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  • EDICIÓN DE 16/01/2008
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 1/2003

16/01/2008
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Decreto 169/2007, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 1/2003 de 9 de enero por el que se aprueban las Normas-Marco de los Cuerpos de Policía Local de Cantabria (BOCA de 15 de enero de 2008). Texto completo. (Ref. Iustel §017248 Vínculo a legislación)

El Decreto 169/2007 modifica los apartados a) y c) del artículo 50.3 del Decreto 1/2003, de 9 de enero, por el que se aprueban las Normas-Marco de los Cuerpos de Policía Local de Cantabria.

El Decreto 1/2003, de 9 de enero, por el que se aprueban las Normas-Marco de los Cuerpos de Policía Local de Cantabria puede consultarse en el Repertorio de Legislación de Iustel.

DECRETO 169/2007, DE 27 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 1/2003 DE 9 DE ENERO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS-MARCO DE LOS CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE CANTABRIA.

La experiencia acumulada en el tiempo transcurrido desde la creación de la Escuela Regional de Policía Local hasta la actualidad y en concreto en el funcionamiento de uno de sus órganos, la Comisión de Dirección, aconseja realizar algunas modificaciones que doten a dicho órgano de una mayor operatividad y especialización. Así el Decreto que modifica la estructura básica de la Consejería de Presidencia y Justicia establece como competencia del director general de Justicia entre otras, la dirección de la Escuela Regional de Policía Local, además de crear, dentro de la estructura del CEARC un nuevo puesto, el del Coordinador de las Escuelas de Protección Civil y Policía Local por lo que es necesario realizar las modificaciones oportunas en la norma que hasta ahora regulaba los órganos rectores de la Escuela Regional de Policía Local. En consecuencia, a propuesta del consejero de Presidencia y Justicia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de diciembre de 2007

DISPONGO

Artículo único.

Se modifican los apartados a) y c) del artículo 50.3 del Decreto 1/2003, de 9 de enero, por el que se aprueban las Normas-Marco de los Cuerpos de Policía Local de Cantabria, que quedan con la siguiente redacción:

a) Presidente: Titular de la Dirección de la Escuela Regional de Policía Local.

c) Secretario: Actuará como secretario de la Comisión el coordinador de las Escuelas de Protección Civil y Policía Local que participará con voz y con voto.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Se faculta al consejero de Presidencia y Justicia para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan al presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Cantabria”.

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