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PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y SUPERIOR

26/02/2008
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Resolución 19/2008, de 1 de febrero, del Director General de Formación Profesional y Universidades, por la que se convoca la celebración de las Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de grado medio y superior, para el curso académico 2008-2009, correspondientes a la Formación Profesional Específica y a las Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño (BON de 25 de febrero de 2008). Texto completo.

RESOLUCIÓN 19/2008, DE 1 DE FEBRERO, DEL DIRECTOR GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES, POR LA QUE SE CONVOCA LA CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y SUPERIOR, PARA EL CURSO ACADÉMICO 2008-2009, CORRESPONDIENTES A LA FORMACIÓN PROFESIONAL ESPECÍFICA Y A LAS ENSEÑANZAS DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO.

Preámbulo

Visto el informe favorable del Servicio de Formación Profesional para la convocatoria de la celebración de las Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, Capítulo V, Capítulo VI, Sección segunda y Capítulo VIII; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, en su Capítulo VI; el Real Decreto 1538/2006 de 15 de diciembre, el Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo y el Decreto Foral 35/1995, de 13 de febrero, por los que se establecen directrices generales sobre la estructura y organización de la Formación Profesional y de las Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño; los Decretos Forales por los que se establecen los currículos de Ciclos Formativos de grado medio y superior, tanto de Formación Profesional Específica, como de las Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño, determinan que será posible acceder a los Ciclos Formativos, sin cumplir los requisitos académicos, tras la superación de una prueba que será regulada por las administraciones educativas.

A los efectos de fijar plazos de convocatoria, inscripciones, constitución de los Tribunales y, en general, las normas sobre el desarrollo de las Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

Primero.-Convocar la celebración de las Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de grado medio y grado superior correspondientes a la Formación Profesional Específica y a las Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño, para el curso 2008/2009, según las bases que se establecen a continuación.

Aspectos generales

1. Las Pruebas se celebrarán, en convocatoria única, en las fechas siguientes:

a) Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de Grado medio: 29 de mayo de 2008.

b) Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de Grado superior:

-Parte Común: 5 de junio de 2008.

-Parte Específica: 6 de junio de 2008.

2. Para acceder a los Ciclos de Artes Plásticas y Diseño, se deberán acreditar, además, las aptitudes artísticas necesarias mediante la superación de la Prueba de Aptitud Artística, para lo que se inscribirán a la misma, según se disponga en la normativa específica que la regule.

3. La normativa que regula el procedimiento de admisión del alumnado, indica que “cada solicitante presentará una única solicitud para el conjunto de las enseñanzas, en la que hará constar, por orden de preferencia, los Centros y enseñanzas en que se solicita plaza, hasta un máximo de tres”; por tanto, aquellas personas que en el curso académico 2007-2008 estén cursando 4.º de Educación Secundaria Obligatoria o 2.º de Bachiller y cumplan los requisitos para presentarse a las Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos, deberán optar si se inscriben en la modalidad de acceso mediante prueba o en la modalidad de acceso directo.

4. Quienes superen la Prueba de Acceso optarán a la reserva de plazas, que, a tal efecto, se recoge en la normativa correspondiente al proceso de admisión de alumnos.

5. Los/as aspirantes que, habiéndose inscrito y presentado a las Pruebas de Acceso en esta convocatoria, obtengan la certificación que acredite haber superado la Prueba de Acceso a Ciclos Formativos en otra Comunidad Autónoma, podrán presentar, antes de la fecha de publicación de las Actas de Resultados Definitivos de las Pruebas de Acceso de esta convocatoria, el Certificado correspondiente en el Centro de inscripción, adjuntando al mismo la Renuncia a los derechos que se deriven de los resultados obtenidos en las mismas según el modelo indicado en el Anexo III.

Tribunales

6. Se constituirá un Tribunal Coordinador, nombrado por el Director General de Formación Profesional y Universidades, a propuesta del Director del Servicio de Formación Profesional.

7. El Tribunal Coordinador estará formado por un Presidente y siete Vocales. Actuará como Presidente un miembro del Servicio de Inspección Técnica y de Servicios del Departamento de Educación, y como Secretario un Técnico de la Sección de Planificación y Desarrollo de Centros. Los Vocales pertenecerán a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Técnicos de Formación Profesional.

