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REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA SALA DE EXPOSICIONES DE LA “MURALLA”

07/02/2008
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Orden de 17 de enero de 2007, del Departamento de Presidencia, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento de la sala de exposiciones de la “Muralla”, ubicada en el edificio de la Delegación Territorial del Gobierno de Aragón en Teruel (BOA de 6 de febrero de 2008). Texto completo.

ORDEN DE 17 DE ENERO DE 2007, DEL DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, POR LA QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA SALA DE EXPOSICIONES DE LA “MURALLA”, UBICADA EN EL EDIFICIO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DEL GOBIERNO DE ARAGÓN EN TERUEL.

Preámbulo

El Edificio donde se ubica la Delegación Territorial del Gobierno de Aragón en Teruel, sita en la c/ San Francisco n.º 1, además de los espacios administrativos que le son inherentes y de otros espacios que son susceptibles de ser utilizados por parte de las asociaciones, entidades o particulares que así lo soliciten, para la realización de actividades con fines de carácter cultural o para otro tipo de usos que estén permitidos por la Ley, cuenta con una Sala de Exposiciones.

Con el fin de conseguir una mayor racionalización en su uso, es procedente acometer la regulación de las condiciones de utilización del mencionado espacio, que está bajo la dirección de la Delegación Territorial, a la que según la Instrucción de 9 de febrero de 2005, de la Dirección General de Organización, Inspección y Servicios del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se dictan normas de funcionamiento y uso del Edificio Sede de la Delegación Territorial del Gobierno de Aragón en Teruel, corresponde la gestión centralizada de las dependencias de la Delegación Territorial. Y entre ellas, la de su Sala de Exposiciones

Por ello, de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas, resuelvo:

Artículo Único.-Aprobar el Reglamento de Funcionamiento de la Sala de Exposiciones de La Muralla, ubicada en el Edificio de la Delegación Territorial del Gobierno de Aragón en Teruel que figura como Anexo I de la presente Orden.

Disposición final.-El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

ANEXO I: REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA SALA DE EXPOSICIONES DE “LA MURALLA”, UBICADA EN EL EDIFICIO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DEL GOBIERNO DE ARAGÓN EN TERUEL, SITA EN LA C/ SAN FRANCISCO N.º 1, DE TERUEL

Primero.-Objeto:

El presente Reglamento tiene por objeto la regulación de la utilización y funcionamiento de las instalaciones susceptibles de uso público de la Sala de Exposiciones de la Muralla de la Delegación Territorial del Gobierno de Aragón en Teruel.

Segundo.-Definición del espacio y elementos:

El espacio del edificio de la Delegación Territorial de Teruel que se va a destinar a los usos regulados en el presente Reglamento, es el siguiente:

Sala de Exposiciones situada en la planta -4 del edificio; tiene una superficie de 218,89 m2, dividida en dos espacios que se conectan por el arco existente en el lienzo de la muralla; el primero de los espacios tiene una superficie útil de 39,17 m2 y de 89,68 m2, el segundo; el suelo es de piedra de Colmenar y piedra de Calatorao; los muros del convento y el antemural son de piedra y argamasa; el resto de las paredes son de aplacado de piedra de Calatorao y paneles DM pintados; la altura de los espacios es de 4,93 m., la del primero y de 3,12 m. la del segundo; tiene un único acceso a través del hall del edificio, al que se puede llegar desde la escalera principal o bien desde las puertas del edificio que dan frente al Jardín de los Botánicos; cuenta con climatización, iluminación, megafonía para avisos de emergencias y música ambiente; además dispone de las correspondientes cámaras de seguridad que se conectan con el Centro de Control del edificio.

