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  • EDICIÓN DE 13/03/2008
 
 

GABINETE DE INICIATIVA JOVEN

13/03/2008
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Orden de 3 de marzo de 2008 por la que se convocan ayudas para iniciativas y proyectos a desarrollar en el gabinete de iniciativa joven de la Junta de Extremadura para el fomento de la sociedad de la imaginación para el año 2008 (DOE de 12 de marzo de 2008). Texto completo.

ORDEN DE 3 DE MARZO DE 2008 POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA INICIATIVAS Y PROYECTOS A DESARROLLAR EN EL GABINETE DE INICIATIVA JOVEN DE LA JUNTA DE EXTREMADURA PARA EL FOMENTO DE LA SOCIEDAD DE LA IMAGINACIÓN PARA EL AÑO 2008

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Junta de Extremadura, consciente de su responsabilidad en la búsqueda de mecanismos que permitan promover e impulsar el progreso económico y social de la Comunidad y conocedora del papel de la juventud en la sociedad actual, ha decidido, en el ámbito de sus competencias, continuar con la puesta en marcha de fórmulas que permitan hacer posible un compromiso con los jóvenes y con las personas con iniciativas tanto innovadoras como emprendedoras.

Entre dichas fórmulas, el Consejo de Gobierno en su sesión de 11 de febrero de 2008, aprueba el Decreto 16/2008 por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para iniciativas y proyectos a desarrollar en el Gabinete de Iniciativa Joven de la Junta de Extremadura, para el fomento de la Sociedad de la Imaginación. Por ello, en virtud de las facultades que por el ordenamiento jurídico me son conferidas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del citado Decreto y del artículo 36.f) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.

Mediante la presente Orden se convoca la concesión de ayudas para iniciativas y proyectos a desarrollar en el Gabinete de Iniciativa Joven de la Junta de Extremadura, para el fomento de la Sociedad de la Imaginación, correspondientes al ejercicio 2008.

Artículo 2. Plazo de presentación de solicitudes.

Para todas las ayudas previstas en el Decreto 16/2008, de 11 de febrero, que establece las bases reguladoras de la concesión de ayudas para iniciativas y proyectos a desarrollar en el Gabinete de Iniciativa Joven de la Junta de Extremadura para el fomento de la Sociedad de la Imaginación, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

Artículo 3. Documentación que debe acompañar a las solicitudes 1. La solicitud deberá formularse en el modelo incluido en el Anexo I de la presente Orden, donde además se recoge la declaración responsable del solicitante de la ayuda y la declaración de haber solicitado o recibido otras ayudas públicas durante los 3 últimos años, para esta o para cualquier otra actividad acogida a mínimis. Deberá ir acompañada de la Miércoles, 12 de marzo de 2008 NÚMERO 50 5968 documentación prevista en el artículo 6, 20, 21, 25, 26, 30, 34 del Decreto 16/2008, de 11 de febrero.

2. La memoria detallada del proyecto exigida por el artículo 6 del Decreto 16/2008, de 11 de febrero, contendrá como mínimo el desarrollo de los puntos establecidos en el Anexo II de la presente Orden.

3. La memoria justificativa de elección de ofertas exigido en el artículo 20 y 25 del Decreto 16/2008, de 11 de febrero, deberá realizarse según el modelo que se incluye en el Anexo III de la presente Orden.

4. La descripción del perfil para el apoyo a la creación y fortalecimiento de unidades de imaginación e innovación exigido en el artículo 20 del Decreto 16/2008, de 11 de febrero, deberá realizarse según el modelo que se incluye en el Anexo IV de la presente Orden.

5. El compromiso de constitución de nueva Sociedad en el periodo cubierto por la experiencia piloto exigido en el artículo 25 del Decreto 16/2008, de 11 de febrero, podrá realizarse según el modelo que se incluye en el Anexo V de la presente Orden.

6. La memoria del proyecto que se detalla en los artículos 21 y 26 del Decreto 16/2008, de 11 de febrero, estará disponible, desde el día de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, en la web www.iniciativajoven.org 7. La tabla de imputación de gastos del Microproyecto, en la que se desglosan los gastos previstos en la realización del mismo, exigido en el artículo 34 del Decreto 16/2008, de 11 de febrero, deberá realizarse según modelo que se incluye en el Anexo VI.

8. Para la incorporación de los certificados acreditativos de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como con la Seguridad Social, podrá autorizarse a la Comunidad Autónoma para recabarlos de oficio (artículo 6 del Decreto 16/2008, de 11 de febrero) de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo VII de la presente Orden.

9. La memoria exigida en el artículo 30 del Decreto 16/2008, de 11 de febrero, apartados c).1 y d).1 para las Becas Iniciativa Joven: Creación Joven y Dinamización Territorial se realizará según modelo que se incluye en el Anexo VIII.

10. Las solicitudes de ayuda podrán presentarse en el Registro General de la Consejería de los Jóvenes y del Deporte de la Junta de Extremadura (Avda. de las Américas, 4, 06800 Mérida), en los Centros de Atención Administrativa de la Junta de Extremadura o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes irán dirigidas al titular de la Consejería de los Jóvenes y del Deporte de la Junta de Extremadura.

Artículo 4. Importe de la Convocatoria.

Para atender los fines previstos se establece como importe global de la convocatoria de 2008 la cantidad de 634.137,78 euros que se imputará a la Aplicación Presupuestaria Miércoles, 12 de marzo de 2008 NÚMERO 50 5969 11.01.323C.770.00, Código de Superproyecto 2004.02.01.9011 “Iniciativa Joven” y Código de Proyecto 2004.02.01.0022 “Gabinete de Iniciativa Joven” de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2008.

La citada cantidad se distribuye entre los diferentes tipos de ayudas contempladas en el Decreto 16/2008, de 11 de febrero, de acuerdo con el siguiente desglose:

a) Ayudas para Asistencias Técnicas: El crédito global destinado para este concepto será de 336.093,02 euros.

b) Ayudas para Asistencias Formativas: El crédito global destinado para este concepto será de 158.534,45 euros.

c) Becas Iniciativa Joven: El crédito global destinado para este concepto será de 95.120,67 euros.

d) Microproyectos: El crédito global destinado para este concepto será de 44.389,64 euros.

Dichas cantidades podrán ser aumentadas antes de resolver sobre las ayudas, en función de nuevas disponibilidades presupuestarias.

Una vez completado el proceso de selección de beneficiarios de las distintas líneas de ayudas, el posible remanente económico que pudiera existir en cada una de ellas podrá ser destinado para cubrir aquellas líneas que lo precisaren, con la finalidad de dotar de la máxima eficacia al Decreto 16/2008, de 11 de febrero y, por ende, a la presente Convocatoria.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexos

Omitidos.

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