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  • EDICIÓN DE 31/01/2008
 
 

VI PREMIO DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN SOBRE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

31/01/2008
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Se convoca el “VI Premio de Estudio e Investigación sobre Administración y Gestión Pública de la Comunidad de Madrid”, destinado a distinguir los mejores trabajos que concurran, relacionados con la Administración y Gestión Pública de la Comunidad de Madrid, desde los distintos enfoques científicos: Jurídico, político, socio-cultural, económico o administrativo.

Autores

1. Podrán optar al premio los autores de los trabajos, quienes deberán presentar una solicitud (de acuerdo a lo establecido en el apartado sexto de esta convocatoria) y una declaración (según modelo del Anexo II) de:

— Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no tener deudas en período ejecutivo de pago, salvo que estuvieran garantizadas, con la Comunidad de Madrid.

— No estar incursos en las prohibiciones que establece el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

2. El autor premiado queda exonerado de acreditar con anterioridad al reconocimiento de la obligación, encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3.1.g) de la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, de la Consejería de Hacienda, reguladora de la obligación de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, por los beneficiarios de subvenciones, ayudas públicas y transferencias de la Comunidad de Madrid.

Premio

1. El premio consistirá en 6.000 euros, que se financiarán con cargo al subconcepto 4839 del Programa 240 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2008 y un diploma acreditativo para la candidatura ganadora expedido por el Instituto Madrileño de Administración Pública.

2. El importe del premio estará sujeto a retención fiscal, de acuerdo con lo establecido en la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y demás normas tributarias.

Solicitudes

1. Las candidaturas se presentarán en el Registro del Instituto Madrileño de Administración Pública (paseo Eduardo Dato, número 2 duplicado, 28010 Madrid), en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, en cualquiera de los Registros de la Administración General del Estado, en los Registros de los Ayuntamientos adheridos al Convenio de Ventanilla Única, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el supuesto de que se remitan por correo certificado, la solicitud deberá dirigirse a la sede del IMAP (paseo de Eduardo Dato, número 2 duplicado, 28010 Madrid), con el epígrafe “Premio de Investigación del IMAP”, sin que figure la identidad del remitente en el envío postal, acogiéndose a lo establecido en el artículo 24.3 del Reglamento de Prestación de Servicios Postales (Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre).

2. En los trabajos no figurará ningún dato personal, debiendo constar únicamente su título. Junto al trabajo se presentará un sobre cerrado dentro del cual figurarán los datos del autor y el título del trabajo según el modelo que figura en el Anexo I. Si son varios los autores del trabajo se presentarán por cada uno de ellos una solicitud según modelo de Anexos I y II.

3. El plazo de presentación de los trabajos finalizará el 1 de septiembre de 2008.

4. En el caso de que las solicitudes presentaran errores subsanables, se requerirá, mediante comunicación escrita, al solicitante, para que en el plazo de diez días los subsane, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, en virtud del citado precepto legal, en caso de que no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley.

5. La presentación de los trabajos supone la aceptación de lo dispuesto, tanto en la presente Orden, como en las bases reguladoras.

Los trabajos

1. Deberán ser originales e inéditos, sin que hayan sido publicados en ningún soporte: Impreso, digital, electrónico o audiovisual. La presentación de los trabajos escritos se hará en lengua castellana.

2. Se presentarán dos ejemplares impresos en formato A4, con una extensión mínima de 100 páginas, tipo de letra “Times New Roman 12”, a doble espacio, por una sola cara y un ejemplar en soporte informático (formato Word).

Criterios de valoración

1. El procedimiento de otorgamiento del premio será mediante concurrencia competitiva de acuerdo a los criterios de valoración que se indican a continuación. El Jurado, dentro de su discrecionalidad técnica, realizará una ponderación de los mismos.

2. Para la concesión del premio, el Jurado valorará:

— La originalidad e innovación en el tratamiento de los temas objeto del premio.

— La precisión, claridad y rigor técnico de la investigación.

— La posibilidad de aplicación práctica de la investigación al ámbito de la Administración Pública de la Comunidad de Madrid.

Artículo noveno

Resolución

1. El Jurado elevará propuesta al Vicepresidente Segundo y Consejero de Justicia y Administraciones Públicas con el fallo del premio y, en su caso, de las menciones especiales.

2. La adjudicación del premio y, en su caso, de las menciones especiales, se realizará mediante Orden del Vicepresidente Segundo y Consejero de Justicia y Administraciones Públicas, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su notificación individual a los interesados.

3. La resolución tendrá lugar antes del 15 de diciembre de 2008.

4. Contra la Orden de resolución y los actos administrativos que de ella se deriven solo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio del potestativo recurso de reposición previsto en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

5. Los trabajos no premiados podrán ser recogidos por los interesados o persona debidamente autorizada para ello, en la sede del IMAP (paseo Eduardo Dato, número 2 duplicado), durante los dos meses siguientes a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la concesión del premio. Transcurrido ese plazo se procederá a su destrucción al objeto de salvaguardar la propiedad intelectual de los mismos.

Incidencias y recursos

1. La instrucción del expediente corresponde al Instituto Madrileño de Administración Pública. Las incidencias que puedan plantearse en los supuestos no previstos en las bases o en esta convocatoria, serán resueltas por el Gerente del Instituto Madrileño de Administración Pública.

2. Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

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