La Sala de Exposiciones esta dotada de paneles de exposición construidos con paneles DM pintados; en el primer espacio, existen dos paneles de 2,88 x 1,86 m. y de 2,28 x 86 m.; y el segundo espacio dispone de un panel de 3,07 x 1,86 m y de otro panel corrido de 14,97 x 2,44 m. en la pared lateral y de 4,10 x 2,44 m., en la pared del fondo; Además la sala dispone de conexión a la red R.A.C.I. del Gobierno de Aragón.

Tercero.-Finalidad del espacio:

Los espacios señalados, pueden destinarse a los fines siguientes:

1.-Ofertar a las asociaciones y entidades sociales sin ánimo de lucro que lo soliciten, los espacios y medios citados para el desarrollo de sus actividades, siempre que las mismas estén permitidas por la legislación vigente.

2.-Ofertar al resto de entidades, instituciones y personas físicas o jurídicas que lo soliciten, los espacios y medios citados para el desarrollo de sus actividades, siempre que las mismas estén permitidas por la legislación vigente.

3.-Servir de sede para la realización de exposiciones artísticas, siempre que su contenido no sea contrario a la legislación vigente.

Cuarto.-Entidades sociales y asociaciones sin ánimo de lucro:

Las Entidades sociales y Asociaciones sin ánimo de lucro, previstas en el artículo 3.1, podrán solicitar para sus actividades culturales o sociales el uso gratuito de las instalaciones mencionadas en el artículo primero, abonando únicamente los gastos suplementarios previstos en los apartados 1, 4, 5 y 7 del artículo 9 de este Reglamento, y aquellos que puedan derivarse del mero uso y disfrute de los locales, en los términos y condiciones que se determinan en el apartado 4 del artículo 10, en el apartado 2 del artículo 13 y en el artículo 14 del referido Reglamento.

Quinto.-Otros usuarios:

Las demás asociaciones, entidades, instituciones, personas físicas o jurídicas previstas en el artículo 3.2 y 3.3, podrán solicitar también el uso gratuito de las instalaciones, abonando igualmente, los gastos suplementarios previstos en los apartados 1, 4, 5 y 7 del artículo 9 de este Reglamento, y aquellos que puedan derivarse del mero uso y disfrute de los locales, en los términos y condiciones que se determinan en el apartado 4 del artículo 10, en el apartado 2 del artículo 13 y en el artículo 14 del referido Reglamento.

Sexto.-Reserva de uso preferente:

El Delegado Territorial, como responsable de los locales y espacios culturales del edificio, se reservará con carácter preferente el uso de las instalaciones para aquellas actividades que promueva o convoque directamente el Gobierno de Aragón.

Séptimo.-Características del uso:

El uso de las instalaciones será siempre temporal con una duración máxima de quince días consecutivos. Excepcionalmente, previa solicitud razonada, podrá concederse el uso de las instalaciones por un periodo mayor para la realización de actividades especiales que por sus características exijan un mayor plazo de tiempo.

Octavo.-Condiciones generales de uso:

Las condiciones generales de utilización de los espacios son:

a) El desarrollo de las actividades se efectuará siempre dentro del horario establecido, que será en todo caso, de 17 a 21 horas, de lunes a viernes. Excepcionalmente, y en atención a la naturaleza, características o importancia de la actividad, el Delegado Territorial podrá autorizar la utilización de la instalación, fuera de ese horario y en sábados, domingos y días festivos.

b) El tiempo de uso y permanencia de las instalaciones ofertadas para la realización de la actividad será el autorizado por el Delegado Territorial, resultado de la solicitud de uso o en la programación adjuntada a la misma.

c) La utilización de los equipos y materiales de estos espacios se realizará siempre siguiendo las instrucciones de la Unidad de Mantenimiento de la Delegación Territorial, asumiendo en todo caso la entidad o personas usuarias de los citados medios la responsabilidad por los daños producidos en los mismos por su uso inadecuado.

Noveno.-Normas generales:

1.-Agujeros y fijaciones.

