ORDEN DE 18 DE DICIEMBRE DE 2007, DE LA CONSEJERA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN POR LA QUE SE REGULA EL PROGRAMA GAUZATU-INDUSTRIA, DE IMPULSO A LA CREACIÓN Y DESARROLLO DE PYMES DE BASE TECNOLÓGICA Y/O INNOVADORAS.
El Decreto 121/2000, de 27 de junio, por el que se establecen distintas líneas de Ayudas con Fines de Promoción Económica, regula en el Capítulo II las líneas de ayuda en el área de Industria, regulando en su artículo 12, el Programa Gauzatu-Industria, de impulso a la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras.
Al amparo del citado Decreto, se dictó la Orden de 21 de mayo de 2007, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa Gauzatu-Industria, de impulso a la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras.
Tras la publicación de la citada Orden, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º 70/2001, de la Comisión, de 12 de enero de 2001, modificado por el Reglamento (CE) n.º 364/2004 de la Comisión, de 25 de febrero de 2004, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas, artículo 3.2 los regímenes de ayuda que reúnan todas las condiciones del presente Reglamento serán compatibles con el mercado común con arreglo a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 87 del Tratado y quedarán exentos de la obligación de notificar contemplada en el apartado 3 del artículo 88 del Tratado siempre que los regímenes incluyan una referencia expresa al presente Reglamento, citando su título y su referencia de publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Así, para dar respuesta a la citada exigencia, se ha visto la necesidad de llevar a cabo una modificación en su articulado.
En su virtud,
DISPONGO:
Artículo único. Se añade una nueva Disposición Adicional a la Orden de 21 de mayo de 2007, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa Gauzatu-Industria, de impulso a la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras quedando redactada en los siguientes términos:
Las ayudas reguladas en la presente norma estarán sometidas a la normativa sobre ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas, Reglamento (CE) n.º 70/2001, de la Comisión de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas (DOCE de 13 de enero de 2001).
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, y la misma será comunicada a la Comisión Europea.