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  • EDICIÓN DE 13/03/2008
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 18 DE OCTUBRE DE 2006

13/03/2008
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Orden de 25 de febrero de 2008 por la que se modifica la Orden de 18 de octubre de 2006 por la que se crean, suprimen y regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal gestionados por la Consejería de Cultura, el Instituto de la Mujer de Extremadura y el Consejo de la Juventud de Extremadura (DOE de 12 de marzo de 2008). Texto completo.

ORDEN DE 25 DE FEBRERO DE 2008 POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 18 DE OCTUBRE DE 2006 POR LA QUE SE CREAN, SUPRIMEN Y REGULAN LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL GESTIONADOS POR LA CONSEJERÍA DE CULTURA, EL INSTITUTO DE LA MUJER DE EXTREMADURA Y EL CONSEJO DE LA JUVENTUD DE EXTREMADURA

Preámbulo

La Orden de 18 de octubre de 2006, regula, crea y suprime los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Consejería de Cultura en el ejercicio de sus competencias, e incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Asimismo, publica los ficheros del Instituto de la Mujer de Extremadura y del Consejo de la Juventud de Extremadura como organismos autónomos adscritos a dicha Consejería.

A consecuencia de la comunicación remitida por la Agencia Española de Protección de Datos, de fecha 26 de abril de 2007, en contestación a la solicitud de inscripción de diversos ficheros de la Consejería de Cultura en el Registro General de Protección de Datos, se hace necesario publicar diversas modificaciones propuestas por dicha Agencia.

Debido a la reestructuración de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dada por el Decreto del Presidente 17/2007, de 30 de junio (DOE de 2 de julio), la presente modificación se limita a los ficheros gestionados por la Consejería de Cultura y Turismo, no afectando a los ficheros relativos al Instituto de la Mujer y al Consejo de la Juventud de Extremadura, por situarse ambos organismos autónomos fuera de las actuales competencias de la Consejería de Cultura y Turismo.

Por todo ello, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 36.f) y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Anexo I de la Orden de 18 de octubre de 2006:

El fichero denominado “NÓMINAS”, en su apartado d) referido a su estructura básica y tipos de datos, se añade:

— Datos de afiliación sindical.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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