Por las características de la sala solo estará permitido la realización de agujeros y colocación de fijaciones en los paneles que se describen en el art. 2 del presente Reglamento, y siempre bajo la supervisión de la Unidad de Mantenimiento del edificio; una vez finalizada la actividad, los usuarios de la misma deberán reponerla a su estado original; en cualquier caso, la comunicación para la realización de dichos trabajos se incluirá en el impreso normalizado de solicitud de trabajos, que se acompaña al presente Reglamento.

2.-Prohibición de fumar.

Por tratarse de un edificio administrativo del Gobierno de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 28/2005, de 26 de septiembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y reguladora de la venta, suministro, consumo y publicidad de los productos del tabaco, y en el Decreto 182/2006, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las características de la señalización donde figuran las prohibiciones y limitaciones a la venta y consumo del tabaco, esta prohibido fumar en dicho espacio.

3.-Apertura y cierre de la sala.

La apertura y cierre de la de la Sala de exposiciones será realizada por el Servicio de Seguridad del edificio (Tfno: 978-641444); dicho Servicio de Seguridad se halla ubicado en la Sala de Control, planta baja del edificio; la entrada y salida de material, así como de personal para montaje, desmontaje, portes, etc, deberá ser comunicada en el impreso normalizado de solicitud de trabajos, que se acompaña al presente Reglamento, al objeto de que sea conocida con antelación suficiente por el Servicio de Seguridad del edificio, para su posterior autorización por la Unidad de Mantenimiento de la Delegación Territorial, (Tfno: 978-641039)

El acceso a la Sala se realizara siempre a través del hall de la planta -4 del edificio

4.-Electricidad, iluminación y climatización.

Las instalaciones de electricidad, iluminación y climatización de la Sala de Exposiciones están mandadas desde el sistema de gestión centralizada del edificio. Las operaciones de puesta en servicio, apagado y regulación son realizadas por el personal de mantenimiento, que se puede localizar en la Sala de Control del Edificio (Tfno: 978-641444); el Horario del personal de mantenimiento en dicho edificio es de lunes a viernes, de 8 de la mañana a 21 horas de la tarde ininterrumpido

Si se prevé el uso con publico de dicha sala fuera de esos horarios, será necesario comunicarlo a la Unidad de Mantenimiento del edificio, para poder organizar la ampliación de los turnos de servicio. Esta ampliación de turnos tiene actualmente un coste de 29,13 euros por hora (IVA incluido), que deberán ser abonados por el usuario; el referido coste podrá variar con la actualización del I.P.C. o en su caso, con la renovación del contrato de mantenimiento vigente.

La comunicación a la Unidad de Mantenimiento del edificio se efectuará con el impreso normalizado de solicitud de trabajos, que se acompaña al presente Reglamento. La firma y remisión de este impreso implica la aceptación del solicitante para que sean facturados al mismo, o en su caso, a los respectivos Departamentos u organismos asimilados, (en el caso de que sean solicitados por ellos) los costes correspondientes.

5.-Seguridad.

Los Servicios de seguridad/Azafatas de la Sala de Exposiciones para el público tienen horario de lunes a viernes, de 17 a 21 de la noche ininterrumpido; el abono de dichos servicios serán de cuenta de los usuarios de la instalación.

Si se prevé excepcionalmente el uso de la sala fuera de estos horarios, (sábados, domingos y festivos), será necesario comunicarlo en el impreso normalizado de solicitud de trabajos, que se acompaña al presente Reglamento, al objeto de que se pueda organizar la ampliación de turnos de servicio. Estas ampliaciones de horarios también correrán con carácter general, de cuenta de los usuarios del servicio; así mismo la Sala Exposiciones cuenta con cámaras de seguridad conectadas al Cuarto de Control de Seguridad del edificio.

6.-Megafonía.