8. El Tribunal Coordinador podrá solicitar la colaboración de Asesores en los casos que así lo estime conveniente.

9. Las funciones del Tribunal Coordinador serán:

a) Determinar el número de Tribunales Evaluadores y de Asesores necesarios, descritos en el punto siguiente, y proponer al Director del Servicio de Formación Profesional el nombramiento de los miembros que compongan dichos Tribunales.

b) Organizar el proceso de realización y evaluación de las Pruebas.

c) Elaborar las diferentes Pruebas y establecer los criterios de evaluación y calificación de las mismas.

d) Publicar las Actas provisionales y definitivas de admitidos, así como resolver las reclamaciones presentadas a las mismas.

e) Resolver las solicitudes de admisión a las Pruebas de Acceso presentadas fuera de plazo.

f) Resolver las solicitudes de exención de las partes de la Prueba que procedan.

g) Determinar las bonificaciones, que se aplicarán al resultado de la Prueba, correspondientes al alumnado procedente del Curso Preparatorio.

h) Resolver cuantas reclamaciones se formulen, excepto las referidas a las calificaciones de las Pruebas, que son competencia de los Tribunales Evaluadores.

i) Velar por el correcto desarrollo de las Pruebas de Acceso.

j) Completar las Actas del proceso.

k) Emitir los Certificados de los aspirantes que hayan superado la Prueba, así como los documentos acreditativos de la superación parcial o de la exención total de la Prueba.

10. Se constituirán Tribunales Evaluadores diferentes y se nombrarán Asesores para las Pruebas en el número que estime el Tribunal Coordinador y en función del número de inscritos a las mismas. Los miembros de estos Tribunales Evaluadores, así como los Asesores serán nombrados por el Director del Servicio de Formación Profesional.

a) Grado medio: cuantos se estimen necesarios en función del número de aspirantes.

b) Grado superior, para cada una de las siguientes modalidades:

-Científica-Tecnológica.

-Ciencias de la Salud.

-Ciencias Sociales.

-Artes.

11. Las funciones de los Tribunales Evaluadores serán:

a) Asistir a las Pruebas, velando por el correcto desarrollo de las mismas.

b) Comprobar la identidad de los aspirantes.

c) Corregir y calificar las Pruebas.

d) Completar y publicar las Actas de resultados de las Pruebas.

e) Resolver las reclamaciones a las calificaciones de las Pruebas.

Con relación al apartado b), si de la comprobación de la documentación pertinente surgieran dudas respecto a la identidad de algún aspirante, el Tribunal Evaluador correspondiente permitirá que dicha persona realice las Pruebas. A la finalización de las mismas, el Tribunal le requerirá para que acredite su identidad de manera indubitada mediante el procedimiento que se estime más oportuno, considerándose la Prueba no realizada en el caso de que no se produzca dicha acreditación.

12. Las funciones de los Asesores serán:

a) Asistir al acto de constitución del Tribunal Evaluador correspondiente (Asesores Correctores).

b) Vigilar y controlar el proceso de realización de las Pruebas (Asesores Cuidadores y Correctores).

c) Corregir y calificar las Pruebas (Asesores Correctores).

d) Resolver las reclamaciones presentadas a las calificaciones de las Pruebas (Asesores Correctores).

13. Tanto los miembros de los Tribunales Evaluadores como los Asesores serán Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, que presten servicio en Institutos de Educación Secundaria, Centros Integrados de Formación Profesional y Escuelas de Arte durante el curso académico 2007-2008, en la Comunidad Foral de Navarra.

14. Estos Tribunales Evaluadores estarán formados por un Presidente y tantos Vocales y Asesores como determine el Tribunal Coordinador, en función de las materias a evaluar. Actuará como Presidente una persona nombrada por el Director del Servicio de Formación Profesional, a propuesta del Tribunal Coordinador y como Secretario el Vocal de menor edad, salvo que el Tribunal Evaluador acuerde determinarlo de otra manera.

15. Los Vocales y Asesores de los Tribunales Evaluadores serán nombrados por el Director del Servicio de Formación Profesional.

16. La constitución del Tribunal Coordinador se realizará el 29 de febrero de 2008.

17. Los Tribunales Evaluadores de las Pruebas de Acceso a Ciclos de grado medio se constituirán el día 21 de mayo y los Tribunales Evaluadores de las Pruebas de Acceso a Ciclos de grado superior se constituirán el día 28 de mayo.

Inscripción y requisitos

18. Para poder inscribirse a las Pruebas de Acceso se requiere:

a) Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de grado medio:

-Tener diecisiete años como mínimo o cumplirlos en el año de realización de la Prueba.

