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SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LAS ACTUACIONES DE LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA FORESTAL

01/04/2008
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Resolución MAH/882/2008, de 20 de marzo, por la que se convocan subvenciones para el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal (ADF) y sus federaciones para el año 2008 (código de la convocatoria 04.09.08) (DOGC de 31 de marzo de 2008). Texto completo.

RESOLUCIÓN MAH/882/2008, DE 20 DE MARZO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LAS ACTUACIONES DE LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA FORESTAL (ADF) Y SUS FEDERACIONES PARA EL AÑO 2008 (CÓDIGO DE LA CONVOCATORIA 04.09.08).

De acuerdo con la Orden MAH/37/2008, de 1 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal (ADF) y sus federaciones;

De acuerdo con los artículos 92.4 y 93.a) del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre,

Resuelvo:

.1 Convocar las subvenciones para el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal (ADF) y sus federaciones para el año 2008.

.2 Las subvenciones previstas en esta convocatoria se rigen por las bases reguladoras que aprobó la Orden MAH/37/2008, de 1 de febrero, publicada en el DOGC núm. 5067, de 11 de febrero de 2008.

.3 La dotación máxima total de las subvenciones previstas en la presente convocatoria es de 2.850.000 euros, distribuida de la siguiente manera:

Para las ADF:

Adquisición de material de prevención y actuación inmediata; una dotación de 1.850.000 euros cofinanciados de la siguiente manera: 1.450.000 euros con cargo a la partida MA04D/782000100/5510 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2008, y 400.000 euros a cargo del fondo FEADER.

Costes fijos de mantenimiento de material, costes variables de mantenimiento de material y adquisición de equipos individuales y otro material fungible, una dotación de 900.000 euros, que es financian con cargo a la partida MA04D/482000100/5510 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2008.

Para las federaciones de ADF:

Programas de formación y coordinación operativa, una dotación de 100.000 euros, que es financian con cargo a la partida MA04D/482000100/5510 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2008.

La dotación máxima total de las subvenciones puede ser modificada con sujeción a la normativa vigente.

De acuerdo con la base 4 del anexo 1 de la Orden MAH/37/2008, de 1 de febrero, los tipos de ayuda con límite de la dotación unitaria son los siguientes:

Para las ADF:

1) Adquisición de material de prevención y actuación inmediata:

Hasta un máximo de 4.200 euros para cada municipio que forme parte de la ADF y que esté considerado de alto riesgo de incendios forestales, entendiendo por municipios de alto riesgo los que establecen el Decreto 64/1995 o en el Plan INFOCAT 2003.

Hasta un máximo de 3.000 euros para cada municipio que forme parte de la ADF y que no esté considerado de alto riesgo de incendios forestales.

2) Adquisición de equipos individuales y material fungible: hasta 600 euros por municipio integrante de la ADF.

Para las federaciones de ADF:

Un importe máximo de 12.000 euros.

.4 El plazo de presentación de solicitudes es de un mes desde la publicación de la presente Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

.5 Las solicitudes se deben presentar en modelo normalizado, acompañadas de la documentación que prevé la base 6 de la Orden MAH/37/2008, en cualquiera de las dependencias que constan en el anexo de esta Resolución, o por los medios que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El modelo normalizado de solicitud se puede obtener en las dependencias que constan en el anexo de esta Resolución o, a través de Internet, en la dirección electrónica siguiente:

“http://mediambient.gencat.net/cat/el_departament/actuacions_i_serveis/ajuts/natura/inici.jsp”.

.6 Las solicitudes se tramitarán, resolverán y notificarán de acuerdo con lo que prevén las bases indicadas en el punto 2 de la presente Resolución, en las cuales también se prevé el régimen de recursos aplicable.

La tramitación del procedimiento de concesión de las subvenciones corresponde al Servicio de Prevención de Incendios Forestales. El jefe del Servicio de Prevención de Incendios Forestales presentará al director general del Medio Natural la propuesta de resolución elaborada por el órgano colegiado a quien corresponde la valoración de las solicitudes, integrado por:

Presidente, el subdirector general del Cuerpo de Agentes Rurales.

Vocales, el jefe del Servicio de Prevención de Incendios Forestales y el jefe de la Sección de Prevención de Incendios Forestales.

.7 Los plazos para justificar estas ayudas son los siguientes:

Para la ayuda para adquisición de material de prevención y actuación inmediata para las ADF: 31 de julio del 2008.

Para la ayuda para los costes fijos de mantenimiento de material, costes variables de mantenimiento de material y adquisición de equipos individuales y otro material fungible para las ADF: 31 de octubre de 2008.

Para la ayuda para programas de formación y coordinación operativa para las federaciones de ADF: 31 de octubre de 2008.

.8 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y, de forma potestativa, recurso de reposición ante el consejero de Medio Ambiente y Vivienda en el plazo de un mes.

Anexo

Dependencias donde se pueden presentar las solicitudes de subvenciones y obtener los modelos normalizados

Dirección General del Medio Natural (calle Dr. Roux, 80, 08017 Barcelona).

Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Barcelona (Travessera de Gràcia, 56, 08029 Barcelona).

Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Girona (calle de Ultònia, 10-12, 17002 Girona).

Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Lleida (Ronda de Sant Martí, 2-6, 25006 Lleida).

Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Tarragona (calle Cardenal Vidal i Barraquer, 12-14, 43005 Tarragona).

Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Les Terres de l'Ebre (calle Burgos, 17, bajos, 43870 Amposta).

Registro de los servicios centrales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (av. Diagonal 523-525, 08029 Barcelona).

Servicio de Prevención de Incendios Forestales de la Dirección General del Medio Natural del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (Finca Torreferrussa. crta. de Sabadell, km 4,5, 08130 Santa Perpètua de Mogoda).

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