La sala de exposiciones dispone de megafonía conectada al cuarto de control, al igual que el resto del edificio; este sistema permite recibir los avisos y alarmas en caso de emergencia y al mismo tiempo se puede configurar como zona independiente para disponer de música ambiente en la sala; para hacer uso de esta instalación los usuarios deberán solicitarlo previamente a la Unidad de Mantenimiento del edificio, con el impreso normalizado de solicitud de trabajos.

7.-Limpieza.

La Sala será entregada a los usuarios vacía y en perfectas condiciones de limpieza y ornato; la limpieza diaria ordinaria de la sala será realizada por el Servicio de Limpieza del edificio.

En todo caso la limpieza extraordinaria que exceda de lo anteriormente señalado y la que se origine como consecuencia del montaje y desmontaje de la actividad realizada, correrá de cuenta de los usuarios de la sala; para hacer uso de este servicio, los usuarios deberán solicitarlo previamente a la Unidad de Mantenimiento del edificio, con el impreso normalizado de solicitud de trabajos.

Décimo.-Solicitudes:

1.-Modelos.

Las entidades, asociaciones, personas físicas o jurídicas que se relacionan en los artículos 4 y 5 que deseen utilizar la Sala de Exposiciones, deberán cumplimentar una hoja de solicitud según modelo establecido al efecto, y esta irá dirigida al Delegado Territorial, como órgano responsable de la recepción y resolución de la misma.

2.-Presentación.

La solicitud de utilización de la Sala de Exposiciones, deberá presentarse con una antelación máxima de tres meses y mínima de un mes al de su uso.

3.-Contenido de la solicitud.

A) Deberá contener preceptivamente el nombre de la persona responsable directa de la petición, así como la filiación completa de la misma y si actúa en nombre propio o en representación de un determinado ente social.

B) Deberá reseñar el objeto y contenido de la actividad, así como las fechas y horas del desarrollo de la misma.

C) Al mismo tiempo formulará declaración expresa de asumir su responsabilidad respecto a cualquier incidencia que pudiera surgir en el desarrollo de la actividad así como del contenido de la misma.

D) Junto a los requisitos anteriormente referidos, para el caso de exposiciones de arte, el solicitante deberá incorporar la siguiente documentación:

-D.N.I. del promotor y/o responsables de la actividad.

-Currículum artístico, acompañado de cuantos documentos considere oportunos.

-Dossier de obra, consistente en un mínimo de 5 fotografías identificadas con los siguientes datos sobre cada una: Dimensiones, técnica, materiales y año de realización.

-Propuesta para la exposición: Obras (número y dimensiones), proyecto de instalación, materiales y accesorios necesarios y cuantos diseños y esquemas se consideren necesarios.

4.-Compromisos del solicitante.

La actividad o en su caso la exposición se llevara a cabo en las fechas autorizadas, asumiendo el solicitante las siguientes obligaciones:

a) El pago de los gastos de transporte de ida y vuelta del material usado en la actividad y de las obras así como su instalación, exposición y desmontaje, pudiendo utilizarse, en su caso, los soportes materiales y accesorios de que dispone la sala.

b) La cobertura de las contingencias que puedan producirse durante el tiempo que permanezca la actividad o la exposición en los locales de la Delegación Territorial, para la que se deberá concertar el correspondiente seguro.

c) Será también de su cuenta la edición, confección y distribución de programas o catálogos, en los que preceptivamente deberá hacer constar que la actividad o la exposición se realizara en la sala de “La Muralla” de la Delegación Territorial del Gobierno de Aragón en Teruel.

Decimoprimero.-Autorizaciones de uso:

La autorización o denegación del uso de los espacios ofertados será notificada al interesado en el plazo de diez días hábiles siguientes al día en que se formuló la solicitud, y todo ello en función de la disponibilidad y la adecuación de la solicitud a las normas establecidas en el presente Reglamento.

Asimismo será criterio determinante para la concesión de la precitada autorización, la comprobación de que la actividad o exposición reúne el suficiente interés cultural y artístico, adecuado a un espacio tan emblemático como es el de la Sala de la Muralla.