-No estar en posesión de la titulación académica que permite el acceso a las enseñanzas de Formación Profesional.

b) Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de grado superior:

-Tener 19 años cumplidos en el año de realización de la Prueba, o 18 si se acredita estar en posesión de un título de Técnico relacionado con aquél al que se desea acceder.

-No estar en posesión de la titulación académica que permite el acceso a las enseñanzas de Formación Profesional.

19. Junto con la inscripción a la Prueba de Acceso, se realizará la inscripción al Ciclo Formativo que se desea cursar en cualquier centro de la Comunidad Foral de Navarra.

20. Las fechas de inscripción a las Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos serán las comprendidas entre los días 3 y 7 de marzo de 2008, ambos inclusive.

21. El lugar de inscripción para las Pruebas de Acceso será el Centro elegido como primera opción, detallados en el Anexo V, donde se inscribirán además al Ciclo Formativo.

22. La documentación necesaria para la inscripción será la siguiente:

-Solicitud de inscripción según modelo normalizado que figura en el Anexo IV A-B, según se trate de grado medio o superior.

-Declaración jurada detallada en el Anexo I.

-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Número de Identificación de Extranjeros, permiso de conducir o pasaporte vigentes.

Los/as aspirantes que soliciten la exención de la parte específica de la Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de grado superior, deberán adjuntar además la documentación referida en las bases 33 y 34 de esta Resolución.

Los/as aspirantes que hubiesen realizado el Curso Preparatorio en años académicos anteriores al 2007-2008, acompañarán a la solicitud, además de la documentación requerida, fotocopia compulsada de la Certificación Académica personal en la que consten las calificaciones de las materias comunes, de modalidad y optativa respectivamente, del mencionado curso, a fin de aplicar los criterios de bonificación.

Los/as aspirantes que estén realizando el Curso Preparatorio en el curso escolar 2007-2008 en un Centro de la Comunidad Foral de Navarra y soliciten la exención de algún apartado o parte de la Prueba, deberán presentar junto con la solicitud, fotocopia compulsada del Título de Técnico, además de la documentación correspondiente, siendo el Centro el que envíe la Certificación Académica personal, tal como se refleja en la base 26 de esta Resolución.

Las personas que requieran alguna adaptación para la realización de la prueba por tener reconocida una minusvalía, deberán indicarlo en el formulario de inscripción y aportar la documentación acreditativa.

23. Aquellas personas que, por causas justificadas, no hubieran podido inscribirse en el plazo previsto, podrán solicitar la inscripción en las Pruebas mediante instancia dirigida al Presidente del Tribunal Coordinador de las Pruebas de Acceso a Ciclos indicando las causas que la motivaron. Dicha instancia se presentará en el Registro General del Departamento de Educación, Calle Santo Domingo, 8, en los Centros educativos, o en cualquiera de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Estas solicitudes extraordinarias no se admitirán en fecha posterior al 18 de marzo de 2008.

24. Las Actas provisionales de admitidos se publicarán el día 28 de marzo de 2008 y las Actas Definitivas de admitidos se publicarán el día 10 de abril de 2008 en los Centros de inscripción y en la página web del Departamento de Educación http://www.pnte.cfnavarra.es.

25. Se podrán presentar reclamaciones a las Actas provisionales de admitidos hasta el 3 de abril, en el Registro del Departamento de Educación, mediante instancia dirigida al Presidente del Tribunal Coordinador, acompañada del documento de Reclamación detallado en el Anexo II.

26. Los Centros receptores de las inscripciones enviarán al Servicio de Formación Profesional, antes del 13 de marzo de 2008, la relación de inscritos en las Pruebas de Acceso a grado medio y superior, junto con la base de datos, la documentación completa de las personas que soliciten la exención de alguna de las partes de la Prueba de Acceso, así como la documentación aportada por los aspirantes que realizaron el Curso Preparatorio en años anteriores.

27. Los Centros que imparten el Curso Preparatorio de las Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de grado superior remitirán al Servicio de Formación Profesional, antes del 2 de junio, las Actas con las calificaciones obtenidas conforme al punto 26 de la Resolución 806/2007, de 2 de agosto, del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales.

Lugar y fechas de realización de las pruebas

28. Los/as aspirantes inscritos en las Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de grado medio y de grado superior de Formación Profesional Específica y de Artes Plásticas y Diseño realizarán las mismas en los Centros indicados en el Anexo V.

