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  • EDICIÓN DE 28/01/2008
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES

28/01/2008
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Orden de 14 de enero de 2008, de la Consejería de Hacienda, por la que se modifica la estructura de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2008 (BOCAM de 25 de enero de 2008). Texto completo.

ORDEN DE 14 DE ENERO DE 2008, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ESTRUCTURA DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA 2008.

La Ley 7/2007, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para 2008, crea, en su artículo 13, la Agencia Madrileña para la Emigración como un ente de derecho público de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y en su artículo 14 la Unidad Central de Radiodiagnóstico como empresa pública con forma de entidad de derecho público, de las previstas en el artículo 2.2.c)2 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.

Por otro lado, la Ley 6/2007, de 21 de diciembre, crea el Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid como el superior órgano consultivo del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Madrid, así como de sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes de la misma, señalando en su artículo 19 que elaborará su anteproyecto de presupuesto que figurará como una sección de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid.

La disposición adicional sexta de la Ley 5/2007, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2008, autoriza a la Consejería de Hacienda a efectuar en los estados de gastos e ingresos de los presupuestos aprobados, así como en los correspondientes anexos, las adaptaciones técnicas que sean precisas, derivadas de reorganizaciones administrativas, del traspaso de competencias desde la Administración del Estado y de la aprobación de normas con rango de Ley.

La aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior podrá dar lugar a la apertura, modificación o supresión de cualquier elemento de las clasificaciones orgánica, económica, funcional y por programas, pero no implicará incrementos en los créditos globales del presupuesto, salvo cuando exista una fuente de financiación.

Tales adaptaciones técnicas se efectuarán conforme al procedimiento establecido para las modificaciones presupuestarias y otras operaciones sobre los presupuestos.

Por otra parte, la Orden de 4 de julio de 2000, del Consejero de Presidencia y Hacienda, Reguladora de la tramitación y documentación de las modificaciones de crédito y otras operaciones sobre los presupuestos, establece que la competencia para la autorización de modificaciones técnicas corresponde al Consejero de Hacienda.

Finalmente, se han apreciado diversos errores en la Orden de 2 de enero de 2008, de la Consejería de Hacienda, por la que se adapta la estructura orgánica y la clasificación económica contenida en los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2008 a la naturaleza jurídica del ente de derecho público Agencia Madrileña para la Emigración, que aconsejan revocarla.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 5/2007, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2008, el artículo 3.2 de la Orden de 4 de julio de 2000, del Consejero de Presidencia y Hacienda, y en el artículo 105.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

DISPONE

Primero

Centros y secciones presupuestarias

1. Se modifica el código del siguiente centro presupuestario adscrito a la sección que se especifica:

2. Se crea el siguiente centro presupuestario adscrito a la sección que se especifica:

3. Se crea, dentro del centro 001, “Comunidad de Madrid”, la sección que se especifica:

Segundo

Clasificación económica

1. Se suprimen los siguientes subconceptos de gastos:

2. Se crean los siguientes subconceptos de gastos:

Tercero

Clasificación por programas

Se crea el siguiente programa presupuestario:

Cuarto

Clasificación funcional

Se crea la siguiente subfunción:

Quinto

Efectos

Queda revocada la Orden de 2 de enero de 2008, de la Consejería de Hacienda, por la que se adapta la estructura orgánica y la clasificación económica contenida en los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2008 a la naturaleza jurídica del ente de derecho público Agencia Madrileña para la Emigración.

La presente Orden producirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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