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PROGRAMAS OFICIALES DE POSGRADO

01/04/2008
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Decreto 23/2008, de 27 de marzo, por el que se autoriza la implantación de Programas Oficiales de Posgrado conducentes a la obtención de títulos oficiales de Máster en Mecatrónica, Máster en Biodiversidad Marina y Conservación y Doctorado en Biodiversidad Marina y Conservación, en la Universidad de Oviedo (BOPA de 29 de marzo de 2008). Texto completo.

DECRETO 23/2008, DE 27 DE MARZO, POR EL QUE SE AUTORIZA LA IMPLANTACIÓN DE PROGRAMAS OFICIALES DE POSGRADO CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DE TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER EN MECATRÓNICA, MÁSTER EN BIODIVERSIDAD MARINA Y CONSERVACIÓN Y DOCTORADO EN BIODIVERSIDAD MARINA Y CONSERVACIÓN, EN LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO.

El artículo 18.1 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias establece que el Principado ejercerá competencias en la ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución Española y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen.

El Real Decreto 848/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado al Principado de Asturias en materia de universidades, establece que corresponden a la Comunidad Autónoma las funciones y competencias derivadas de su Estatuto de Autonomía y las que en materia de enseñanza superior atribuye a las comunidades autónomas la legislación orgánica sobre la materia.

Por su parte el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada al mismo por artículo único cinco de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece que la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, de conformidad con el artículo 35, serán acordadas por la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social. El artículo 8.3, de la citada Ley Orgánica 6/2001, establece que de lo señalado en el apartado anterior será informada la Conferencia General de Política Universitaria.

El artículo 2 del Decreto 13/1998, de 12 de marzo, por el que se regula el procedimiento de creación de centros universitarios y titulaciones, así como de autorización de estudios conducentes a titulaciones extranjeras en el Principado de Asturias, establece que la implantación de nuevas titulaciones de carácter oficial en Asturias requerirá la aprobación del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

El Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de posgrado, aplicable en virtud de la disposición transitoria segunda b) del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, establece en su artículo 5.1 que la implantación de los programas oficiales de posgrado será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, de acuerdo con lo que establece el artículo 8.2 de la Ley Orgánica de Universidades.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo aprobó la propuesta de los programas oficiales que a continuación se relacionan: Mecatrónica, conducente a la obtención del título oficial de Máster en Mecatrónica, y Biodiversidad Marina, conducente a la obtención de los títulos oficiales de Máster en Biodiversidad Marina y Conservación y Doctorado en Biodiversidad Marina y Conservación. Se ha recabado el preceptivo informe favorable del Consejo Social de la Universidad de Oviedo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 27 de marzo de 2008,

DISPONGO

Artículo único.—Títulos oficiales de Máster y Doctorado.

Se autoriza la implantación en la Universidad de Oviedo de los Programas Oficiales de Posgrado conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Máster y Doctorado que se relacionan a continuación:

a) Programa Oficial de Posgrado en Mecatrónica, conducente a la obtención del título oficial de Máster en Mecatrónica.

b) Programa Oficial de Posgrado en Biodiversidad Marina, conducente a la obtención de los títulos oficiales de Máster en Biodiversidad Marina y Conservación y Doctorado en Biodiversidad Marina y Conservación.

Disposición final única.— Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

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