29. Los/as aspirantes deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad, Número de Identificación de Extranjeros, pasaporte o permiso de conducir, vigentes en el momento de la realización de la Prueba. El material necesario para realizar los ejercicios de la Prueba se hará público en los Centros de inscripción dos días antes de la realización de la Prueba.

30. El Tribunal Coordinador procederá a la entrega de los sobres que contienen los ejercicios de cada una de las partes de la Prueba a los Presidentes de los Tribunales Evaluadores media hora antes del llamamiento. Asimismo, los Tribunales Evaluadores adoptarán las medidas oportunas que garanticen la organización y desarrollo de las mismas, de acuerdo con la disponibilidad de recursos del Centro, y respetando el siguiente orden y horario:

a) Ciclos Formativos de grado medio, día 29 de mayo de 2008.

-A las 15:30 horas: llamamiento y comprobación de la documentación de los/as aspirantes.

-A las 16:00 horas: ejercicio del área Sociolingüística; duración: 2 horas.

-A las 18:15 horas: ejercicio del área Matemática; duración: 1 hora.

-A las 19:20 horas: ejercicio del área Científico- Tecnológica; duración: 1 hora.

b) Ciclos Formativos grado superior, días 5 y 6 de junio de 2008.

Día 5 de junio:

-A las 15:30 horas: llamamiento y comprobación de la documentación de los/as aspirantes para la realización de los ejercicios de la Parte Común.

-A las 16:00 horas: ejercicio de Lengua; duración: 1 hora.

-A las 17:10 horas: ejercicio de Matemáticas o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales o Historia del Arte; duración 1 hora.

-A las 18:20 horas: ejercicio de Lengua Extranjera; duración 1 hora.

-A las 19:30 horas: ejercicio de Historia; duración 1 hora.

Día 6 de junio:

-A las 15:30 horas: llamamiento y comprobación de la documentación de los/as aspirantes para la realización de los ejercicios de la Parte Específica.

-A las 16:00 horas: ejercicio de las materias de competencia científica; duración: 1 hora y quince minutos.

-A las 17:25 horas: ejercicio de las materias de competencia profesional; duración: 1 hora y quince minutos.

Contenido, estructura y calificación de las pruebas

31. Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de grado medio.

Será una prueba común para todos los/as aspirantes, cuyo contenido se adecuará a los objetivos generales de la Educación Secundaria Obligatoria, debiendo medir la madurez del aspirante para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas.

La prueba se organiza en tres áreas:

-Sociolingüística: Lengua y Ciencias Sociales, Geografía e Historia. Cada materia se calificará sobre 10, siendo la nota del área el resultado de calcular la media aritmética de ambas materias.

-Matemática: Matemáticas. Se calificará sobre 10.

-Científico-Tecnológica: Ciencias de la Naturaleza y Tecnología. Se calificará sobre 10. El Tribunal propondrá 7 cuestiones de cada una de las materias, debiendo el/la aspirante responder solamente a 10 de las 14 cuestiones planteadas.

La calificación final de la Prueba se expresará de 0 a 10, con dos decimales y se obtendrá realizando la nota media de las tres áreas. Se considerará que la Prueba se ha superado cuando se obtenga una calificación de 5 o más puntos.

Los contenidos, características y criterios de evaluación de la Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de grado medio se indican en el Anexo VII.

32. Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de grado superior.

Su contenido estará relacionado, por una parte, con la madurez del aspirante en relación con los objetivos del Bachillerato y, por otra, con las capacidades referentes al campo profesional de que se trate.

La Prueba se compone de dos partes:

a) Parte Común, con las materias:

-Lengua

-Matemáticas o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales o Historia del Arte.

-Lengua extranjera.

-Historia.

Los/as aspirantes inscritos en las modalidades de Ciencias Sociales y Ciencias de la Salud realizarán el ejercicio de Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales y los/as inscritos en la modalidad Científico Tecnológica realizarán el ejercicio de Matemáticas.

Los/as aspirantes, en el momento de la inscripción, deberán optar entre realizar el ejercicio de Lengua Extranjera en Inglés o en Francés.

Los/as aspirantes de la modalidad de Artes realizarán los ejercicios de las materias de Lengua, Historia del Arte y Lengua Extranjera (Inglés o Francés).

Los/as aspirantes que hayan realizado el Curso Preparatorio en Centros de la Comunidad Foral de Navarra y tengan aprobadas las materias de Historia y Lengua Extranjera podrán realizar el ejercicio de Historia o el de Lengua extranjera. El resto de aspirantes deberán realizar los ejercicios de las cuatro materias de la parte común.

b) Parte Específica.

