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  • EDICIÓN DE 01/02/2008
 
 

ACTUALIZACIÓN DEL REAL DECRETO 544/2007

01/02/2008
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Resolución de 15 de diciembre de 2007, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se actualiza el anexo II del Real Decreto 544/2007, de 27 de abril, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en la lista séptima del Registro de matrícula de buques (BOE de 1 de febrero de 2008). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 15 DE DICIEMBRE DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE, POR LA QUE SE ACTUALIZA EL ANEXO II DEL REAL DECRETO 544/2007, DE 27 DE ABRIL, POR EL QUE SE REGULA EL ABANDERAMIENTO Y MATRICULACIÓN DE LAS EMBARCACIONES DE RECREO EN LA LISTA SÉPTIMA DEL REGISTRO DE MATRÍCULA DE BUQUES.

La Disposición final cuarta del Real Decreto 544/2007, de 27 de abril, faculta al Director General de la Marina Mercante para modificar o actualizar los anexos de dicho real decreto cuando ello venga impuesto por la normativa nacional o de la Unión Europea o en función de avances técnicos.

El Anexo II de los anteriormente mencionados contiene el listado de normas UNE armonizadas que han de cumplir las embarcaciones a que se refiere el artículo 7 del Real Decreto 544/2007, de 27 de abril, a efectos de que puedan ser abanderadas en España.

La calificación y puesta al día de diversos componentes técnicos y equipamientos, relacionados con la seguridad estructural y el manejo de las embarcaciones de recreo, bajo la forma de normas UNE, impone la actualización del Anexo II precitado, a efectos de adecuar su contenido a los avances técnicos citados, armonizando y clarificando la normativa UNE aplicable a las embarcaciones mencionadas.

De otra parte, se ha estimado preciso remodelar los Anexos III y IV del Real Decreto en cuestión, a fin mejorar técnicamente el contenido de las solicitudes a las que ambos se refieren.

En consecuencia resuelvo:

Actualizar los Anexos II, III y IV del Real Decreto 544/2007, de 27 de abril, que serán sustituidos por los que se incorporan como anejos a esta Resolución, de acuerdo con la autorización al efecto conferida por la Disposición final cuarta del Real Decreto citado.

Anexo

Omitido.

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