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  • EDICIÓN DE 12/02/2008
 
 

SUBVENCIONES PARA FOMENTAR LA PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA

12/02/2008
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Resolución MAH/283/2008, de 22 de enero, por la que se convocan subvenciones para fomentar la protección de los animales de compañía para el año 2008 (código de la convocatoria 04.04.08) (DOGC de 11 de febrero de 2008). Texto completo.

RESOLUCIÓN MAH/283/2008, DE 22 DE ENERO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA FOMENTAR LA PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA PARA EL AÑO 2008 (CÓDIGO DE LA CONVOCATORIA 04.04.08).

Vista la Orden MAH/202/2007, de 8 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para fomentar la protección de los animales de compañía y se abre la convocatoria para el año 2007 (DOGC núm. 4908, de 20.6.2007);

De acuerdo con los artículos 92.4 y 93.a) del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre,

Resuelvo:

.1 Convocar las subvenciones destinadas a fomentar la protección de los animales para el año 2008.

.2 Las subvenciones previstas en esta convocatoria se rigen por las bases reguladoras aprobadas por la Orden MAH/202/2007, de 8 de junio, publicada en el DOGC núm. 4908, de 20.6.2007.

.3 La dotación máxima de las subvenciones de la presente convocatoria es de 400.000 euros, 267.000 euros, que se financian con cargo a la partida MA04D/482000100/5510, 13.000 euros, que se financian con cargo a la partida MA04D/481000100/5510, 116.000 euros, que se financian con cargo a la partida MA04D/782000100/5510 y 4.000 euros que se financian con cargo a la partida MA04D/781000100/5510 del presupuesto vigente de la Generalidad de Cataluña para el año 2008.

La dotación máxima indicada en el párrafo anterior puede ser modificada con sujeción a la normativa vigente.

.4 El plazo de presentación de solicitudes es de un mes desde la publicación de la presente Orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

.5 Las solicitudes se deben presentar en modelo normalizado, acompañadas de la documentación prevista en la base 6.1 de la Orden MAH/202/2007, de 8 de junio, publicada en el DOGC núm. 4908, de 20.6.2007, en cualquiera de las dependencias que constan en el anexo de esta Resolución, o por los medios que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El modelo normalizado de solicitud se puede obtener en las dependencias que constan en el anexo de esta Resolución o, a través de Internet, en la dirección electrónica, en la web del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda:

http://mediambient.gencat.net/cat/el_departament/actuacions_i_serveis/ajuts/natura/inici.jsp.

.6 Las solicitudes se tramitan, resuelven y notifican de acuerdo con lo que prevén las bases indicadas en el punto 2 de la presente Resolución, en las cuales también se prevé el régimen de recursos aplicable.

La tramitación del procedimiento de concesión de las subvenciones corresponde a la Dirección General del Medio Natural. El jefe del Servicio de Protección de la Fauna, la Flora y Animales de Compañía presenta al director general del Medio Natural la propuesta de resolución elaborada por el órgano colegiado a quien corresponde la valoración de las solicitudes, integrado por el subdirector general de Bosques y Gestión de la Biodiversidad, el jefe del Servicio de Protección de la Fauna, la Flora y los Animales de Compañía y el jefe de Sección de Protección y Fomento de los Animales de Compañía.

.7 Se fija como plazo máximo de justificación para las actuaciones subvencionables el día 15 de octubre de 2008.

.8 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar de su publicación al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y, de forma potestativa, recurso de reposición ante el consejero de Medio Ambiente y Vivienda en el plazo de un mes.

Anexo

Dependencias donde se pueden presentar las solicitudes de subvenciones y obtener los modelos normalizados

Dirección General del Medio Natural (Doctor Roux, 80, 08017 Barcelona).

Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Barcelona (Travessera de Gràcia, 56, 08029 Barcelona).

Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Girona (calle Ultònia, 10-12, 17002 Girona).

Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Lleida (Ronda de Sant Martí, 2-6, 25006 Lleida).

Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Tarragona (calle Cardenal Vidal i Barraquer, 12-14, 43005 Tarragona).

Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Les Terres de l'Ebre (calle Burgos, 17, bajos, 43870 Amposta).

Registro de los servicios centrales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (av. Diagonal, 523-525, 08029 Barcelona).

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