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IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA DE CLASIFICACIÓN DE OPERACIONES ESTADÍSTICAS

12/05/2008
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Resolución de 24 de abril de 2008, de la Directora, por la que se dictan instrucciones acerca de la implantación de un sistema de clasificación de operaciones estadísticas (BOC de 9 de mayo de 2008). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 24 DE ABRIL DE 2008, DE LA DIRECTORA, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES ACERCA DE LA IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA DE CLASIFICACIÓN DE OPERACIONES ESTADÍSTICAS.

Mediante Resolución de 28 de junio de 2001, del Director del Instituto Canario de Estadística, se estableció un sistema de clasificación por áreas temáticas aplicable a la producción estadística del Organismo.

En los siete años transcurridos la actividad estadística se ha incrementado y diversificado, poniendo en relieve la necesidad de contar con una catalogación temática más amplia y flexible. Este nuevo catálogo nace con la intención de clasificar toda la actividad estadística desarrollada por el sistema estadístico de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el presente y en el futuro, y permitir estructurar la difusión de la información generada de forma más intuitiva y fácil para el usuario final de la misma.

El artículo 30.1 de la Ley 1/1991, de 28 de enero, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias, dispone que compete al Instituto dictar y publicar las normas técnicas generales sobre unidades estadísticas y territoriales, su identificación, nomenclatura, definiciones, códigos, clasificación de datos y cualesquiera otras que contribuyan a homogeneizar la actividad estadística pública en la Comunidad Autónoma de Canarias, siendo tales normas de obligado cumplimiento para la elaboración de las estadísticas de interés de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En uso de las facultades que me confiere la legislación vigente y, especialmente, en virtud de lo preceptuado en el artículo 5.c) de la Ley 1/1991, de 28 de enero, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias, y 8.2.b) y f) del Decreto 48/1992, de 23 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Instituto Canario de Estadística (I.S.T.A.C.),

RESUELVO:

Primero.- Objeto.

El objeto de la presente Resolución es la aprobación del sistema de clasificación de operaciones estadísticas, que figura anexo a la presente Resolución.

Segundo.- Ámbito.

El referido sistema será aplicable a todas las operaciones de interés de la Comunidad Autónoma de Canarias, conforme a lo preceptuado en el artículo 30.1 de la Ley 1/1991, de 28 de enero, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Adaptación de las actividades en curso.- Las operaciones estadísticas que se encuentren en fase de ejecución, serán progresivamente adaptadas al sistema de clasificación mencionado, en función de las disponibilidades de tiempo y recursos.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Queda derogada la Resolución del Director del Instituto Canario de Estadística (I.S.T.A.C.) de 28 de junio de 2001, por la que se dictan instrucciones acerca de la implantación de un sistema de clasificación por áreas temáticas aplicable a la producción estadística del Organismo.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor.- La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Anexos

Omitidos.

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