DECRETO 16/2008, DE 8 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 160/2007, DE 6 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES.
A f in de incluir la subdirección general correspondiente, que asuma las competencias y funciones de la Subdirección General de Cultura, dispuesta en el Decreto n.º 81/2005, de 8 de julio (B.O.R.M., de 19 de julio), por el que se establece la estructura orgánica de la extinta Consejería de Educación y Cultura, se hace preciso modificar el Decreto n.º 160/2007, de 6 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Cultura, Juventud y Deportes, publicado en el B.O.R.M. número 156, de fecha 9 de julio, en el sentido de incluir en la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, por razón de las competencias que ejerce, la Subdirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales.
En su virtud, a iniciativa del Consejero de Cultura, Juventud y Deportes, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por delegación del Presidente, a tenor de lo dispuesto en los artículos 22.16 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno, y 14.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en sesión de 8 de febrero de 2008, Dispongo:
Artículo Único.
Se modifica el apartado 1 del Artículo Segundo del Decreto n.º 160/2007, de 6 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Cultura, Juventud y Deportes, que queda redactado de la forma siguiente:
Para el desarrollo de las competencias que le corresponden, la Consejería de Cultura, Juventud y Deportes, bajo la superior autoridad de su titular, se estructura en los siguientes Órganos Directivos:
- Secretaría General.
- Vicesecretaría.
- Secretaría Autonómica de Cultura.
- Dirección General de Promoción Cultural.
- Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales.
- Subdirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales.
- Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas.
- Dirección General de Deportes.
Disposición Final.
- El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.