Decimosegundo.-Anulación y suspensión de autorizaciones:

El Delegado Territorial podrá en cualquier momento, y siempre por razones de urgencia, inaplazable necesidad o necesidades del servicio, anular o suspender la adjudicación efectuada, sin que ello suponga el abono de cualquier tipo de indemnización a los usuarios de la instalación.

En el caso de que el solicitante renuncie al uso de los espacios autorizados, éste lo deberá comunicar de forma justificada a la Delegación Territorial de Teruel, con una antelación mínima de 30 días al día del inicio de la actividad; la renuncia injustificada del uso de la instalación, podrá dar lugar a la prohibición de posteriores usos de la misma, por parte de los interesados causantes de la renuncia.

Decimotercero.-Uso y disfrute de las instalaciones.

1.-La utilización de las instalaciones ofertadas se realizará siempre dentro del respeto a los principios constitucionales y normas de convivencia social, manteniendo un comportamiento adecuado a los fines previstos en el presente Reglamento y en la legislación vigente en la materia.

2.-Los usuarios se comprometen a usar y disfrutar de las instalaciones, dependencias y servicios con la diligencia debida, a dejar las mismas en iguales condiciones a las que fueron entregadas y a responsabilizarse de los posibles daños o deterioros que por cualquier motivo o causa, salvo fuerza mayor, pudieran producirse, como consecuencia del desarrollo de la actividad realizada.

Decimocuarto.-Responsabilidad de los usuarios:

Imagen omitida.

Las responsabilidades legales que pudieran derivarse de los actos realizados en las instalaciones y de mal uso de las mismas, recaerán en las personas que los ejecutasen o en sus representantes legales, reservándose el Gobierno de Aragón el ejercicio de las acciones legales que procedan.

Condiciones generales y documentación.

1.-El solicitante formula declaración expresa de asumir su responsabilidad respecto a cualquier incidencia que pudiera surgir en el desarrollo de la actividad así como del contenido de la misma.

2.-Asimismo declara que la actividad o en su caso la exposición se llevara a cabo en las fechas autorizadas asumiendo las siguientes obligaciones:

-a) El pago de los gastos de transporte de ida y vuelta del material usado en la actividad y de las obras así como su instalación, exposición desmontaje, pudiendo utilizarse, en su caso, los soportes materiales y accesorios de que dispone la sala.

-b) La cobertura de las contingencias que puedan producirse durante el tiempo que permanezca la actividad o la exposición en los locales de la Delegación Territorial, para la que se deberá concertar el correspondiente seguro.

-c) La edición, confección y distribución de programas o catálogos, en los que preceptivamente deberá hacer constar que la actividad o la exposición se realizara en la sala de “La Muralla” de la Delegación Territorial del Gobierno de Aragón en Teruel.

3.-Detalladas las necesidades de instalaciones y materiales que se precisan para la actividad, el solicitante acepta las responsabilidades que se pudieran derivar de un mal uso de los mismos.

4.-El solicitante acepta el hecho de que en ningún momento se podrá prolongar la estancia mas allá de las 21 horas, salvo autorización anticipada y expresa.

5.-El solicitante asume el compromiso de que durante los fines de semana y festivos, permanecerán cerradas las instalaciones salvo autorización anticipada y expresa.

6.-Para el caso de exposiciones de arte, el solicitante deberá incorporar además la siguiente documentación:

-D.N.I. del promotor y/o responsables de la actividad.

-Currículum artístico, acompañado de cuantos documentos considere oportunos.

-Dossier de obra, consistente en un mínimo de 5 fotografías identificadas con los siguientes datos sobre cada una: Dimensiones, técnica, materiales y año de realización.

-Propuesta para la exposición: Obras (número y dimensiones), proyecto de instalación, materiales y accesorios necesarios y cuantos diseños y esquemas se consideren necesarios.

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