DECRETO 7/2008, DE 21 DE ENERO, POR EL QUE SE ASIGNAN AL DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y OBRAS PÚBLICAS LAS FUNCIONES Y LOS SERVICIOS TRASPASADOS A LA GENERALIDAD DE CATALUÑA EN MATERIA DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN DEL LITORAL (AUTORIZACIONES E INSTALACIONES MARÍTIMAS).
Mediante el Real decreto 1404/2007, de 29 de octubre, se han traspasado a la Generalidad de Cataluña las funciones y los servicios de la Administración del Estado en materia de ordenación y gestión del litoral (autorizaciones e instalaciones marítimas).
En consecuencia, de conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,
Decreto:
Artículo 1
Se asignan al Departamento de Política Territorial y Obras Públicas las funciones y los servicios que han sido traspasados a la Generalidad de Cataluña por parte de la Administración del Estado mediante el Real Decreto 1404/2007, de 29 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de ordenación y gestión del litoral (autorizaciones e instalaciones marítimas).
Artículo 2
El Departamento de Política Territorial y Obras Públicas ejerce, respecto a las funciones y los servicios traspasados, las facultades que le corresponden según la normativa vigente.