RESOLUCIÓN IUE/177/2008, DE 25 DE ENERO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y SE ABRE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA MOVILIDAD INTERNACIONAL DEL ESTUDIANTADO CON RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE LAS UNIVERSIDADES O DE CENTROS DE ESTUDIOS SUPERIORES DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS DE CATALUÑA, PARA EL CURSO 2008-2009 (MOBINT).
De conformidad con lo dispuesto en el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña, en relación con el régimen jurídico de las subvenciones y transferencias de la Generalidad de Cataluña, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre;
Considerando la Resolución UNI/962/2005, de 1 de febrero, por la que se aprueban las bases generales que deben regir la concesión de becas y ayudas convocadas por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR);
Considerando que el artículo 11 del Decreto 168/2002, de 11 de junio, en el que se aprueban los Estatutos de la AGAUR, dispone que corresponde al Consejo de Dirección aprobar las convocatorias de becas y subvenciones, así como su resolución, y que estas facultades han sido delegadas al presidente o a la presidenta de la Comisión Ejecutiva de Ayudas Universitarias (CEAU), con fecha 5 de diciembre de 2002,
Resuelvo:
Artículo 1
Aprobar las bases y abrir la convocatoria de ayudas a la movilidad internacional del estudiantado con reconocimiento académico de las universidades o de centros de estudios superiores de enseñanzas artísticas de Cataluña, para el curso 2008-2009, de acuerdo con las condiciones que figuran en el anexo de esta Resolución.
Artículo 2
Esta convocatoria está cofinanciada por la Dirección General de Universidades (DGU) del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (DIUE), que aporta 2 millones de euros y por el Departamento de Educación, que aporta 37.400 euros.
El importe global máximo destinado a esta convocatoria es de 2.037.400 euros, de los cuales 1.537.400 euros irán a cargo de la partida presupuestaria 480.0001 del presupuesto de la AGAUR para el año 2008, y los 500.000 euros restantes a cargo de la partida presupuestaria 480.0001 del presupuesto de la AGAUR para el año 2009. Del importe total de la convocatoria se destinan 1.700.000 euros a la modalidad A, 300.000 euros a la modalidad B y 37.400 euros a la modalidad C. En caso de que no se agote alguna de las dotaciones establecidas para una modalidad, el importe correspondiente se puede adjudicar a otra modalidad, siempre que se respete la puntuación mínima requerida, de acuerdo con los criterios de valoración y la disponibilidad presupuestaria.
Disposición final
Esta Resolución agota la vía administrativa; a continuación se indican los recursos que se pueden interponer: recurso potestativo de reposición ante el presidente o la presidenta de la CEAU, por delegación del Consejo de Dirección de la AGAUR en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo interpuesto directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Anexos
Omitidos.