Se organiza en materias de competencia científica y materias de competencia profesional diferenciadas para cada una de las modalidades de Prueba que se detallan a continuación:

Modalidad Científico-Tecnológica:

-Materias de competencia científica: Física y Química y Dibujo Técnico.

-Materias de competencia profesional: Tecnología Industrial e Informática.

Modalidad Ciencias de la Salud:

-Materias de competencia científica: Biología y Química y Física.

-Materias de competencia profesional: Fundamentos Sanitarios y Asistenciales y Ciencias de la Tierra y Medioambientales.

Modalidad Ciencias Sociales:

-Materias de competencia científica: Economía y Organización de Empresas y Aplicaciones Informáticas.

-Materias de competencia profesional: Fundamentos de Administración y Gestión y Técnicas de Expresión y Comunicación.

Modalidad Artes:

-Materias de competencia científica: Dibujo Artístico I y Volumen.

-Materias de competencia profesional: Fundamentos de Diseño y Dibujo Técnico.

La organización, contenidos y estructura de ambas partes, así como su relación con las distintas Familias Profesionales a las que da acceso, queda recogida en el Anexo VIII.

La valoración de los resultados de la Prueba de Acceso se realizará del siguiente modo:

-La calificación de la parte común será la media aritmética de la nota obtenida en los ejercicios de las cuatro materias, excepto los aspirantes de la modalidad de Artes y los aspirantes del curso preparatorio referidos en la base 32 de esta Resolución que será la media aritmética de la nota obtenida en los ejercicios de las tres materias realizados.

-La calificación de la parte específica será la media aritmética de la nota obtenida en los ejercicios de las materias de competencia científica y de competencia profesional.

-La nota final de la Prueba se calculará siempre que se obtenga, al menos, una puntuación de 4 en cada una de las partes y será la media aritmética de éstas, expresada con dos decimales.

-El cálculo de la nota final de la Prueba de Acceso, para las personas que hayan realizado el Curso Preparatorio, se realizará añadiendo a la media aritmética referida en el párrafo anterior la puntuación resultante de multiplicar por el coeficiente 0,15 la calificación obtenida en dicho Curso.

En el caso de las personas que hayan sido declaradas exentas de realizar la Parte Específica en su totalidad, la calificación final será la obtenida en la Parte Común.

En el caso de las personas que hayan sido declaradas exentas de realizar el ejercicio de las materias de competencia profesional, la calificación de la parte específica será la obtenida en el ejercicio de las materias de competencia científica.

Se considerará que la Prueba se ha superado cuando se obtenga una calificación de 5 o más puntos.

Exenciones

33. Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de grado medio.

Podrán solicitar la exención total de la Prueba:

-Quienes tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

-Quienes tengan superada la Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de grado superior en cualquier modalidad.

La solicitud de exención se hará constar en el formulario de inscripción a la Prueba de Acceso según modelo del Anexo IV-A, siendo obligatoria la inscripción al Ciclo Formativo, adjuntando fotocopia del DNI, NIE, pasaporte o permiso de conducir y fotocopia compulsada del documento acreditativo de tener superada las Pruebas antes citadas.

34. Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de grado superior.

a) Podrán solicitar la exención total de la Prueba quienes tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

La solicitud de exención se hará constar en el formulario de inscripción a la Prueba de Acceso según modelo del Anexo IV-B, siendo obligatoria la inscripción al Ciclo Formativo, adjuntando fotocopia del DNI, NIE, pasaporte o permiso de conducir y fotocopia compulsada del documento acreditativo de tener superada la Prueba antes citada.

b) Quedarán exentos de realizar el ejercicio de las materias de competencia científica los/as aspirantes que hayan realizado el Curso Preparatorio en la Comunidad Foral de Navarra y acrediten haber aprobado todas las materias de modalidad del Curso Preparatorio afines a la modalidad de Prueba en la que se inscriban.

c) Quedarán exentos de realizar el ejercicio de las materias de competencia profesional:

-Los/as aspirantes que hayan superado un Ciclo Formativo de grado medio relacionado con el campo profesional del Ciclo Formativo que se desea cursar, para lo que aportarán fotocopia compulsada del título o documento acreditativo.

-Los/as aspirantes que estén en posesión de un Certificado de Profesionalidad de nivel 2 relacionado con el campo profesional del Ciclo Formativo que se desea cursar, para lo que aportarán fotocopia compulsada del documento acreditativo.

