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MODIFICACIÓN DE LA ORDEN AYG/1918/2007

16/04/2008
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Orden AYG/593/2008 de 3 de abril, por la que se modifica la Orden AYG/1918/2007, de 21 de noviembre, por la que se regula y convoca el procedimiento para la selección de Programas de Desarrollo Local, adaptados al eje 4 (enfoque LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León (2007-2013) (BOCYL de 15 de abril de 2008). Texto completo.

ORDEN AYG/593/2008 DE 3 DE ABRIL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN AYG/1918/2007, DE 21 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE REGULA Y CONVOCA EL PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE PROGRAMAS DE DESARROLLO LOCAL, ADAPTADOS AL EJE 4 (ENFOQUE LEADER) DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA Y LEÓN (2007-2013).

Mediante la Orden AYG/1918/2007, de 21 de noviembre (“B.O.C. y L.” n.º 233, de 30 de noviembre), se regula y convoca el procedimiento para la selección de Programas de Desarrollo Local, adaptados al eje 4 (enfoque LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León (2007-2013).

En el artículo 11.1 de esta Orden AYG/1918/2007, de 21 de noviembre, se establece la composición de la Comisión de Selección, correspondiéndole realizar la selección conjunta de territorios/Grupos de Acción Local/Programa de Desarrollo Local, sin que ésta haya sido constituida todavía.

Ante la conveniencia de dar entrada en esta Comisión de Selección a un representante de la Administración General del Estado y teniendo en cuenta la Proposición no de Ley aprobada en el Pleno de las Cortes de Castilla y León el día 28 de marzo de 2008, resulta necesario modificar la Orden AYG/1918/2007.

En virtud de lo anterior y en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 26.1.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único.– Se modifica el artículo 11, apartado 1, de la Orden AYG/1918/2007, de 21 de noviembre, por la que se regula y convoca el procedimiento para la selección de Programas de Desarrollo Local, adaptados al eje 4 (enfoque LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León (2007-2013), añadiendo, al final del mismo, el siguiente guión:

“– Un representante de la Administración General del Estado, nombrado por el Director General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.”

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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