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  • EDICIÓN DE 13/02/2008
 
 

OFICINA CONSULAR HONORARIA DE ESPAÑA EN BANGALORE

13/02/2008
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Orden AEC/307/2008, de 7 de febrero, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Bangalore (capital del Estado de Karnataka, India) (BOE de 13 de febrero de 2008). Texto completo.

ORDEN AEC/307/2008, DE 7 DE FEBRERO, POR LA QUE SE CREA UNA OFICINA CONSULAR HONORARIA DE ESPAÑA EN BANGALORE (CAPITAL DEL ESTADO DE KARNATAKA, INDIA).

La ciudad de Bangalore es la capital del Estado de Karnataka, ubicado en el sur del país, siendo una de las principales ciudades de la India ya que tiene un papel determinante en la nueva economía india, al haberse constituido en el principal polo informático y tecnológico del país y en uno de los más avanzados del mundo en estos ámbitos, está jugando un papel determinante como centro de creación de software y como sede de numerosas empresas de outsourcing. Todo ello hace que las empresas españolas mantengan contactos con empresas indias establecidas en Bangalore y que se hayan multiplicado los viajes de españoles a esa ciudad y de trabajadores y empresarios procedentes de Karnataka a España, a la vez que ha aumentado el número de españoles residentes en esa zona. Ello hace aconsejable que España pueda contar con un Consulado Honorario que apoye todos estos intercambios y que canalice los problemas que puedan tener los españoles que se desplacen a esa ciudad, ya sea por negocios, turismo o en tránsito hacia regiones vecinas.

Con este objetivo, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Nueva Delhi y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares y de la Dirección General de Política Exterior para Asia y Pacífico, he tenido a bien disponer:

Primero.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en Bangalore (Estado de Karnataka, India), con categoría de Consulado Honorario, con jurisdicción en el Estado de Karnataka y dependiente del Consulado General de España en Mumbai.

Segundo.-El Jefe de esta Oficina Consular Honoraria tendrá, de conformidad con el Artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.

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