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MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 4 DE ENERO DE 2006

05/05/2008
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Orden de 22 de abril de 2008 por la que se modifica la Orden de 4 de enero de 2006 por la que se regulan las visitas y el uso de los centros de educación ambiental y las aulas de la naturaleza adscritos a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente (DOE de 30 de abril de 2008). Texto completo.

ORDEN DE 22 DE ABRIL DE 2008 POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 4 DE ENERO DE 2006 POR LA QUE SE REGULAN LAS VISITAS Y EL USO DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL Y LAS AULAS DE LA NATURALEZA ADSCRITOS A LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE.

La Orden de 4 de enero de 2006 por la que se regulan las visitas y el uso de los centros de educación ambiental y las aulas de la naturaleza adscritos a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente regula la utilización de estos equipamientos para el desarrollo, sin ánimo de lucro, de actividades formativas, informativas, de debate, culturales, voluntariado y otras, todas ellas relacionadas con la sensibilización y la educación ambiental.

Hasta ahora, y mediante la figura del “convenio de colaboración”, la gestión de estas instalaciones se llevaba a cabo por los Ayuntamientos, abonando la Junta de Extremadura una cantidad anual según memoria de actuaciones.

Todas las actividades que se desarrollan en los Centros de Educación Ambiental y Aulas de la Naturaleza adscritos a la Consejería con competencias en materia de Medio Ambiente, en cuanto a relacionadas con el uso público de los espacios naturales, constituyen servicios de marcado interés público, en cuanto actividad de la Consejería con competencias en materia de medio ambiente, tendente a crear prestaciones para los ciudadanos en cumplimiento de las competencias que tiene asignadas por las disposiciones vigentes. Por ello se plantean nuevas modalidades de gestión que amplíen las ya previstas en la Orden que se modifica.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con el artículo 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, DISPONGO:

Artículo 1.

Se modifica la Orden de 4 de enero de 2006, por la que se regulan las visitas y el uso de los centros de educación ambiental y las aulas de la naturaleza adscritos a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente en los siguientes términos:

Uno. Se da una nueva redacción al apartado 3 del artículo 6, que queda redactado del siguiente modo:

“3. La solicitud deberá ir acompañada de la documentación detallada en el artículo 10”.

Dos. Se modifica el apartado 4 del artículo 7, al que se da la siguiente redacción:

“4. Será imprescindible para que el responsable del equipamiento permita el acceso del grupo al mismo la presentación del contrato de cesión de uso debidamente firmado, el resguardo del modelo 50 que acredite el ingreso de la fianza y el resguardo del pago del precio estipulado en concepto de manutención”.

Disposición adicional primera. Órgano ambiental.

En la Orden de 4 de enero de 2006 por la que se regulan las visitas y el uso de los centros de educación ambiental y las aulas de naturaleza adscritos a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, las alusiones a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente se entenderán referidas a la Consejería con competencias en materia de Medio Ambiente.

Asimismo, las referencias contenidas en la misma norma a la Dirección General de Medio Ambiente se entenderán realizadas a la Dirección General competente en materia de educación ambiental.

Disposición adicional segunda. Prórroga de vigencia.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 1.2 de la Orden de 4 de enero de 2006 por la que se regulan las visitas y el uso de los centros de educación ambiental y las aulas de la naturaleza adscritos a la Consejería de Agricultura y Medio ambiente se amplía para el periodo anual 2008 la vigencia de la misma.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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