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  • EDICIÓN DE 06/05/2008
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 198/2007

06/05/2008
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Decreto 72/2008, de 25 de abril, por el que se modifica el Decreto 198/2007, de 20 de julio, por el que se establece un régimen de ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado en la actividad agraria en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 2 de mayo de 2008). Texto completo. (Ref. Iustel §021680 Vínculo a legislación)

El Decreto 72/2008 modifica el artículo 17 del Decreto 198/2007, de 20 de julio, por el que se establece un régimen de ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado en la actividad agraria en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El Decreto 198/2007, de 20 de julio, por el que se establece un régimen de ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado en la actividad agraria en la Comunidad Autónoma de Extremadura puede consultarse en el Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

DECRETO 72/2008, DE 25 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 198/2007, DE 20 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE UN RÉGIMEN DE AYUDAS DESTINADAS A FOMENTAR EL CESE ANTICIPADO EN LA ACTIVIDAD AGRARIA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.

El Decreto 198/2007, de 20 de julio, establece un régimen de ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado en la actividad agraria en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Los resultados de la aplicación de esta ayuda al cese anticipado en la actividad agraria ha permitido garantizar unos ingresos a los agricultores mayores de 55 años.

La sustitución de agricultores de mayor edad por otros más jóvenes, ha permitido mejorar la viabilidad económica de las explotaciones agrarias resultantes de la concentración de la explotación liberada por el cedente, unida a la preexistente del cesionario, que en la mayoría de los casos han sido a su vez beneficiarios de la medida de Primera Instalación de Jóvenes Agricultores.

Como consecuencia de lo anterior, y para una mejor gestión de estas medidas, se considera necesario que ambas sean tramitadas en la misma unidad administrativa.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural, previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión de 25 de abril de 2008, D I S P O N G O :

Artículo único. Objeto de la modificación.

El Decreto 198/2007, de 20 de julio, por el que se establece un régimen de ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado en la actividad agraria en la Comunidad Autónoma de Extremadura, se modifica en los siguientes términos:

Uno. Todas las referencias hechas al Servicio de Ayudas Estructurales, se entenderán hechas al Servicio de Apoyo a las Estructuras Productivas.

Dos. El artículo 17 queda redactado de la siguiente manera:

“La evaluación y priorización de las solicitudes, atendiendo a los criterios de preferencia, se llevará a cabo por una Comisión de Valoración que estará integrada por el Jefe de Servicio competente en la tramitación de estas ayudas y dos técnicos nombrados por el Director General de Estructuras Agrarias, actuando como Secretario el de mayor antigüedad en el cargo.

Este órgano se regirá por lo previsto en el artículo 63 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La Comisión de Valoración emitirá informe al órgano instructor en el que se concretará el resultado obtenido”.

Disposición final primera. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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