DECRETO 8/2008, DE 21 DE ENERO, POR EL QUE SE ASIGNAN AL DEPARTAMENTO DE SALUD LAS FUNCIONES Y LOS SERVICIOS TRASPASADOS A LA GENERALIDAD DE CATALUÑA RELATIVOS AL HOSPITAL CLÍNICO Y PROVINCIAL DE BARCELONA.
Mediante el Real decreto 1267/2007, de 24 de septiembre, se han traspasado a la Generalidad de Cataluña las funciones y los servicios de la Administración del Estado relativos al Hospital Clínico y Provincial de Barcelona.
En consecuencia, de conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,
Decreto:
Artículo 1
Se asignan al Departamento de Salud las funciones y los servicios que han sido traspasados a la Generalidad de Cataluña por parte de la Administración del Estado mediante el Real decreto 1267/2007, de 24 de septiembre, sobre traspaso de funciones y los servicios de la Administración del Estado a la Generalidad de Cataluña relativos al Hospital Clínico y Provincial de Barcelona.
Artículo 2
El Departamento de Salud ejerce, respecto a las funciones y los servicios traspasados, las facultades que le corresponden según la normativa vigente.