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  • EDICIÓN DE 05/05/2008
 
 

REMISIÓN A LAS CORTES DE LA RATIFICACIÓN DEL TRATADO DE LISBOA

05/05/2008
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El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica por la que se autoriza la ratificación por España del Tratado por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en Lisboa (República Portuguesa) el 13 de diciembre de 2007.

En el artículo primero se autoriza la ratificación por España del Tratado de Lisboa, por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en la capital de la República de Portugal el 13 de diciembre de 2007.

En el artículo segundo, y en base a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 10 de la Constitución española y en el apartado 8 del artículo 1 del Tratado de Lisboa, se dispone que las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán también de conformidad con lo dispuesto en la Carta de los Derechos Fundamentales de 7 de diciembre de 2000, adoptada el 12 de diciembre de 2007 en Estrasburgo, cuyo texto íntegro reproduce.

De acuerdo con la exposición de motivos del Proyecto de Ley, la inclusión de esta norma se justifica en orden a resaltar con especial énfasis que, según el Tratado de Lisboa, la Unión reconoce los derechos, libertades y principios enunciados en la Carta de los Derechos Fundamentales de 7 de diciembre de 2000, la cual proclama que tendrá el mismo valor jurídico que los Tratados. Se trata de un avance de considerable valor político, además de jurídico, en el proceso de construcción de la Unión y de la ciudadanía europea. En este sentido, por razones de transparencia y proximidad al ciudadano, se reproduce en el Proyecto de Ley el texto íntegro de la citada Carta.

Contenido

El nuevo Tratado permite, entre otras cosas, que la Comisión Europea esté obligada a revisar sus propuestas si así lo solicita un tercio de los Parlamentos nacionales de los Estados miembros, que el procedimiento de co-decisión entre el Parlamento Europeo y el Consejo pase a ser el procedimiento legislativo ordinario de la Unión.

La Carta de Derechos Fundamentales cobrará valor jurídico, es decir, vinculante. Por vez primera en la historia de la Unión, los ciudadanos tendremos iniciativa legislativa directa, de modo que, con las firmas de al menos un millón de ciudadanos de distintos Estados miembros, se podrá presentar una propuesta de legislación a la Comisión Europea.

Además, el Tratado dota de una personalidad jurídica única a la Unión Europea, crea la figura del presidente electo del Consejo Europeo y establece un Servicio Europeo de Acción Exterior. También pone énfasis en las cuestiones de seguridad y lucha contra el crimen organizado, en las políticas de inmigración y de lucha contra el cambio climático.

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