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  • EDICIÓN DE 24/03/2008
 
 

RECURSOS Y CUESTIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD

24/03/2008
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A continuación trascribimos los recursos y cuestiones de inconstitucionalidad publicados en el BOE de 24 de marzo de 2008.

Recurso de inconstitucionalidad número 2313-2007, en relación con diversos artículos de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 11 de marzo actual, ha acordado tener por desistido al Letrado del Parlamento de Navarra, en la representación que legalmente ostenta, del recurso de inconstitucionalidad núm. 2313-2007, interpuesto contra diversos preceptos de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia, declarando extinguido el proceso y el archivo de las actuaciones. Dicho recurso fue admitido a trámite por providencia de 27 de marzo de 2007.

Recurso de inconstitucionalidad número 7696-2007, en relación con el artículo 14.1 de la Ley del Parlamento de las Illes Balears 25/2006, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas.

El Pleno del Tribunal Constitucional por Auto de 11 de marzo actual, ha acordado en el recurso de inconstitucionalidad núm. 7696-07, interpuesto por el Abogado del Estado, en representación del Gobierno de la Nación, levantar la suspensión del art. 14.1 de la Ley del Parlamento de las Illes Balears 25/2006, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas, cuya suspensión se produjo con la admisión del mencionado recurso y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 283, de 26 de noviembre de 2007.

Recurso de inconstitucionalidad número 572-2008, en relación con los artículos 15 y 16 de la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de marzo actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 572-2008, promovido por el Presidente del Gobierno en relación con los arts. 15 y 16 de la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el art. 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -22 de enero de 2008, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.

Recurso de inconstitucionalidad número 1470-2008, en relación con diversos artículos de la Ley de Canarias 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de marzo actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1470-2008, promovido por el Presidente del Gobierno en relación con los arts. 88; 104, apartados 10, 11, 13, 19, 20, 22 y 24; 105, apartados 4 a 9; 106, apartados 2, 4 y 5 y la disposición transitoria tercera de la Ley de Canarias 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias. Se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el art. 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -22 de febrero de 2008-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros. Y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, atribuir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento del presente recurso. Señalando de aplicación la doctrina constitucional contenida en las SSTC 59/1985, 181/1992, 203/1992, 14/1994, 118/1996, 332/2005 y 341/2005.

Cuestión de inconstitucionalidad número 1230-2008, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de marzo actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1230-2008 planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 12 de Valencia, en el procedimiento abreviado 175/2007, en relación con el art. 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9, 10, 14, 17, 24 y 25 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial, procedimiento abreviado 175/2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.

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