Diario del Derecho. Edición de 06/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/11/2007
 
 

PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DE “LAGUNAS GLACIARES DE NEILA (BURGOS)”

22/11/2007
Compartir: 

Decreto 111/2007, de 15 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de “Lagunas Glaciares de Neila (Burgos)” (BOCYL de 21 de noviembre de 2007). Texto completo.

DECRETO 111/2007, DE 15 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DE “LAGUNAS GLACIARES DE NEILA (BURGOS)”.

La Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León, formula en su artículo 18 el Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, confiriéndole un carácter meramente indicativo y designando inicialmente un total de veintinueve espacios, entre los que se encuentra el espacio “Sierra de la Demanda (Burgos)”.

La citada Ley establece igualmente, en su artículo 22, que la declaración de los Espacios Naturales Protegidos exige la previa elaboración y aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales. El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Natural de Sierra de la Demanda fue iniciado por Orden de 27 de abril de 1992, de la entonces Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Los límites de dicho Plan fueron modificados mediante la Orden MAM/51/2006, de 20 de enero, por la que se modifica la Orden de 27 de abril de 1992, de Iniciación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Natural de Sierra de la Demanda. Mediante dicha modificación se excluyó del ámbito definido por dichos límites el término municipal de Neila, Burgos, para poder tramitar con urgencia su correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales.

Mediante la Orden MAM/55/2006, de 26 de enero, se inició el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de “Lagunas Glaciares de Neila” (Burgos), y en su tramitación se han seguido los trámites previstos en el artículo 32 de la citada Ley.

Este Decreto se dicta al amparo de las competencias atribuidas a la Comunidad de Castilla y León en el artículo 34.1.9.ª de su Estatuto de Autonomía.

Este Plan ha sido sometido al conocimiento de la Comisión Delegada de Política Territorial y Desarrollo Rural, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 85/2007, de 23 de agosto, por el que se crea y regula Comisión Delegada de Política Territorial y Desarrollo Rural.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 15 de noviembre de 2007

DISPONE

Artículo único.– Aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de “Lagunas Glaciares de Neila (Burgos)”.

Se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de “Lagunas Glaciares de Neila (Burgos)”, que está integrado por:

a) Inventario. Consta de un catálogo de los recursos naturales, que se agrupan en dos grandes grupos: medio natural y medio socioeconómico, y su correspondiente diagnóstico.

b) Anexo I: Parte dispositiva. Incluye las directrices de ordenación de los recursos naturales de “Lagunas Glaciares de Neila (Burgos)” y la normativa de aplicación.

c) Anexo II: Cartografía. Incluye el mapa de límites y zonificación de “Lagunas Glaciares de Neila (Burgos)”.

Procediéndose a la publicación íntegra del Anexo I y del Anexo II, hallándose el Inventario en la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente.

Disposición final.– Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Anexo

Omitido.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana