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  • EDICIÓN DE 13/05/2008
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 14 DE ABRIL DE 2004

13/05/2008
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Orden de 15 de abril de 2008, de modificación de la de 14 de abril de 2004, de regulación de la formación del personal que realiza operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones susceptibles de propagar la legionelosis y del procedimiento para la autorización de las entidades de formación (DOG de 12 de mayo de 2008). Texto completo.

ORDEN DE 15 DE ABRIL DE 2008, DE MODIFICACIÓN DE LA DE 14 DE ABRIL DE 2004, DE REGULACIÓN DE LA FORMACIÓN DEL PERSONAL QUE REALIZA OPERACIONES DE MANTENIMIENTO HIGIÉNICO-SANITARIO DE LAS INSTALACIONES SUSCEPTIBLES DE PROPAGAR LA LEGIONELOSIS Y DEL PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE LAS ENTIDADES DE FORMACIÓN.

El Real decreto 865/2003, de 4 de julio, como norma básica dictada al amparo del artículo 149.1.16ª de la Constitución española, determina los criterios higiénico- sanitarios para la prevención y control de la legionelosis, establece en su artículo 13 que todo el personal que trabaje en las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario, sea de una entidad o servicio externo contratado o bien sea personal propio de la instalación, deberá realizar los cursos que a tal efecto homologue el Ministerio de Sanidad y Consumo a propuesta de las comunidades autónomas correspondientes y de las ciudades de Ceuta y Melilla.

La Orden SCO/317/2003, de 7 de febrero, por la que se regula el procedimiento para la homologación de los cursos de formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones objeto del Real decreto 909/2001, de 27 de julio, establece un curso cada cinco años con una duración mínima de 10 horas, con el fin de renovar el certificado de formación y su artículo quinto refiere que les corresponde a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, a través de sus órganos competentes, el control de las actividades de las entidades que realicen estos cursos.

Por esto en Galicia fue publicada la Orden de 14 de abril de 2004, que regula la formación del personal que realiza operaciones de mantenimiento higiénicosanitario de las instalaciones susceptibles de propagar la legionelosis y el procedimiento para la autorización de las entidades de formación y su modificación de 9 de febrero de 2005. En su artículo 10º punto 3, expresa las condiciones que deben reunir los cursos de renovación del certificado, si bien no se concreta el temario de estos cursos, en la ponencia de sanidad ambiental de 23 de octubre de 2007, se consensuó un temario para impartir en estos cursos de renovación.

Por lo expuesto, se hace necesaria la modificación de la Orden de 14 de abril de 2004, y por eso en el uso de las competencias que la Consellería de Sanidad tiene atribuidas en materia de salud pública, y en el uso de las facultades que me fueron conferidas por el artículo 34.6º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su Presidencia, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, DISPONGO:

Artículo 1º Se modifica el artículo 10º, en su punto 3, párrafo 2, que queda redactado de la siguiente manera:

“Este curso tendrá una duración mínima de 10 horas e incluirá la actualización de sus conocimientos sobre la legislación vigente en materia de salud pública y salud laboral, identificación de puntos críticos y elaboración de programas de control, de conformidad con lo previsto en el anexo IV”.

Artículo 2º Se añade al final de la orden un anexo IV.

Disposición final Única.-Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 15 de abril de 2008.

María José Rubio Vidal Conselleira de Sanidad ANEXO IV Programa para la renovación de los cursos para el mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones de riesgo frente a la legionelosis -Actualización normativa de la legislación nacional y autonómica en relación con la legionelosis, prevención de riesgos laborales y medioambientales, entre otras: normativas autonómicas, Código Técnico de la Edificación, Norma UNE 100030:2005 Prevención de la legionela en instalaciones de edificios, Reglamento de instalaciones térmicas en edificios (RITE), desarrollo Directiva de biocidas, agua de consumo humano (1 hora).

-Buenas prácticas de limpieza y desinfección. Novedades en el diseño y mantenimiento de las instalaciones.

Sistemas físicos y físico-químicos. Registro de actuaciones (2 horas).

-Metodología de control de puntos críticos en instalaciones de riesgo de legionelosis. Evaluación del riesgo (2 horas).

-Actualización del mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones con mayor probabilidad de proliferación y dispersión de legionela. Estructura, prevención y control. Guías técnicas (3 horas).

-Actualización del mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones con menor probabilidad de proliferación y dispersión de legionela. Estructura, prevención y control. Guías técnicas (2 horas).

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