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  • EDICIÓN DE 07/02/2008
 
 

MÍNIMO DE PERCEPCIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS REGULARES PERMANENTES DE VIAJEROS POR CARRETERA

07/02/2008
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Resolución 14/2008, de 18 de enero, de la Directora General de Transportes, por la que se actualiza el mínimo de percepción de los servicios públicos regulares permanentes de viajeros por carretera (BON de 6 de febrero de 2008). Texto completo.

RESOLUCIÓN 14/2008, DE 18 DE ENERO, DE LA DIRECTORA GENERAL DE TRANSPORTES, POR LA QUE SE ACTUALIZA EL MÍNIMO DE PERCEPCIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS REGULARES PERMANENTES DE VIAJEROS POR CARRETERA.

Preámbulo

Por Resolución 144/2006, de 30 de junio, fue aprobada la actualización del mínimo de percepción de los servicios públicos regulares permanentes de uso general de viajeros por carretera, fijándose en 1,00 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido y se incrementó la tarifa un 2,2 por ciento con efecto desde el 1 de julio de 2006.

El artículo 19 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, según modificación introducida por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, ha fijado la revisión automática de tarifas en función del Índice de Precios al Consumo y de productividad de las líneas regulares.

Corresponde a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la fijación del mínimo de percepción para las concesiones de su competencia.

Visto el informe del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes en el que se considera que dado el incremento de precios producido en Navarra desde la fecha de actualización del mínimo de percepción hasta la fecha, se estima que procede actualizar el mínimo de percepción, y con el fin de armonizar este al aplicado en otras Comunidades Autónomas del entorno, fijándolo en 1,05 euros.

Cumplido el trámite de audiencia a las asociaciones de consumidores y usuarios, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 22.2.d) de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

En su virtud, y en ejercicio de las competencias delegadas por Orden Foral 230/2005, de 1 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, resuelvo:

1.º Fijar el mínimo de percepción de los servicios públicos regulares permanentes de uso general de transporte de viajeros por carretera en 1,05 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido.

2.º Indicar que para la aplicación de las nuevas tarifas las empresas concesionarias solicitarán del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes el visado de los nuevos cuadros de precios.

3.º Señalar que los cuadros de tarifas, debidamente visados, deberán ser expuestos al público en los lugares de venta de billetes.

4.º Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y proceder a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

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