-Los/as aspirantes que acrediten experiencia laboral de al menos un año con jornada completa en el campo profesional al que pertenezca el Ciclo que se desea cursar, aportando, de manera acumulativa, los siguientes documentos:

-Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación o, en todo caso, el periodo de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

-Certificación de la empresa donde haya adquirido experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, certificación de alta en el censo de obligados tributarios.

35. La solicitud de exención deberá formularse en el momento de la inscripción a la Prueba según se indica en el Anexo IV-B.

36. Las solicitudes de exención serán resueltas por el Tribunal Coordinador, y su resultado se reflejará en Acta que se publicará en los Centros de inscripción con anterioridad a la realización de la Prueba.

37. En el caso de que, a juicio del Tribunal Coordinador, la documentación aportada no sea suficiente para constatar de forma fehaciente la experiencia del aspirante, el Tribunal podrá establecer un procedimiento complementario de valoración de la experiencia aportada. Dicho procedimiento podrá ser una entrevista personal o una ampliación de la documentación presentada.

Resultados de las pruebas y reclamaciones

Los resultados se publicarán en los Centros de inscripción, Centros de realización de la Prueba y en la página web del Departamento de Educación http://www.pnte.cfnavarra.es, en las fechas que se indican a continuación.

38. Los resultados provisionales de las Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de grado medio se harán públicos el día 11 de junio de 2008.

Los resultados definitivos, tras el periodo de reclamaciones, que finalizará el 13 de junio, se harán públicos el día 17 de junio de 2008.

39. Los resultados provisionales de las Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de grado superior se harán públicos el día 13 de junio de 2008. Los resultados definitivos, tras el periodo de reclamaciones que finalizará el 17 de junio, se harán públicos el 19 de junio de 2008.

40. Las reclamaciones se presentarán, mediante escrito dirigido al Presidente del Tribunal Coordinador, en el Registro General del Departamento de Educación, Calle Santo Domingo, 8, según modelo que figura en el Anexo II.

Terminado el plazo de presentación de reclamaciones, los Tribunales Evaluadores correspondientes se reunirán para su examen y resolución.

41. La exposición de las Actas Definitivas de resultados constituye el procedimiento de comunicación de la resolución adoptada por los Tribunales Evaluadores y el Tribunal Coordinador de las Pruebas respecto a las reclamaciones presentadas contra las resoluciones y los actos emanados de los mismos.

Acreditación

42. La superación de la Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de grado medio tiene validez en todo el territorio nacional para cursar cualquier Ciclo Formativo de grado medio.

43. La superación de la Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de grado superior tiene validez en todo el territorio nacional para cursar los Ciclos Formativos de las Familias Profesionales relacionadas con la modalidad de Prueba realizada según se indica en el Anexo VI.

44. En los Certificados se hará constar la calificación de la Prueba de Acceso a Ciclos Formativos expresada de forma numérica con precisión de dos decimales, así como las Familias Profesionales a las que da acceso en los Certificados de grado superior.

Cuando no se supere la Prueba completa, la superación del área o parte aprobada se mantendrá para la convocatoria siguiente en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, para lo que los interesados deberán solicitar el documento acreditativo correspondiente al Tribunal Coordinador de las mismas, que se expedirá conforme al modelo del Anexo XII.

45. Para quienes tengan superada una prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, y resulten exentos de realizar la Prueba de Acceso a Ciclos Formativos en su totalidad, se expedirá el correspondiente Certificado que deberán retirar en el Servicio de Formación Profesional en las dependencias del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, Calle Santo Domingo, 8 de Pamplona.

Recursos

46. Contra los actos y resoluciones emanados de los Tribunales Evaluadores y del Tribunal Coordinador podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Director General de Formación Profesional y Universidades, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de las Actas Definitivas de Resultados.

47. Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen de los Tribunales Evaluadores o del Tribunal Coordinador, podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Segundo.-Ordenar la publicación de esta Resolución y sus Anexos en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Tercero.-Trasladar la presente Resolución y sus Anexos a la Dirección General de Formación Profesional y Universidades, a los Servicios de Formación Profesional, de Inspección Técnica y de Servicios, a la Sección de Planificación y Desarrollo de Centros, al Negociado de Ordenación de la Formación Profesional, al Negociado de Información y Asesoramiento de Alumnos y Padres de Alumnos, al Negociado de Información y Documentación, y a los Centros Educativos que imparten Ciclos Formativos.

ANEXOS

Omitidos.

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