hayan obtenido plaza para que las Comisiones de Coordinación procedan a adjudicar, antes del mes de septiembre de 2008, las plazas que puedan quedar disponibles de las opciones solicitadas.

Segundo. Proceso de matriculación extraordinaria:

Para poder solicitar la admisión a las plazas que hayan quedado vacantes tras el proceso de matriculación ordinaria, los interesados podrán solicitar su admisión, en los centros donde existan tales vacantes, según el siguiente calendario:

Presentación de solicitudes:

Del 3 al 10 de septiembre de 2008 (ambos incluidos) Lista provisional de admitidos:

El 12 de septiembre de 2008 Reclamaciones a la lista provisional:

Hasta el 15 de septiembre de 2008 Resolución de reclamaciones y publicación de la lista definitiva de admitidos:

El 18 de septiembre de 2008 Formalización de matrícula:

Hasta el 22 de septiembre de 2008 incluido.

El alumnado de los ciclos formativos de grado superior del propio centro, no sujeto al proceso de admisión, que esté afectado por la convocatoria extraordinaria de septiembre, formalizará su matrícula hasta el 22 de septiembre de 2008 incluido.

Los centros remitirán a las Direcciones Territoriales de Educación, hasta el día 25 de septiembre de 2008, las listas de admitidos y las listas de espera, separadas por grupos de reserva (acceso directo y acceso por prueba).

Las Comisiones de Coordinación, una vez finalizados los procesos de admisión, ordinario y extraordinario, y adjudicadas las plazas de acuerdo con las opciones elegidas por los candidatos, sumarán las vacantes existentes en los dos grupos de reserva (por acumulación de las plazas reservadas al acceso directo y al acceso por prueba) y procederán a ofertar al alumnado que aún no haya obtenido plaza la relación de centros docentes y ciclos formativos que dispongan de vacantes para que, si lo desean, puedan matricularse.

DISPOSICIONES FINALES Primera La presente resolución surtirá efectos al día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Segunda De conformidad con lo dispuesto por los artículos 107,114, y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la secretaria autonómica de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana